Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2018 (16/08/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

28

NORMAS LEGALES

Jueves 16 de agosto de 2018 /

El Peruano

Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina General de Administración y al señor Eduardo Nicolás Sal y Rosas Freyre, para las acciones correspondientes. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (http://www.apci.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ NORRIS Director Ejecutivo 1681121-1

SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir del 16 de agosto de 2018, a la señora María Helena Saravia Benavides, en el cargo de confianza de Asesora de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina General de Administración y a la señora María Helena Saravia Benavides, para las acciones correspondientes. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (http://www.apci.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ NORRIS Director Ejecutivo 1681121-2

Designan Asesora de la Dirección Ejecutiva de la APCI
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 108-2018/APCI-DE Lima, 15 de agosto de 2018 VISTO: El Memorándum N° 341-2018/APCI-OPP de fecha 15 de agosto de 2018, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27692 - Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, y sus normas modificatorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsare, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; Que, el artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2007-RE, establece que la Dirección Ejecutiva de la APCI cuenta con el apoyo de asesores; Que, mediante Resolución Ministerial N° 452/RE2018, publicada el 15 de agosto de 2018 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la APCI; Que, el CAP Provisional de la APCI contempla el cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva, clasificado como empleado de confianza; Que, el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios públicos en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada ley se efectúa mediante resolución del titular de la entidad; Que, el segundo párrafo del artículo 9° de la Ley N° 27692 establece que los requisitos para ser Director Ejecutivo de la APCI contenidos en los literales c) y d) del mismo artículo se extienden a los cargos de confianza de la APCI; Que, mediante documento del visto, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI informa sobre la disponibilidad presupuestal correspondiente; Con los vistos de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27692, Ley de Creación de la APCI y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo N°028-2007-RE y sus modificatorias; y, en concordancia con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos;

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban Directiva "Disposiciones para la Supervisión de Bienes Inmuebles Estatales"
RESOLUCIÓN Nº 063-2018/SBN San Isidro, 9 de agosto de 2018 VISTOS: El Informe N° 240-2016/SBN-DNR-SDNC de fecha 03 de agosto de 2018, emitido por la Subdirección de Normas y Capacitación; el Memorándum N° 0543-2018/SBN-DNR de fecha 07 de agosto de 2018, emitido por la Dirección de Normas y Registro; el Informe Especial N° 0962-2018/ SBN-OPP-RAG de fecha 08 de agosto de 2018, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 107-2018/SBN-OAJ de fecha 09 de agosto de 2018, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN es un organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, responsable de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo, de acuerdo a la normatividad vigente, gozando de autonomía económica, presupuestal, financiera, técnica y funcional, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales / en adelante "la Ley" y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA (en adelante "el Reglamento de la Ley"); Que, en el literal b) del numeral 14.1 del artículo 14 de la Ley, concordante con el literal a) del numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de la Ley, se establece que la Superintendencia Nacional de Bienes EstatalesSBN, en calidad de ente rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, tiene la función de expedir directivas o disposiciones legales, entre otros, sobre los actos de supervisión de bienes estatales, de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades que conforman el mencionado Sistema; Que, en el literal f) del artículo 4 de la Ley se define el acto de supervisión como aquél que desarrolla el ente rector sobre los bienes estatales y sobre los actos que recaen sobre éstos; asimismo, respecto del cumplimiento del debido procedimiento que ejecuten las entidades

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.