Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2018 (16/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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Memorándum Nº la Oficina General Nº 239, 299, 315 la Subdirección de Exportable;

NORMAS LEGALES
107-2018-PROMPERÚ/GG-OGA de de Administración, los Memorándum y 340-2018-PROMPERÚ/DX-SPI de Promoción Internacional de la Oferta

Jueves 16 de agosto de 2018 /

El Peruano

Con la visación de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, la Oficina General de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los precios de venta para los siguientes servicios de promoción de las exportaciones:
Nombre de la Actividad Rueda de Negocios SUPERFOODSPERUNATURA 2018 Participación en Ruedas de Negocios Rueda de Negocios de Envases, Embalajes y Equipamiento para la Industria Alimentaria 2018 Rueda de Negocios Expo Mina Perú 2018 Precio de Precio de Venta en Venta S/ (Inc. (%UIT) IGV) 3 377 81,373

CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015-PROMPERÚ/SG y modificatorias, se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERÚ, como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERÚ, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta y descuentos en los servicios que corresponden; Que, en el marco de las actividades de promoción de las exportaciones programadas para el año 2018, la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, mediante los memorándum señalados en los vistos, indica que tiene prevista la realización de las siguientes actividades: i) Rueda de Negocios SUPERFOODS-PERUNATURA 2018, ii) Rueda de Negocios de Envases, Embalajes y Equipamiento para la Industria Alimentaria 2018, y iii) Rueda de Negocios Expo Mina Perú 2018, razón por la cual solicita la aprobación de los precios de venta correspondientes, conforme a la determinación de costos efectuada por la Oficina General de Administración; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, señala en el numeral 42.4 de su artículo 42 que "Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecen los requisitos y costos correspondientes a ellos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el Artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal"; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo requisito para ello que por Ley se las autorice y que mediante Resolución del Titular de la Entidad se establezca la descripción de los bienes y servicios objeto de comercialización, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, así como el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT, debiendo publicarse la referida Resolución en el Diario Oficial El Peruano; Que, según el literal b) del artículo 13 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, la entidad está facultada a obtener recursos que provengan de la venta de bienes y prestación de servicios en el ámbito de sus funciones, que realiza con el fin exclusivo de recuperar el gasto o la inversión efectuada; Que, según la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, modificada por la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Púbico para el Año Fiscal 2014, la Gerencia General es la máxima autoridad administrativa y ejerce la titularidad del pliego presupuestal, de conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; Que, en el marco de los dispositivos legales citados en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar los precios de venta para las precitadas actividades de promoción de las exportaciones; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017JUS; el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM; y el literal ñ) del artículo 10 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de PROMPERÚ;

Servicio

Lugar

Fecha 25 de septiembre de 2018 25 y 26 de septiembre de 2018 12 de septiembre de 2018

Lima Perú

Lima Perú

1 325

31,928

Lima Perú

1 467

35,349

Artículo 2º.- Encargar a la Oficina General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de aprobación. Artículo 3º.- El responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de PROMPERÚ, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, deberá hacer la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Gerente General 1680554-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Designan Asesor de la Jefatura de la Zona Registral N° IX ­ Sede Lima
ZONA REGISTRAL N°IX ­ SEDE LIMA RESOLUCION JEFATURAL N° 499-2018-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF Lima,14 de agosto de 2018 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal d) del artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N°0122013-JUS, son funciones y atribuciones de la Jefatura Zonal, designar y remover a los funcionarios de confianza, en coordinación con el Superintendente Nacional; Que, encontrándose vacante la plaza correspondiente al Cargo Estructural de Asesor de la Jefatura de la Zona Registral N° IX ­ Sede Lima, el cual constituye un cargo de confianza, este despacho considera pertinente designar a un funcionario para que ejerza dichas funciones; Con la visación del Jefe de la Unidad de Recursos Humanos (e), de la Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, y del Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica. En uso de las atribuciones conferidas por los literales d) y t) del artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los

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