Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2018 (13/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Viernes 13 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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VISTOS: El Informe Nº 60-2018-MDC/GATR, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y el Informe Nº 982018-MDC/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre ampliación de la vigencia del Beneficio Tributario, otorgado mediante Ordenanza Nº 269-MDC, CONSIDERANDO:

Que, con la finalidad de lograr que los vecinos de Cieneguilla se acojan a los alcances de la ordenanza antes citada, resulta necesaria su ampliación, la que se aprobará de acuerdo a las facultades delegadas a este Despacho por la antes citada norma; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los artículo 6º, 20º numeral 6 y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:

Que, mediante Ordenanza Nº 269-MDC se aprobó el Programa de Incentivos para la Regularización de Predios en Cieneguilla, que tiene por objeto incentivar la regularización voluntaria de las declaraciones juradas de los predios, así como la actualización de datos prediales, pagos de impuesto predial y arbitrios municipales hasta el 31 de diciembre de 2016, cuyo plazo de vigencia ha sido prorrogado hasta el 31 de marzo de 2018 con decreto de Alcaldía Nº 003-2018-MDC; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en la Disposición Final de la Ordenanza Nº 269MDC, concordante con el inciso 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 30 de abril de 2018, inclusive, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 269-MDC. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Gestión de Recaudación, a la Subgerencia de Ejecución Coactiva, a la Subgerencia de Gestión Documentaria la ejecución del presente Decreto. Artículo Tercero.- DISPONER que la Secretaria General publique la presente norma en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe); y, que la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional ejecute la efectiva difusión del presente, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1636057-1

Artículo Primero.- PRORROGAR, por treinta días calendario, inclusive, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 272-MDC. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, y a la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro el cumplimiento de la presente norma; a la Secretaria General su publicación en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1636058-1

MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO
Establecen actualización de datos y beneficios tributarios y no tributarios a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 643-2018-MDEA Lima, 5 de abril del 2018 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINO. VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 05 de abril del 2018, el Informe Nº 049-2018-GEMU-MDEA emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº0 46-2018-GAJ/MDEA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 075-2018/GREN-MDEA emitido por la Gerencia de Rentas, respecto a la propuesta de "Ordenanza que establece Beneficios Tributarios y No Tributarios a favor de los Contribuyentes del Distrito de El Agustino"; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que "La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al orden jurídico". Que, el Art. 195º de la Constitución Política del Perú y en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que los gobiernos locales, mediante ordenanza, se puede crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley.

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 272MDC
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2018-MDC Cieneguilla, 4 de abril de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTOS: El Informe Nº 036-2018-MDC/GDUR, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, el Informe Nº 174-2018MDC/GDUR-SGOPC, de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro y el Informe Nº 093-2018-MDC/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre ampliación de la vigencia de la Ordenanza Nº 272-MDC respecto a la visación de planos de lotización y trazado de vías para la obtención de servicios básicos. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 272-MDC, publicada el 30 de diciembre de 2017, se regula el procedimiento administrativo de visación de planos de lotización y trazado de vías para la obtención de servicios básicos, con un plazo de tres meses;

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