Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2017 (12/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Jueves 12 de octubre de 2017 /

El Peruano

deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 12562013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ­ SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la "Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad"; Que, don Helmouth Keller Suazo Flores, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Médico Cirujano, por pérdida, el mismo que fue expedido el 15.05.2002, Diploma registrado con el Nº 098, registrado a Fojas 285, del Tomo 024-T, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 08 de agosto del 2017. RESUELVE: 1º ANULAR el Diploma de Título Profesional de Médico Cirujano, de fecha 15.05.2002, por motivo de pérdida. 2º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL DE MÉDICO CIRUJANO, a don HELMOUTH KELLER SUAZO FLORES, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº 098, registrado a Fojas 285 del Tomo 024-T. 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Medicina Humana. Regístrese y comuníquese. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO RÓSULO LOZANO NÚÑEZ Secretario General 1574625-1

en contra del Acuerdo de Concejo Municipal N° 0212017-MDSR, del 30 de marzo de 2017, que declaró improcedente la solicitud de vacancia presentada en contra de Hugo Melanio Benites Fajardo, regidor del Concejo Distrital de Santa Rosa, provincia de Pallasca, departamento de Áncash, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 2, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES La solicitud de vacancia El 1 de marzo de 2017 (fojas 56 a 58), José Luis Pinares Salinas solicitó la vacancia de Hugo Melanio Benites Fajardo, regidor del Concejo Distrital de Santa Rosa, provincia de Pallasca, departamento de Áncash, por considerarlo incurso en la causal establecida en el artículo 22, numeral 2, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), debido a lo siguiente: - El 18 de diciembre de 2016, dicha autoridad "presentó su candidatura al cargo de Presidente de la Comisión de Regantes del Canal Principal Ogoygo, de la cual, luego de las elecciones y escrutinio, su lista N° 01 resultó ganadora, resultó elegido como Presidente de la citada comisión", cargo al que juramentó el 8 de enero de 2017. - A pesar de tener conocimiento del impedimento, recién, el 12 de febrero de 2017, el regidor renunció al cargo. - El regidor, como presidente de la referida comisión, suscribió el Oficio N° 001-CR-CPM-2017, del 20 de enero de 2017, dirigido a Armendol Benites Flores, invitándolo a participar de una reunión general. Como sustento de sus afirmaciones, el recurrente adjuntó los siguientes medios probatorios: i) Copia certificada del Acta de Elección de la Comisión de Usuarios del Canal de Ogoygo del Centro Poblado Miraflores­Pallasca­Áncash, de fecha 18 de diciembre de 2016, que declara ganador a Hugo Melanio Benites Fajardo como presidente (fojas 59 a 62). ii) Copia certificada del Acta de Reunión de Juramentación de la Nueva Comisión de Usuarios del Canal Ogoygo­Miraflores, del 8 de enero de 2017, entre los que se encuentra Hugo Melanio Benites Fajardo (fojas 63 y 64). iii) Oficio N° 001-CR-CPM-2017, del 20 de enero de 2017 (fojas 65). Descargos de la autoridad cuestionada El 29 de marzo de 2017 (fojas 40), Hugo Melanio Benites Fajardo, regidor del Concejo Distrital de Santa Rosa, formuló sus descargos sobre la base de los siguientes argumentos: - "No podemos ocupar otro cargo que provenga de voluntad popular [...] [como] ocupar cargo de presidente regional, consejeros, alcalde provincial o distrital, etc.". - El cargo de presidente de la referida comisión es "ad honórem". - "A la fecha se encuentra en trámite el reconocimiento de nuestra organización agrícola [en la] oficina del ALA [sic], así como [en la] Sunarp [por ello] han dispuesto la nulidad de todo el proceso electoral [...], razón por lo que mi persona después del juramento de ley dejó encargado al vicepresidente elegido para que desempeñe las funciones". La decisión del Concejo Distrital de Santa Rosa sobre el pedido de vacancia En Acta N° 075­Sesión Extraordinaria N° 0022017, de fecha 30 de marzo de 2017 (fojas 30 a 34), el Concejo Distrital de Santa Rosa, por unanimidad (seis votos), declaró improcedente el pedido de vacancia de la autoridad cuestionada. Dicha decisión se formalizó en el Acuerdo de Concejo Municipal N° 021-2017-MDSR, de la misma fecha (fojas 28 y 29), que fue notificado al solicitante el 25 de abril de 2017 (fojas 12).

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Confirman el Acuerdo de Concejo Municipal N° 021-2017-MDSR, que declaró improcedente solicitud de vacancia presentada en contra de regidor del Concejo Distrital de Santa Rosa, provincia de Pallasca, departamento de Áncash
RESOLUCIÓN N° 0378-2017-JNE Expediente N° J-2017-00176-A01 SANTA ROSA­PALLASCA­ÁNCASH VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, diecinueve de setiembre de dos mil diecisiete VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por José Luis Pinares Salinas

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