Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2017 (17/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Martes 17 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolución Directoral Nº 002-2016EF/68.01, se aprueban los "Lineamientos para la Elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas", que constituyen una herramienta metodológica de apoyo para las entidades públicas que requieran elaborar el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas; Que, por Resolución de Alcaldía Nº 123-2017-A-MDM, se crea el Comité Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Machupicchu, con el objeto de llevar adelante los proyectos de inversión privada en el ámbito de su competencia; Que, el Comité Promoción de la Inversión Privada ha opinado que dicho Informe cumple con los contenidos establecidos en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, y en los "Lineamientos para la Elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas", aprobados por Resolución Directoral Nº 0022016-EF/68.01. 72; Que, estando a lo expuesto, es necesario aprobar el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas de la Municipalidad Distrital de Machupicchu y estando facultado el Concejo Municipal por el Art. 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, para emitir el presente acuerdo municipal expresando la voluntad del Órgano de Gobierno Local y en el uso de las facultades conferidas por el Art. 9º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, puesto a consideración de los miembros del Concejo Municipal, y con el VOTO FAVORABLE EN UNANIMIDAD de los Sres. Regidores, ACORDÓ: Primero.- Aprobar el Informe Multianual de Inversiones de la Municipalidad Distrital de Machupicchu para el año 2017 , conforme a lo indicado en el Artículo 14.3 del Reglamento del Decreto Legislativo 1224 Segundo.- Disponer que el presente Acuerdo Municipal sea publicada en el Diario Oficial El Peruano y proceder a su difusión en el Portal Electrónico Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.

autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia, estando facultadas para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyecto en Activos, y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, se establece los procesos y modalidades de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos; Que, el numeral 8.1 del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1224, establece que el gobierno local que tenga proyectos o prevea desarrollar procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas en la presente norma, crea el Comité de Inversiones para desempeñarse como Organismo Promotor de la Inversión Privada para los procesos de promoción bajo su competencia, conforme lo establecido en su artículo 6º y como órgano de coordinación con PROINVERSIÓN en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a éste último; Que, el numeral 8.2 del citado artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1224, precisa que la designación de los miembros del Comité de Inversiones se efectúa mediante Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador Regional o Resolución de Alcaldía, que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas; Que, en ese sentido, corresponde a la Municipalidad Distrital de Machupicchu, designar a los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada, en concordancia con lo previsto por la normativa vigente; Estando a los considerandos precedentes, con el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General, en uso de las facultades señaladas en el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; SE RESUELVE:

DELMAN DAVID GAYOSO GARCÍA Alcalde 1576544-2

Designan miembros del Comité Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad, encargado de planificar, organizar y desarrollar los procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas en el D. Leg. N° 1224 y su Reglamento aprobado mediante el D.S. Nº 410-2015-EF
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0123-2017-A-MDM Machupicchu, 10 de julio de 2017 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MACHUPICCHU VISTO: La necesidad de designar a los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Machupicchu; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú de 1993, en concordancia con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, la municipalidad es un órgano de gobierno local con

Artículo Primero.- DESIGNAR a los miembros del Comité Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Machupicchu, encargado de planificar, organizar y desarrollar los procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas en el Decreto Legislación Nº 1224 y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, el mismo que estará conformado de la manera siguiente: MIEMBROS TITULARES: · Gerente Municipal, Ing. Armando Mujica Aguilar (quien lo preside). · Subgerente de Infraestructura y Desarrollo Territorial, Arq. Yury Vargas Venegas, (primer miembro). · Jefe de la Unidad de Logística, Abg. Vilma Pimentel Cabañas (segundo miembro). MIEMBROS SUPLENTES: · Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, Abg. Gamaniel Valenzuela Tapia, (miembro suplente). · Jefe de la Unidad de Secretaría General, Abg. Erlen Jemayn Sánchez Villacorta (miembro suplente). · Jefe de la División de Catastro y Desarrollo Urbano, Arq. Guido Gabriel Castro Warthon (miembro suplente). Artículo Segundo.- El Comité Promoción de la Inversión Privada asumirá las siguientes facultades y obligaciones: · Diseñar, conducir, proponer y ejecutar los procesos de promoción de la inversión, sea por iniciativa pública o iniciativa privada. · Aprobar la admisión a trámite, evaluar y proponer la declaratoria de interés al Concejo Municipal, de las iniciativas privadas de competencia de la Municipalidad

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