Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2017 (15/09/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de setiembre de 2017 /

El Peruano

de interpretación de las normas que regulan la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, en los aspectos que fueren de su competencia; así como expedir resoluciones que constituyan precedente de observancia obligatoria en materia administrativa. b. Resolver los procedimientos administrativos sancionadores que se sometan a conocimiento del TRASU, salvo aquellos que se dispongan que sean resueltos por las Salas Colegiadas. c. Proponer mejoras al marco normativo de usuarios. 2. Sesiones Ordinarias: Las Salas del TRASU sesionarán ordinariamente para resolver los casos que se sometan a su competencia, en la periodicidad que determine la Secretaría Técnica Adjunta del TRASU. Artículo 12.- Lugar de las Sesiones Las sesiones se realizarán en la sede del OSIPTEL, salvo excepciones fundamentadas en el acta correspondiente. Las sesiones ordinarias de las Salas Colegiadas y de la Sala Plena podrán ser no presenciales, pudiendo realizarse a través de medios telefónicos, electrónicos o de otra naturaleza, siempre que exista una adecuada comunicación y que las mismas se realicen sin mayor retardo. De producirse la oposición de cualquier miembro del TRASU a que se realice una sesión no presencial se someterá la utilización de este mecanismo a votación de la Sala correspondiente. El acuerdo sobre la realización de una sesión no presencial se tomará siguiendo las reglas establecidas en el artículo 14º del presente Reglamento. La asistencia no presencial de uno o más Vocales del TRASU será considerada como asistencia plena para todos los efectos. Artículo 13.- Presidencia de las sesiones 1. Presidencia del TRASU: El TRASU elige entre los Vocales al Presidente y Vicepresidente por el período de un (1) año. En la elección participan únicamente los Vocales titulares. Son funciones del Presidente del TRASU: a. Definir la agenda de las sesiones de Sala Plena, en coordinación con la Secretaría Técnica Adjunta del TRASU. b. Presidir y dirigir las sesiones de Sala Plena. c. Coordinar con las Salas del TRASU los aspectos relacionados con la tramitación de los recursos de apelación y quejas que resuelve cada Sala. d. Dirimir votaciones en caso no hubiera votos suficientes para adoptar decisiones. e. Responder la correspondencia dirigida al TRASU, en coordinación con la Secretaría Técnica. f. Representar al TRASU en reuniones o eventos para los que sea convocado. En caso de ausencia del Presidente, sus funciones serán ejercidas por el Vicepresidente del TRASU. 2. Presidencia de las Salas Colegiadas: La presidencia de las Salas Colegiadas es ejercida por el Presidente y Vicepresidente del TRASU. Corresponde al Presidente de Sala suscribir las Resoluciones que se emitan en la misma. En caso de ausencia del Presidente, sus funciones serán ejercidas por el Vicepresidente de la Sala. El Vicepresidente de la Sala es elegido entre los Vocales que integran dicha Sala por el período de un (1) año. Artículo 14.- Quórum En las Salas Colegiadas el quórum de asistencia a las sesiones del TRASU es la mitad más uno del número de Vocales que integran la Sala. Si el número de miembros es impar, el quórum es el número entero inmediato superior al de la mitad de aquél. Para resolver se requiere el voto aprobatorio de la mayoría de Vocales que conforman cada Sala. De no reunirse los votos necesarios para tomar la decisión, se resolverá con la dirimencia del Presidente de la Sala.

En el caso de las Salas Plenas, el quórum de asistencia a las sesiones es la mitad más uno del número de Vocales que integran el TRASU. Si el número de miembros es impar, el quórum es el número entero inmediato superior al de la mitad de aquél. Los acuerdos en las Salas Plenas serán tomados por la mayoría de los Vocales asistentes. TÍTULO III SECRETARÍA TÉCNICA ADJUNTA DEL TRASU Artículo 15.- Secretaría Técnica y Secretaría Técnica Adjunta La Secretaría Técnica es la unidad orgánica encargada de planear, organizar y ejecutar las actividades de los órganos colegiados del OSIPTEL, entre los cuales se encuentra el TRASU. En ese sentido, la Secretaría Técnica brinda el apoyo técnico y administrativo al TRASU y funciona como enlace entre éste y el OSIPTEL. Para efectos de cumplir la función de apoyo al TRASU, la Secretaría Técnica cuenta con la Secretaría Técnica Adjunta del TRASU a cargo del Secretario Técnico Adjunto. La Secretaría Técnica Adjunta es permanente y tiene a su cargo el desarrollo de las funciones contempladas en el presente Reglamento. Artículo 16.- Funciones de la Secretaría Técnica Adjunta del TRASU Son funciones de la Secretaría Técnica Adjunta del TRASU: 1. Tramitar los expedientes que se sometan a conocimiento del TRASU. 2. Distribuir entre las Salas del TRASU los expedientes que se presenten, en atención a las competencias establecidas. 3. Convocar a las sesiones de las Salas del TRASU, dependiendo de la cantidad y complejidad de los casos que se presenten. 4. Solicitar información adicional a las partes del procedimiento, citar a las partes a audiencias de conciliación y requerir que subsanen algún error u omisión en el procedimiento cada vez que sea necesario; sin que en ningún caso implique emitir un pronunciamiento final sobre el reclamo. 5. Actuar como órgano de instrucción en los procedimientos administrativos sancionadores de competencia del TRASU. 6. Elaborar el Informe con los resultados de la evaluación muestral del cumplimiento de las resoluciones emitidas por el TRASU, así como de las denuncias presentadas por los usuarios, conforme a lo establecido en el Reglamento de Reclamos. 7. Tramitar y coordinar la realización de inspecciones que el TRASU considere pertinente. 8. Informar con periodicidad mensual a la Gerencia de Administración y Finanzas sobre la cantidad de sesiones de cada una de las Salas, así como la participación de los Vocales en las sesiones. 9. Convocar a las sesiones de Sala Plena. 10. Responsabilizarse por los expedientes del TRASU y por brindar a las partes las facilidades para la revisión de los mismos. 11. Resguardar la información confidencial que obre en su poder, así como llevar un registro de acceso a dicha información. 12. Expedir, a costo de los interesados, copias simples o certificadas de las piezas del expediente que sean solicitadas o de su totalidad. 13. Llevar las actas de las sesiones del TRASU y suscribirlas, así como asistir a las sesiones de Sala Plena. 14. Emitir una propuesta de voto de los casos que se sometan a conocimiento del TRASU. 15. Elaborar informes y reportes que le sean solicitados por el TRASU. 16. Informar a la Secretaría Técnica sobre la marcha de los asuntos del TRASU. 17. Proponer al TRASU la realización de Audiencias de Conciliación, asistir a las Audiencias que se lleven a

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