Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2017 (12/10/2017)


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NORMAS LEGALES
VISTOS:

Jueves 12 de octubre de 2017 /

El Peruano

del Poder Judicial, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Administrativa N° 228-2017-CE-PJ. Cuarto. Que, en ejecución de la primera etapa (Piloto) 2017 del Expediente Judicial Electrónico (EJE), se requiere dictar medidas administrativas para asegurar la implementación progresiva en los demás órganos jurisdiccionales de las especialidades Comercial, Tributario y de Mercado; y Laboral (NLPT) de la Corte Superior de Justicia de Lima. Por lo que, resulta necesario facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que disponga, de acuerdo al análisis de factibilidad técnica y económica, señalar los órganos jurisdiccionales que serán implementados con el Expediente Judicial Electrónico (EJE) en las indicadas especialidades; y las fechas de entrada en vigencia en dicho Distrito Judicial. Quinto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado, funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; evaluada la propuesta; y, en mérito al Acuerdo Nº 776-2017 de la trigésimo octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More y Vera Meléndez; sin la intervención de los señores Ruidías Farfán y Alvarez Díaz, por encontrarse de vacaciones y licencia, respectivamente; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima para que disponga la implementación progresiva del Expediente Judicial Electrónico (EJE) - piloto, y señalar los órganos jurisdiccionales inmersos en las especialidades Comercial, Tributario y de Mercado; y Laboral (Nueva Ley Procesal del Trabajo - NLPT) de su jurisdicción; así como, las fechas de entrada en vigencia, en coordinación con los órganos de línea competentes de la Gerencia General del Poder Judicial, previo informe favorable de disponibilidad técnica y presupuestal. Dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución administrativa en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su debido cumplimiento. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Corte Superior de Justicia de Lima, Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1575194-1

La Resolución N° 473-2017-CNM, expedida por el Consejo Nacional de la Magistratura; las Resoluciones Administrativas N° 334-2010, N° 274-2014-CE-PJ, expedidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; las Resoluciones Administrativas N° 002-2016 y N° 179-2017-P-CSJLIMASUR/PJ, expedida por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia. CONSIDERANDO: La Corte Superior de Justicia de Lima Sur inicia sus funciones el trece de octubre de 2010, por Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el siete de octubre de ese mismo año. Ejerce su competencia en los distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador, Lurín, Santísimo Salvador de Pachacamac, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar, Pucusana y Chorrillos. En la lógica de seguir construyendo una impartición de justicia con jueces idóneos, cuya aptitud, capacidad y competencia, de la mano de una trayectoria íntegra y comportamiento apropiado, permitan llevar adelante su misión. En la perspectiva que los magistrados ubiquen su labor dentro del orden democrático constitucional, teniendo como imperativo categórico una impartición de justicia con independencia e imparcialidad y además con probidad, diligencia, dedicación al trabajo y veracidad, utilizando las herramientas de su conciencia, moral, diligencia, decoro y sentido común. En la convicción que sólo desde estos rasgos esenciales de la personalidad de los magistrados, se puede construir la garantía de una actuación imparcial que los jueces requieren en el desempeño de sus responsabilidades y para beneficio de los ciudadanos, que abone por una justicia pronta y eficaz. Resulta relevante recordar que la administración de justicia se constituye para establecer la paz social, siendo el Juez el depositario de la función del Estado para administrar justicia. En ese sentido, si el juez tiene por función esencial administrar justicia, este deber sólo es posible de ser cumplido si se actúa con diligencia, responsabilidad y dedicación al trabajo; pues ciertamente soslayar el estudio y análisis de cada uno de los procesos que corren a su cargo, incumplir con hacer una evaluación exhaustiva y responsable que merecen las causas y actuar con falta de diligencia y celeridad, no contribuye al logro de una justicia responsable, pronta y oportuna. Máxime, si la sociedad nos exige mayor celeridad y eficacia en el cumplimiento de los plazos procesales y una mayor honestidad, imparcialidad y transparencia en la conducción de los procesos y en la emisión de los fallos. Mediante la Resolución Administrativa N° 002-2016-P-CSJLIMASUR/PJ, se dispuso, entre otros, la permanencia de la magistrada Gianny Eleiser Morales Fernández como Juez Supernumeraria del Juzgado Especializado Civil de Villa María del Triunfo, a partir del 04 de enero de 2016. Por Resolución Administrativa N° 179-2017-P-CSJLIMASUR/PJ, esta Presidencia dispuso, entre otras disposiciones, designar al abogado Wilbor Alejandro Loyola Cabrera como Juez Supernumerario del Juzgado Especializado Penal de Villa El Salvador, a partir del 01 de febrero del año en curso. Por Resolución N° 473-2017-CNM, de fecha 22 de setiembre de 2017, el Consejo Nacional de la Magistratura nombró en el Distrito Judicial de Lima Sur, entre otros, al magistrado Heiner Antonio Rivera Rodríguez como Juez Especializado Civil de Villa María del Triunfo; así como, al magistrado Cesar Alejandro Franco Gonzales como Juez Especializado Penal de Villa El Salvador; quienes procedieron a juramentar en la fecha; por lo que, corresponde incorporarlos en los órganos jurisdiccionales correspondientes de esta Corte Superior de Justicia. En tal sentido, habiéndose realizado el acto de juramentación de los referidos magistrados conforme lo establece el artículo 228° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en aras de cautelar la correcta administración de justicia corresponde incorporar

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Incorporan y reasignan magistrados en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1878-2017-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 11 de octubre del 2017

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