Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2017 (15/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Viernes 15 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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PRESENTACIÓN Mediante Decreto Supremo Nº 057-2011-PCM, del 1 de julio de 2011, se aprobó el Plan Nacional de Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y se creó la Comisión Ejecutiva Multisectorial de Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (CONTRALAFT), adscrita inicialmente a la Presidencia del Consejo de Ministros. Actualmente, conforme al Decreto Supremo Nº 061-2016-PCM, la CONTRALAFT está adscrita al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, recayendo la función de Vicepresidencia y Secretaria Técnica en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), a través de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú. De acuerdo al artículo 2 del Decreto Supremo Nº 057-2011-PCM, la función principal de la CONTRALAFT es "Hacer el seguimiento de la implementación, cumplimiento y actualización del Plan Nacional de Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo". En el 2014, en el marco de su labor de seguimiento del cumplimiento de las acciones previstas en el Plan Nacional de Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, la CONTRALAFT identificó la necesidad de diseñar una política de estado que defina los criterios que guíen la actuación de las instituciones y que trascienda a los gobiernos de turno y que permita focalizar la intervención estatal de manera permanente en ámbitos prioritarios para lograr resultados eficaces en la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. Es así que, luego de un amplio proceso de análisis y validación que ha contado con la participación de 34 entidades del sector público y sector privado y con el consenso de todas ellas, se ha diseñado la presente Política Nacional contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (en adelante, la Política Nacional) que constituye la primera política pública diseñada para enfrentar estas actividades ilícitas. La Política Nacional contiene un objetivo general, siete principios, 3 ejes estratégicos ("Prevención", "Detección", "Investigación y Sanción") y un (1) eje transversal "Articulación". Asimismo, dentro de estos ejes se han fijado cuatro (4) Objetivos Específicos- OE, una meta por cada OE, los responsables por cada OE, dieciséis (16) lineamientos y dieciocho (18) estándares nacionales de obligatorio cumplimiento. A partir de la Política Nacional corresponde la elaboración de planes nacionales que, a través de la definición de acciones concretas, permitirán su adecuada implementación a corto y mediano plazo. La presente Política no habría sido posible sin el compromiso y los valiosos aportes de los y las profesionales que participaron en su diseño, en particular del equipo de la Secretaría Técnica, que recae en la SBS y del Subgrupo 4 "Establecimiento de Políticas ALACFT", integrado por el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Economía y Finanzas y la SBS, todos ellos en el marco de la CONTRALAFT. Nuestro especial agradecimiento a la Cooperación Alemana al Desarrollo implementada por GIZ por la asistencia técnica brindada para el desarrollo de esta política. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Presidencia de la CONTRALAFT ACRÓNIMOS ALA/CFT: Anti Lavado de Activos y Contra la Financiación del Terrorismo. APNFD: Actividades y Profesiones No Financieras Designadas. BID: Banco Interamericano de Desarrollo. CAC: Cooperativas de Ahorro y Crédito. CEPLAN: Estratégico. Centro Nacional de Planeamiento

CONTRALAFT: Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo. FISLAAPD: Fiscalía Especializada en delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio. FT: financiamiento del terrorismo. GAFI: Grupo de Acción Financiera Internacional. GAFILAT: Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (anteriormente Grupo de Acción Financiera de Sudamérica ­ GAFISUD). GIZ (o Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit): agencia del Gobierno Federal Alemán, especializada en la cooperación técnica para el desarrollo sostenible. LA: lavado de activos. LA/FT: lavado de activos y/o de financiamiento del terrorismo. MINJUS: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. ONU: Organización de las Naciones Unidas. OEA: Organización de Estados Americanos. OSFL: Organizaciones sin fines de lucro. PEP: Personas Expuestas Políticamente. PNP: Policía Nacional del Perú. PRONABI: Programa Nacional de Bienes Incautados del MINJUS. ROS: Reporte de Operaciones Sospechosas. SBS: Superintendencia de Banca, Seguros Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. SECO: Secretaría de Estado Económicos de la Cooperación Suiza. para y

Asuntos

SMV: Superintendencia del Mercado de Valores. SO: Sujeto Obligado. SUNAT: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. UIF-Perú: Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, unidad especializada de la SBS. GLOSARIO Beneficiario final: persona natural en cuyo nombre se realiza la transacción y/o que efectiva y finalmente posea o controle personas jurídicas o entes jurídicos. Cultura de legalidad: es el conjunto de creencias, valores, normas y acciones que demanda de los ciudadanos una conducta de respeto a la ley, en armonía con las convicciones y tradiciones culturales; y, de no tolerancia a la ilegalidad1.

1

Fuente: adaptado de Godson, Roy. (2000). Symposium on the Role of Civil Society in Countering Organized Crime: Global Implications of the Palermo, Sicily Renaissance. Palermo, Italia. Disponible en: http://www. culturadelalegalidad.org.mx/Qu%C3%A9-es-Cultura-de-la-Legalidad-c53i0. html

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