Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2018 (21/08/2018)


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NORMAS LEGALES

Martes 21 de agosto de 2018 /

El Peruano

Tareas y la elección de la nueva presidencia del citado Comité; Que, conforme se da cuenta en los documentos de vistos, el Presidente del Comité de Creación de Capacidades de la OLACEFS, invita a los titulares de las Entidades Fiscalizadoras Superiores, a participar en la Reunión Anual del mencionado Comité, a realizarse del 27 al 29 de agosto de 2018, en la ciudad de Santiago de Chile, Chile; Que, el alcance del evento en mención está relacionado con el rol que corresponde a la Escuela Nacional de Control, contemplada en el artículo 23 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 137-2018-CG y modificatoria, encargada de proveer entrenamiento, formación, capacitación y especialización en temas de control gubernamental y gestión pública del personal de la Contraloría General de la República, del Sistema Nacional de Control, y de los funcionarios y servidores públicos; así como con el rol de la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales, contemplado en el artículo 89 del citado Reglamento de Organización y Funciones, responsable de dirigir y ejecutar las acciones en materia de cooperación técnica y financiera internacional, y de relacionamiento internacional con entidades homólogas a nivel regional y mundial, así como de organismos internacionales y multilaterales; Que, la participación de la Contraloría General de la República en el mencionado evento permitirá intercambiar experiencias y generar alianzas estratégicas en materia de capacitación con las Entidades Fiscalizadoras Superiores participantes, contribuyendo a fortalecer el posicionamiento institucional en la organización regional y cumplir con los compromisos internacionales asumidos como miembro del Comité de Creación de Capacidades; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los fines institucionales autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores Miguel Ángel Beretta Cisneros, Subgerente de Cooperación y Relaciones Internacionales y Rubén Fernando Ortega Cadillo, Subdirector de la Dirección de Postgrado de la Escuela Nacional de Control, para participar en el referido evento; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que durante el Año Fiscal 2018, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica; asimismo, la autorización para viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especifico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos, entre otros; Que, los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán financiados con los recursos del Pliego 019: Contraloría General, acorde a lo informado por la Gerencia de Administración, mediante Memorando N° 00467-2018-CG/GAD; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modificatorias; Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores Miguel Ángel Beretta Cisneros, Subgerente

de Cooperación y Relaciones Internacionales y Rubén Fernando Ortega Cadillo, Subdirector de la Dirección de Postgrado de la Escuela Nacional de Control, del 26 al 30 de agosto de 2018, a la ciudad de Santiago de Chile, Chile, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que se deriven de la presente comisión de servicios serán financiados con recursos del Pliego 019: Contraloría General, según el detalle siguiente: pasajes aéreos US $ 579.61, viáticos US $ 1110.00 (03 días) y gastos de instalación US $ 370.00 (01 día), por cada participante. Artículo 3.- Los citados funcionarios presentarán al Despacho Contralor, con copia a la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales, un informe sobre los resultados de la comisión y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República, así como un ejemplar de los materiales obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo 4.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1682900-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a Colombia, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1320-2018 Arequipa, 14 de agosto del 2018 Visto el Oficio Nº 689-2018-VRI presentado por el Vicerrector de Investigación de la UNSA, sobre autorización de viaje con fines de investigación al extranjero correspondiente a la Dra. Alison Serruto Castillo, docente Asociada D.E. adscrita al Departamento Académico de Sociología, Turismo y Hotelería de la Facultad de Ciencias Histórico Sociales de la UNSA. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, según el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8º del Estatuto Universitario, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la citada Ley y demás normativa aplicable y se manifiesta en los regímenes Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico. Que, respecto a las solicitudes presentadas por los docentes de la UNSA sobre autorización de viaje, pago de pasajes, viáticos e inscripciones para participar en el extranjero en diferentes eventos y/o actividades académicos, con fines de investigación o con ponencias de trabajos de investigación, el Consejo Universitario en su Sesión de fecha 12 de junio y 07 de agosto del 2017, acordó lo siguiente: "1.Los docentes y Jefes de Práctica pueden solicitar el financiamiento de

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