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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2018 (11/04/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de abril de 2018 El Peruano / - En la cuenta de la red social Facebook de José Luis Carranza García, asesor jurídico de la referida entidad edil, se aprecia que es cónyuge de “Rosita Guevara Pisco”, la misma que emitió las facturas antes mencionadas. - Finalmente, menciona que, “según versiones en el pueblo de Tabalosos, la mencionada Sra. Rosa Guevara Pisco, sería sobrina de la esposa del alcalde de Tabalosos Humberto del Águila Villanueva, de nombre Alegría Pisco Pisco”. Como sustento de sus a fi rmaciones, el recurrente adjuntó los siguientes medios probatorios: i) Copia del Comprobante de Pago Nº 2181, del 29 de diciembre de 2015, emitido a nombre de Humberto del Águila Villanueva, por concepto de devolución por mayores gastos por la celebración de fi estas navideñas en el distrito de Tabalosos (fojas 60 del Expediente Nº J-2016-01408-A01). ii) Copia de la Resolución de Alcaldía Nº 587-2015-MDT- Rendición de Mayores Gastos, del 29 de diciembre de 2015, mediante el cual Humberto del Águila Villanueva declaró bajo juramento haber realizado mayores gastos por la celebración de fi estas navideñas. Dicho documento contiene un cuadro con el detalle de quince gastos (fojas 61 del Expediente Nº J-2016-01408-A01). iii) Copia de una Declaración Jurada de Gastos, de diciembre de 2015, emitida por Humberto del Águila Villanueva, en el que declara bajo juramento “haber realizado pago a Corporación de Radio y TV HDV, con RUC Nº 10009541727, por la difusión de spots publicitarios, por celebración de fi estas navideñas” (fojas 62 del Expediente Nº J-2016-01408-A01). iv) Copia de boletas de venta y facturas, emitidos a nombre de la Municipalidad Distrital de Tabalosos, que sustentan los gastos a que se hace referencia en la Resolución de Alcaldía Nº 587-2015-MDT-Rendición de Mayores Gastos (fojas 63 a 71 del Expediente Nº J-2016-01408-A01). v) Reporte de consulta RUC Nº 10009541727, correspondiente a Humberto del Águila Villanueva, en el que se consigna como persona natural con negocio, cuyo nombre comercial es “Corporación de Radio y TV HDV” (fojas 72 del Expediente Nº J-2016-01408-A01). vi) Copia de las Facturas Nº 001-000137 y Nº 001- 000138, ambas de fecha 29 de setiembre 2015, emitidas por Rosa Guevara Pisco a nombre de la Municipalidad Distrital de Tabalosos, por la adquisición de diversos artículos, por el importe de S/. 2000.00 (dos mil y 00/100 soles) y S/. 1000.00 (un mil y 00/100 soles), respectivamente (fojas 73 y 74 del Expediente Nº J-2016-01408-A01). vii) Copia de dos comprobantes de pago emitidos por la Municipalidad Distrital de Tabalosos, a nombre de Rosa Guevara Pisco, por concepto de pago de las facturas por la compra de insumos para ser utilizados en el mantenimiento del tractor de propiedad de la entidad edil (fojas 75 y 76 del Expediente Nº J-2016-01408-A01). viii) Copia de la impresión de la red social Facebook, del per fi l de José Luis Carranza García, asesor jurídico de la entidad edil (fojas 77 del Expediente Nº J-2016-01408-A01). ix) Reporte de consulta RUC Nº 10011232642, correspondiente a Rosa Guevara Pisco, por el negocio de nombre comercial “R Y J” (fojas 79 a 81 del Expediente Nº J-2016-01408-A01). Descargos de la autoridad cuestionadaEl 21 de octubre de 2016 (fojas 116 a 120 del Expediente Nº J-2016-01408-A01), el alcalde cuestionado formuló sus descargos: a) El pedido de vacancia se encuentra sustentado principalmente en la Resolución de Alcaldía Nº 587-2015-MDT - Rendición de Mayores Gastos, Comprobante de pago con registro de SIAF 0000002181 Nº 2181-2015 y Cheque Girado Nº 