Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2017 (08/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Viernes 8 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Manual de Gestión de Procesos y Procedimientos de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la revisión, mejora y actualización del Manual de Procesos y Procedimientos de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, aprobado por el artículo Primero de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en el Portal Institucional (www. perucompras.gob.pe) y en la intranet institucional, en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles desde su aprobación. Regístrese y comuníquese. MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE Jefa (e) de la Central de Compras Públicas PERÚ COMPRAS 1562903-1

por Resolución de Gerencia General N° 495-2016-GG/ OSIPTEL; (ii) La Resolución de Gerencia General N° 001262017-GG/OSIPTEL publicada en el diario oficial El Peruano el 19 de junio de 2017, que dispuso publicar en la página web institucional del OSIPTEL, por un plazo de diez (10) días hábiles, la referida carta DJ-747/17 de AZTECA PERÚ relativa a la provisión de la facilidad complementaria de "Acceso a NAP Regional", a efectos de recibir comentarios de los interesados; (iii) La Resolución de Gerencia General N° 001552017-GG/OSIPTEL publicada en el diario oficial El Peruano el 21 de julio de 2017, que dispuso observar las especificaciones técnicas de la facilidad complementaria de "Acceso a NAP Regional" presentadas por AZTECA PERÚ mediante carta DJ-747/17, y estableció publicar en la página web institucional del OSIPTEL, por un plazo de diez (10) días hábiles, de la propuesta de este organismo regulador de Condiciones Técnicas de la mencionada facilidad complementaria; (iv) La solicitud de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia de fecha 01 de setiembre del 2017, para que se disponga una prórroga de quince (15) días hábiles del plazo establecido para la emisión de las Condiciones Técnicas de la facilidad complementaria de "Acceso a NAP Regional"; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3, numeral ii), de la Ley Nº 29904, Ley de Promoción de la Banda Ancha y Construcción de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica, declara de necesidad pública e interés nacional la construcción de una Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica (en adelante, RDNFO) que integre a todas las capitales de las provincias del país y el despliegue de redes de alta capacidad que integren a todos los distritos, a fin de hacer posible la conectividad de Banda Ancha fija y/o móvil y su masificación en todo el territorio nacional, en condiciones de competencia; Que, con fecha 17 de junio de 2014, el Estado Peruano ­actuando a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones- suscribió con la empresa Azteca Comunicaciones Perú S.A.C., el Contrato de Concesión del Proyecto "Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro", mediante el cual el concesionario en mención se obligó a diseñar, financiar, desplegar, operar y mantener la RDNFO objeto del referido contrato, así como a prestar los servicios y facilidades señaladas en el referido contrato; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 073-2016-CD/OSIPTEL se aprobaron las Disposiciones Generales para la prestación de Facilidades Complementarias al Servicio Portador de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica (en adelante, las Disposiciones Generales), norma que establece, entre otras medidas, los mecanismos para la aprobación, revisión, ampliación o modificación de la Oferta Básica de Acceso a las Facilidades Complementarias de la RDNFO; Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 495-2016-GG/OSIPTEL se aprobó la "Oferta Básica de Acceso para la prestación de Facilidades Complementarias al Servicio Portador provisto a través de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica por la empresa concesionaria Azteca Comunicaciones Perú S.A.C." (en adelante, OBA de AZTECA PERÚ), que incluye las condiciones generales de la Oferta Básica de Acceso y las condiciones específicas técnicas y económicas de las facilidades complementarias de Coubicación de Equipos, Arrendamiento de Postes, e Infraestructura de la RDNFO (ducterías y cámaras); Que, a través de la carta DJ-747/17 recibida el 02 de junio de 2017, AZTECA PERÚ presentó las especificaciones técnicas de la facilidad complementaria de "Acceso a NAP Regional" de la RDNFO, a fin que pueda ser incorporada en la OBA de AZTECA PERÚ, publicándose dicho documento en la página web

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Prorrogan plazo para emisión informe sustentatorio de Condiciones Técnicas de la facilidad complementaria "Acceso a NAP Regional", a ser incluidas en oferta básica de la empresa concesionaria Azteca Comunicaciones Perú S.A.C.
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 00196-2017-GG/OSIPTEL Lima, 5 de septiembre de 2017 : N° 00001-2017-GG-GPRC/OBA-FC Prórroga de plazo para emisión del informe sustentatorio de las Condiciones Técnicas de la facilidad complementaria de "Acceso a NAP Regional", a ser incluida en la "Oferta MATERIA : Básica de Acceso para la prestación de Facilidades Complementarias al Servicio Portador provisto a través de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica por la empresa concesionaria Azteca Comunicaciones Perú S.A.C." ADMINISTRADO : AZTECA COMUNICACIONES PERÚ S.A.C. VISTOS: (i) La carta DJ-747/17 recibida el 02 de junio de 2017, mediante la cual el concesionario Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. (en adelante, AZTECA PERÚ) presenta las especificaciones técnicas de la facilidad complementaria de "Acceso a NAP Regional" de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica, a efectos que pueda ser incorporada en la "Oferta Básica de Acceso para la prestación de Facilidades Complementarias para el acceso al Servicio Portador provisto a través de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica", aprobada EXPEDIENTE

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