Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2017 (15/09/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de setiembre de 2017 /

El Peruano

a) Articular los esfuerzos dirigidos a prevenir y combatir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. b) Realizar actividades destinadas al seguimiento de la implementación de la Política y el Plan Nacional contra el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva. c) Emitir informes técnicos sobre los avances en la implementación de la Política y el Plan Nacional contra el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva. d) Proponer al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, sobre la base de los resultados de sus informes técnicos u otros diagnósticos, la actualización de la Política y el Plan Nacional contra el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva. e) Proponer su Reglamento Interno. Artículo 3.- Conformación de la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo 3.1. La CONTRALAFT estará integrada por los siguientes miembros, quienes realizan tal labor ad honórem: 1. Un representante del Ministro de Justicia y Derechos Humanos. 2. Un representante del Fiscal de la Nación. 3. Un representante del Ministro de Relaciones Exteriores. 4. Un representante del Ministro del Interior. 5. Un representante del Ministro de Economía y Finanzas. 6. Un representante del Ministro de Comercio Exterior y Turismo. 7. Un representante del Ministro de Transportes y Comunicaciones. 8. Un representante del Ministro de Defensa. 9. Un representante del Director General de la Policía Nacional del Perú. 10. Un representante del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. 11. Un representante del Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. 12. Un representante del Presidente Ejecutivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas. 13. Un representante del Superintendente del Mercado de Valores. 14. Un representante del Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática. 15. Un representante del Superintendente Nacional de los Registros Públicos. 16. Un representante del Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional. Asimismo, podrán integrar la CONTRALAFT, el Poder Judicial, el Congreso de la República y la Contraloría General de la República, designado para tal efecto a sus respectivos representantes. Las entidades que integran la CONTRALAFT deben designar un miembro alterno por cada uno de los miembros titulares designados. 3.2. La Presidencia de la CONTRALAFT recae en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, la Vicepresidencia y Secretaría Técnica en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. 3.3. Cuando lo requiera la CONTRALAFT, a través de su Secretaría Técnica, solicitará la participación de otras entidades públicas, las cuales participarán en calidad de invitados. Artículo 4.- Designación de los representantes Las designaciones de los representantes de las entidades del Poder Ejecutivo, se efectuarán mediante resolución ministerial del sector al que pertenecen o se

encuentren adscritos, dentro de los cinco días hábiles, posteriores a la publicación del presente decreto supremo. Las demás entidades, en el mismo plazo, comunican por escrito las designaciones que realicen a la Presidencia de la CONTRALAFT. (...) Artículo 7.- Reglamento Interno El Reglamento Interno de la CONTRALAFT se aprueba mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos." Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de setiembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones POLÍTICA NACIONAL CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS Y EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO TABLA DE CONTENIDO PRESENTACIÓN ACRÓNIMOS GLOSARIO I. CONCEPTOS BÁSICOS II. PROCESO PARTICIPATIVO DE ELABORACIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL III. FUENTES DE INFORMACIÓN EN QUE SE SUSTENTA LA POLÍTICA 3.1. MARCO NORMATIVO NACIONAL 3.2. ESTÁNDARES INTERNACIONALES 3.3. POLÍTICAS, PLANES Y ESTRATEGIAS NACIONALES RELACIONADAS IV. DIAGNÓSTICO V. POLITICA NACIONAL CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS Y EL FINACIAMIENTO DEL TERRORISMO 5.1. OBJETIVO GENERAL 5.2. PRINCIPIOS 5.3. EJES DE LA POLÍTICA 5.4. OBJETIVOS ESPECIFICOS, METAS, RESPONSABLES, LINEAMIENTOS Y ESTÁNDARES NACIONALES DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO POR EJE ANEXO 1 ANEXO 2 ANEXO 3 ANEXO 4

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