881535548, que, efectivamente, a priori, sustentarían una indebida contratación del recurrente, generando un con fl icto de intereses. b) Sin embargo, es necesario precisar que la supuesta Resolución de Alcaldía Nº 587-2015-MDT - Rendición de Mayores Gastos es un documento falso. En principio, refi ere que nunca ha suscrito una resolución con dicho tenor, asimismo, señala que la verdadera Resolución de Alcaldía Nº 587-2015-MDT corresponde al reconocimiento de la nueva Junta Vecinal Comunal del barrio Pueblo Joven 11 de Noviembre, emitida el 24 de setiembre de 2015. c) Así, pues, el solicitante sustenta su pedido en documentación falsa; siendo que lo real es que como alcalde no ha cobrado el supuesto cheque que originó el recibo de pago. Decisión del Concejo Distrital de Tabalosos En la Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 010-2016, del 21 de octubre de 2016 (fojas 94 a 98 del Expediente Nº J-2016-01408-A01), el concejo municipal, por tres (3) votos a favor y tres (3) votos en contra, declaró improcedente la solicitud de vacancia, debido a que no se alcanzó el número legal de votos aprobatorio legamente requerido. Dicha decisión se formalizó en el Acuerdo de Concejo Nº 003-2016-A/MDT, del 27 de octubre de dicho año (fojas 108 a 115 del Expediente Nº J-2016-01408-A01). Recurso de apelaciónEl 15 de noviembre de 2016 (fojas 2 a 8 del Expediente Nº J-2016-01408-A01), Rider Sandoval Herrera interpuso recurso de apelación en contra del Acuerdo de Concejo Nº 003-2016-A/MDT, sobre los mismos argumentos de la solicitud de vacancia, agregando que: a) El acuerdo de concejo carece de una debida motivación, ya que “no precisa los fundamentos del debate y el razonamiento de cada regidor, para llegar al acuerdo en cuestión, así como tampoco se precisa los fundamentos del análisis efectuado frente a los descargos del señor alcalde”. b) El acuerdo de concejo ha sido adoptado en contravención de lo que establece el artículo 17 de la LOM, según el cual el alcalde solo tiene voto dirimente. c) Está claramente demostrado que el alcalde contrató con una empresa de su propiedad, cuyo domicilio fi scal es el mismo que registra en su documento nacional de identidad, ubicado en el jirón Iquitos Nº 382 - 384, de distrito de Tabalosos, provincia de Lamas, departamento de San Martín. d) El Concejo Distrital de Tabalosos no requirió información a las áreas competentes de la entidad edil, tales como Imagen Institucional, Comité de Fiestas, Abastecimiento, Logística y/o Tesorería, con relación a los documentos que sustentaron los mayores gastos realizados por concepto de la realización de las fi estas navideñas en el referido distrito, el detalle de los servicios brindados y su conformidad, así como si dichas contrataciones obedecieron a una necesidad ineludible, defi ciencia probatoria que vulnera el principio de impulso de o fi cio. Pronunciamiento del Jurado Nacional de Elecciones Mediante Resolución Nº 0135-2017-JNE, del 27 de marzo de 2017 (fojas 457 a 462 del Expediente Nº J-2016-01408-A01), el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones declaró nulo el Acuerdo de Concejo Nº 003-2016-A/MDT, del 27 de octubre de 2016, y dispuso que el Concejo Distrital de Tabalosos vuelva a pronunciarse sobre el fondo de la solicitud de vacancia previa incorporación de un conjunto de informes y documentos, a saber: a. Copia certi fi cada literal de la partida registral de la Corporación de Radio y TV HDV, con RUC Nº 10009541727, expedida por la Sunarp. b. Informe documentado de los contratos celebrados entre la Municipalidad Distrital de Tabalosos y la Corporación de Radio y TV HDV, con RUC Nº 10009541727, entre el 2010 - 2014 y 2015 hasta la fecha. c. Informe documentado sobre el contenido y las