Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2018 (16/08/2018)


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NORMAS LEGALES

Jueves 16 de agosto de 2018 /

El Peruano

Artículo 4.- DISPONER, que la vigencia del Comité para la Igualdad de Género de la Superintendencia Nacional de Salud ­ SUSALUD, esté supeditada al cumplimiento de su objeto, el cual está establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 005-2017-MIMP. Artículo 5.- La aplicación de lo dispuesto en la presente resolución se financia con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Salud ­ SUSALUD, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Web Institucional y en el Portal de Transparencia Estándar de la SUSALUD. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE CARLOS DEL CARMEN SARA Superintendente 1681234-3

seguimiento y supervisión de los ejes de acción del PpR Familia. Tercero. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta que es propósito de este Órgano de Gobierno coadyuvar a la mejora del servicio de justicia deviene en procedente la aprobación del proyecto de modificación de la Directiva N° 003-2018-CEPJ, formulada por el Programa Presupuestal N° 0067 "Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia". Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 593-2018 de la vigésimo octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Prado Saldarriaga, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar las Disposiciones Generales de la Directiva N° 003-2018-CE-PJ, aprobada mediante Resolución Administrativa N° 085-2018-CEPJ del 14 de marzo de 2018, en los extremos referidos a la Conformación y Coordinación de las Comisiones Distritales del PpR Familia, según se indica a continuación: "(...) VI. DISPOSICIONES GENERALES A) CONFORMACIÓN DE LAS COMISIONES DISTRITALES DEL PPR FAMILIA (...) Los miembros de las Comisiones Distritales del PPR Familia deberán tener los siguientes perfiles:
Presidente de la Corte Superior de Justicia o un Juez Superior con especialidad en derecho de familia. Un representante de los Jueces Especializados de Familia. Gerente de Administración o Administrador de la Corte Superior. Jefe de Servicios Judiciales. Presidente de la Comisión Distrital.

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Modifican Disposiciones Generales de la Directiva N° 003-2018-CE-PJ, en extremos referidos a la Conformación y Coordinación de las Comisiones Distritales del PpR Familia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 248-2018-CE-PJ Lima, 8 de agosto de 2018 VISTOS: El Oficio Nº 295-2018-P-PpR FAMILIA-PJ, que adjunta el Informe N° 33-2018-RT-PPR FAMILIA-CE/ PJ, cursado por la señora Consejera Responsable del Programa Presupuestal por Resultados de Familia N° 0067 "Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia". CONSIDERANDO: Primero. Que, la señora Consejera Responsable del Programa por Resultado de Familia N° 0067 "Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia" mediante Oficio Nº 295-2018-P-PpR FAMILIA-PJ, remite a este Órgano de Gobierno el proyecto de modificación de la Directiva N° 003-2018-CE-PJ, que estableció los "Lineamientos para la conformación de las Comisiones Distritales y del Equipo Técnico del Programa Presupuestal N° 0067 "Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia" en las Cortes Superiores de Justicia que forman parte del ámbito de acción del PpR Familia", aprobada mediante Resolución Administrativa N° 085-2018-CE-PJ, del 14 de marzo de 2018. La propuesta tiene como finalidad estandarizar la conformación de las Comisiones Distritales del PpR N° 0067 de las Cortes Superiores de Justicia, delimitar el perfil de los integrantes de las Comisiones Distritales del PpR Familia N° 0067; así como establecer las funciones del Administrador del Módulo de Familia (Coordinador de la Comisión Distrital), quién actuará como Secretario Técnico de la Comisión Distrital del PpR Familia N° 0067. Segundo. Que la petición formulada se sustenta en el Informe N° 33-2018 -RT-PPR FAMILIA-CE/PJ, elaborado por el Responsable Técnico del Programa Presupuestal de Familia, el cual contiene opinión respecto a la necesidad de delimitar los perfiles para la conformación de las Comisiones Distritales del PpR Familia N° 0067, a fin de viabilizar sus labores para realizar un efectivo

Integrante de la Comisión Distrital. Integrante de la Comisión Distrital. Integrante de la Comisión Distrital.

Un representante de los Secretarios Judiciales de la Integrante de la Comisión Distrital. especialidad de familia. Un representante del Equipo Multidisciplinario. El Administrador del Módulo de Familia Integrante de la Comisión Distrital. Coordinador de la Comisión Distrital Actuará como Secretario Técnico.

(...) Coordinación de las Comisiones Distritales del PPR Familia La Comisión Distrital deberá designar a un coordinador. El Coordinador debe ser el Administrador del Módulo de Familia o quien en adición a sus funciones se desempeña como Administrador del Módulo de Familia. La responsabilidad de la coordinación recaerá en el Administrador del Módulo de Familia, quién actuará como Secretario Técnico de la Comisión Distrital del PpR Familia N° 0067. En tal sentido, el Secretario Técnico de la Comisión Distrital del PpR Familia N° 0067 cumplirá las siguientes funciones: 1. Preparar la agenda - programa de las sesiones de la Comisión Distrital del PpR Familia N° 067, en consulta con el Presidente de la Comisión Distrital.

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