Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2018 (21/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Martes 21 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible; el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.Aprobar las "Disposiciones procedimentales, técnicas y administrativas para la operación y mejora continua de la plataforma informática de la Ventanilla Única de Certificación Ambiental (EVA) - Módulo de Evaluación de Estudios Ambientales" que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano, debiendo publicar en la misma fecha las Disposiciones aprobadas en el artículo 1, en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles -Senace (www.senace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICK WIELAND FERNANDINI Jefe del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace 1682847-1

Que, conforme al artículo 2 del Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, las máximas autoridades de las entidades públicas responsables en el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021 adoptarán, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para su ejecución y velarán por su cumplimiento, asegurando que las acciones y los gastos se incluyan en sus Planes Operativos y Presupuestos Institucionales; Que, a través del Informe N° 666-2018-SUNARP/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica recomienda conformar un Grupo de Trabajo que tenga por objeto proponer y articular la implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ­ Sunarp; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública; el Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, Decreto Supremo que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción; el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021; y el literal x) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS; Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección Técnica Registral, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Crean Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Sunarp
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 205-2018-SUNARP/SN Lima, 20 de agosto de 2018 VISTO, el Informe N° 666-2018-SUNARP/OGAJ del 15 de agosto de 2018, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 26366 se crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp, con la finalidad de mantener y preservar la unidad y coherencia del ejercicio de la función registral en todo el país, orientado a su especialización, simplificación, integración y modernización; Que, la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, establece los principios, deberes y prohibiciones éticas que rigen para los servidores públicos de las entidades de la Administración Pública; señalando como uno de los fines de la función pública el servicio a la nación y la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Que, a través del Decreto Supremo N° 042-2018PCM se establecen medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción, con el objeto de orientar la correcta, transparente y eficiente actuación de los servidores y entidades públicas, para la consolidación de la democracia, el estado de derecho y el buen gobierno, además de establecer la transparencia, la corrección, la probidad, el respeto, la veracidad, la igualdad, la objetividad, la rendición de cuentas, la participación, la prevención y la neutralidad como principios que orientan la integridad pública;

Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Sunarp. Créase el Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ­ Sunarp, con el objeto de proponer y articular la implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción en la Sunarp. Artículo 2.- Conformación. El Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Sunarp está conformado de la siguiente manera: - El/la Superintendente Nacional o su representante, quien lo preside. - El/la Gerente General o su representante. - El/la Director/a Técnico/a Registral o su representante. - El/la Jefe/a de la Oficina General de Asesoría Jurídica o su representante. - El/la Jefe/a de la Oficina General de Recursos Humanos o su representante, quien ejerce la Secretaría Técnica. Artículo 3.- Funciones. El Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Sunarp tiene como funciones las siguientes: 1. Proponer y articular la implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción, destinadas a garantizar la ética e integridad en el cumplimiento de las funciones de todos los servidores que laboran en la Sunarp. 2. Promover acciones orientadas al fomento de una cultura de ética y transparencia en todos los servidores que laboran en la Sunarp. 3. Realizar el seguimiento del cumplimiento del Decreto Legislativo Nº 1327 y su Reglamento, que establecen medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe. 4. Fomentar y propiciar una cultura de valores en la Sunarp. 5. Apoyar las acciones orientadas a lograr la colaboración interinstitucional con otras entidades, en materia de ética e integridad pública. 6. Aprobar su Reglamento Interno.

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