Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2018 (12/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Miércoles 12 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES
CUADRO GENERAL DE AREAS AREA BRUTA TOTAL 9,164.59 m2 AREA UTIL TOTAL 8,327.98 m2 AREA DE VIAS 836.61 m2

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Hechos Cumplidos, la aplicación del nuevo Reglamento de Licencia de Habilitación Urbana y Licencia de Edificación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2017-VIVIENDA, no puede ser aplicado en el presente caso, por lo cual el presente procedimiento de Habilitación Urbana de Oficio se deberá seguir tramitando aplicando el Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones que se encontraba vigente al momento de la presentación del expediente, bajo el cual ya se le estaba dando el trámite y evaluación correspondiente, esto es el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, a través del Informe Nº 046-2018-SGHUEGDU/MDA/RNLS emitido por el Área Técnica de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, se establece que el terreno denominado 50-A-2 del Fundo La Estrella, con un área Total de 9,164.59 m2., inscrita en la Ficha Registral Nº 11047175, encontrándose registralmente calificada como Rústico y situado y situado en una Zona Consolidada, conforme la inspección ocular y las fotografías correspondientes, existiendo en él edificaciones, contando con los servicios básicos de agua, desagüe, energía eléctrica domiciliaria y pública, pistas y veredas; Que, empero y no obstante su situación consolidada desde hace varios años, no cuenta con habilitación urbana recomendándose que a fin de sanear esta situación se proceda a dictar el acto administrativo que determine que dicha área sea declarada Habilitada de Oficio al amparo de lo dispuesto por el Artículo 24º de la Ley Nº 29090, y en conformidad con la Ley Nº 29898, ley que modifica la ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas, así como el Capítulo VII, Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, que establece el procedimiento de Habilitaciones Urbana de Oficio y el D.S. 008-2013/ VIVIENDA; Que, mediante informe Nº 040-2018-MDA/GDU, la Gerencia de Desarrollo Urbano remite los informes Nº 1662018-MDA/GDU-SGHUE y Nº 046-2018-SGHUE-GDU/ MDA/RNLS emitido por área Técnica de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones adjuntando el informe Nº 934-2017-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, quienes determinan que es factible se declare de Oficio la Habilitación Urbana correspondiente al predio de 9,164.59 m2, constituido por el denominado Sub Lote 50-A-2 del Fundo La Estrella, ubicado frente a la Av. La Esperanza, remitiendo el proyecto de Resolución de Alcaldía, para conocimiento y su determinación final, lo cual lo encuentra conforme, y solicita se prosiga con el trámite administrativo correspondiente; Que, mediante Memorándum Nº 514-2018-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte la resolución de Alcaldía correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA, Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL CONSEJO DISTRITAL DE ATE MEDIANTE EL ARTÍCULO 4º DE LA ORDENANZA Y Nº 223-MDA Y A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 20º, NUMERAL 6) DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES LEY Nº 27972; Y LA LEY Nº 29898, LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 2909 LEY DE REGULACION DE HABILITACIONES URBANAS Y DE EDIFICACIONES, ASI COMO EL CAPITULO VII DEL DECRETO SUPREMO Nº 008-2013-VIVIENDA, QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE HABILITACIONES URBANAS DE OFICIO. RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR HABILITADO URBANO DE OFICIO, el terreno con un área de 9,164.59m2, denominado Sub Lote 50-A-2 del Fundo La Estrella, inscrita en la Ficha Registral Nº 11047175, del Registro de La Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX Sede Lima-SUNARP, terreno ubicado en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima, de acuerdo al Plano Nº 024-2018-SGHUE-GDU/MDA, y su correspondiente Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolución, en merito a los considerandos antes expuestos. La distribución del área del terreno cuya Habilitación Urbana de Oficio se aprueba, es la siguiente:

Artículo 2º.- PRECISAR; que el terreno de la habilitación urbana de oficio tiene un uso de Comercio Vecinal CV, de acuerdo a la consolidación existente en el sector, y la zonificación respectiva aprobada mediante Ordenanza Nº 1099 de La Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 3º.- DETERMINAR; que como resultado de la habilitación urbana que en este acto se declara (01) Lote Comercial, cuya área, linderos y medidas perimétricas se detallan en el Plano Nº 024-2018-SGHUE-GDU/MDA, y la Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolución. Artículo 4º.- DISPONER; la inscripción en el Registro de Propiedad Inmueble de la zona Registral Nº IX Sede Lima de la SUNARP, el cambio de uso de Rústico a Urbano del Inmueble de 9,164.59 m2, ubicado en el Distrito de Ate, el cual está inscrito en la Ficha Registral Nº 11047175 del Registro de Propiedad Inmueble de la zona Registral Nº IX Sede Lima-SUNARP, correspondiéndole la Gestión de inscripción ante dicha entidad al Propietario del Inmueble. Artículo 5º.- DISPONER; la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cuenta y costo del interesado. Artículo 6º.- ENCARGAR; el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía a la gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, Gerencia de Administración Tributaria, y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1721597-1

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Modifican Ordenanza que autorizó celebración de Matrimonio Civil Comunitario 2018
ORDENANZA Nº 288-2018/MLV La Victoria, 31 de octubre del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria de fecha 31 de octubre del 2018 VISTO: El Informe Nº 395-2018-SG-MLV de fecha 17 de agosto de 2018, de Secretaría General, Proveído Nº 807-2018-ALC/MDLV, de fecha 20 de agosto de 2018, de Despacho de Alcaldía; Memorándum Nº 785-2018-GM/MLV, de fecha 03 de setiembre de 2018, de Gerencia Municipal; Informe Nº 916-2018-GAJ/MDLV, de fecha 05 de setiembre de 2018, de Gerencia de Asesoría Jurídica; e Informe Nº 023-2018-PVLP/SG/MLV, de fecha 14 de setiembre de 2018 de la Oficina de Registros Civiles de Secretaría General, el Dictamen Nº 005-2018-CPPAL/MDLV de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº

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