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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2018 (11/04/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de abril de 2018 / El Peruano de la LOM, corresponde declarar fundado el recurso de apelación, revocar el acuerdo de concejo impugnado y, reformándolo, declarar fundado el pedido de vacancia presentado contra Humberto del Águila Villanueva en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Tabalosos. 42. Finalmente, debido a que se declaró la vacancia del referido burgomaestre, se debe dejar sin efecto la credencial que se le otorgó y, por ende, convocar a las autoridades respectivas para que ocupen los cargos vacantes del concejo edil. En ese sentido, en aplicación del artículo 24 de la LOM, corresponde convocar al primer regidor Jackson Torres Dávila para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Tabalosos, provincia de Lamas, departamento de San Martín, conforme al orden de los resultados electorales remitidos por el Jurado Electoral Especial de Moyobamba, con ocasión de las elecciones municipales de 2014. Del mismo modo, en aplicación de la precitada norma, corresponde convocar a la candidata no proclamada hábil, Cildith Alvarado Cárdenas, identi fi cada con DNI Nº 47145585, de la organización política Alianza Para el Progreso, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Tabalosos, provincia de Lamas, departamento de San Martín, conforme al orden de los resultados electorales remitidos por el Jurado Electoral Especial de Moyobamba, con ocasión de las elecciones municipales de 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Telma Vela del Águila, REVOCAR el acuerdo adoptado en la Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 007-2017-MDT, del 6 de octubre de 2017, y, REFORMÁNDOLO, declarar procedente su pedido de adhesión a la solicitud de vacancia presentada por Rider Sandoval Herrera contra Humberto del Águila Villanueva, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tabalosos, provincia de Lamas, departamento de San Martín, por la causal de restricciones de contratación, establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Telma Vela del Águila y, en consecuencia, CONFIRMAR el acuerdo adoptado en la Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 007-2017-MDT, del 6 de octubre de 2017, que rechazó la vacancia de Humberto del Águila Villanueva, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tabalosos, provincia de Lamas, departamento de San Martín, por la causal de restricciones de contratación, establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en el extremo referido a la adquisición de bienes en un establecimiento comercial de propiedad de la presunta sobrina del alcalde distrital de Tabalosos. Artículo Tercero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Telma Vela del Águila, REVOCAR el acuerdo adoptado en la Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 007-2017-MDT, del 6 de octubre de 2017, que rechazó la vacancia de Humberto del Águila Villanueva, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tabalosos, provincia de Lamas, departamento de San Martín, por la causal de restricciones de contratación, establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y, REFORMÁNDOLO, declarar la vacancia del citado alcalde, en el extremo referido a la contratación de los servicios de difusión radial en una emisora que es de su propiedad. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Humberto del Águila Villanueva como alcalde de la Municipalidad Distrital de Tabalosos, provincia de Lamas, departamento de San Martín. Artículo Quinto.- CONVOCAR al primer regidor Jackson Torres Dávila para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Tabalosos, provincia de Lamas, departamento de San Martín, y complete el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que lo faculte como tal. Artículo Sexto.- CONVOCAR a Cildith Alvarado Cárdenas, identi fi cada con DNI Nº 47145585, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Tabalosos, provincia de Lamas, departamento de San Martín, y complete el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1 Publicado el 1 de enero de 2016 en el diario o fi cial El Peruano. 2 Información que solo ha podido ser registrada y declarada por la propia administración municipal. 1635638-1 Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi, departamento de Cusco RESOLUCIÓN Nº 0178-2018-JNE Expediente Nº J-2017-00387-C01 QUISPICANCHI - CUSCOCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, dieciséis de marzo de dos mil dieciocho VISTO el Auto Nº 1, del 26 de enero de 2018, mediante el cual se dispuso la apertura del expediente de acreditación, en el marco del proceso de vacancia seguido contra Hilthon Nahuamel Uscamayta, alcalde de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi, departamento de Cusco, por la causal referida a contar con sentencia condenatoria consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad, prevista en el artículo 22, numeral 6, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y visto también los Expedientes Nº J-2015-00348-I01, Nº J-2017-00387-T01 y Nº J-2017-00387-A01. ANTECEDENTES Inhabilitación de Hilthon Nahuamel Uscamayta (Expediente Nº J-2015-00348-I01) Mediante sentencia del 13 de octubre de 2015 (fojas 4 a 48), la Sala Penal de Apelaciones Transitoria en Adición de Funciones Sala Penal Liquidadora de Cusco, en el Proceso Nº 05639-2009-0-1001-SP-PE-02, condenó al alcalde Hilthon Nahuamel Uscamayta como autor del delito contra la Administración Pública –delitos cometidos por funcionarios públicos– en la modalidad de peculado, subtipo peculado doloso simple, en agravio de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi. A través de dicha condena, el citado órgano judicial le impuso dos años de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución por un periodo de prueba de