Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2018 (12/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Miércoles 12 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Ordenanza que declara de interés municipal la implementación del Programa de Municipios y Comunidades Saludables en el municipio
ORDENANZA Nº 017-2018-MDMP Mi Perú, 5 de octubre de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ. POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 164-2018-MDMP-GDH, presentado por el Gerente de Desarrollo Humano, el Informe Nº 179-2018/MDMP/GAJ de la gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 078-2018GPP/MDMP, suscrito por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 192-2018-MDMP-GDH/SGS de la Subgerencia de Salud respecto del proyecto de ordenanza que declara de interés municipal la implementación del programa Municipios y Comunidades Saludables en el Municipio del Distrito de Mi Perú. CONSIDERANDO: Que, en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 se establecen las competencias Municipales, donde los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de sus competencias. Teniendo en cuenta además que dentro del capítulo II, artículo 80 de la citada Ley, establece como función de las Municipalidades gestionar la atención primaria de salud. Que, la Ley General de Salud, Ley Nº 26842 contempla en su título preliminar que la salud es condición indispensable del derecho humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo y que la promoción de la Salud tiene como objetivo conservar y mejorar las condiciones deseables de Salud para la construcción colectiva de una cultura de salud orientada a la generación de estilos de vida y entornos saludables. Que, el Estado Peruano, el Ministerio de Salud, el Gobierno Regional del Callao, la Dirección Regional de Salud Callao, los Gobiernos Provinciales, Distritales y Locales consideran de suma importancia la implementación del Programa de Municipios y Comunidades Saludables, para el fortalecimiento del desarrollo de nuestro municipio y comunidad. Que, es preciso garantizar el compromiso del Gobierno Local del Distrito de Mi Perú garantizando el apoyo político, legal, técnico, administrativo y los recursos en el desarrollo de las acciones a favor de la Implementación del Programa de Municipios y Comunidades Saludables. Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa de lectura del acta y el voto unánime del Concejo Municipal, se establece lo siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DE INTERÉS MUNICIPAL LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES EN EL MUNICIPIO DE DISTRITO DE MI PERÚ Artículo Primero.- DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES EN EL MUNICIPIO DE DISTRITO DE MI PERÚ, Provincia Constitucional del Callao, Región Callao. Artículo Segundo.- INICIAR el proceso de sensibilización a la población, líderes de la comunidad, instituciones Públicas y Privadas para la conformación de un COMITÉ MULTISECTORIAL en el Distrito de Mi Perú. Artículo Tercero.- INCORPORAR en la agenda pública los ejes temáticos de promoción de la salud bajo el enfoque de Municipios y Comunidades Saludables, teniendo como prioridad el cuidado Materno Infantil,

priorizando el trabajo Multisectorial para la Reducción de la Mortalidad Materno Neonatal. Considerando las estrategias de Inmunizaciones, Salud Sexual y Reproductiva, Estrategias de Control de Tuberculosis, VIH SIDA Alimentación y Nutrición, y las enfermedades No transmisibles, Metaxenicas, Zoonosis y Salud Ambiental. Artículo Cuarto.- El Programa de Municipios y Comunidades Saludables dependerá de la Gerencia de Desarrollo Humano, a través de la Subgerencia de Salud quien en coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto deberá trabajar estrechamente en cada fase de implementación del Programa en sus fases: Fase de sensibilización, Fase de Organización, Fase de Planificación Participativa, Fase de Ejecución y Fase de Monitoreo y Evaluación Participativa; enfatizando la atención primaria de salud y actividades preventivas promocionales para un entorno ambiental saludable. Artículo Quinto.- PROMOVER la corresponsabilidad y participación social de las diferentes organizaciones de base y actores claves en las acciones de información y educación durante el proceso de implementación y desarrollo del programa en mención. Artículo Sexto.- INVOLUCRAR a la sociedad civil organizada, a los Agentes Comunitarios de Salud, organizaciones sociales de bases, grupos juveniles, clubes deportivos, comedores populares, instituciones educativas, sector privado, ONG en las acciones de movilizaciones social y participación comunitaria, en el desarrollo de Municipios y Comunidades Saludables. Artículo Séptimo.- FACULTAR al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía disponga las medidas reglamentarias y complementarias necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza Municipal, garantizando el apoyo para las acciones tendientes alcanzar la meta de Municipios y Comunidades Saludables, siendo ésta de interés local y de beneficio para la población actual y futura del distrito de Mi Perú Artículo Octavo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Desarrollo Humano, a la gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Subgerencia de Salud y a todas las demás dependencias de la Municipalidad deberán prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Artículo Noveno.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación; disponiéndose además su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, www. munimiperu.gob.pe Artículo Décimo.- ENCARGAR, a la Secretaría General las acciones para publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Décimo Primero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la publicación del presente dispositivo en el Portal Web de eta Comuna. Artículo Décimo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBI SACHÚN NUREÑA Alcaldesa 1722089-4

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Aprueban Programa de beneficios reducción de deudas para multas sanciones administrativas en materia tránsito y transporte público especial pasajeros en vehículos menores
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2018-MDCH Chancay, 29 de noviembre de 2018

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