Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2018 (12/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Miércoles 12 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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aseguran la efectividad participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto de los gobiernos regionales y gobiernos locales. Que, con Ley Nº29298, se modifica a los artículos 4º,5º,6º y 7º de la Ley 28056, referidos a las instancias, alcanza, fases y oficialización de compromisos del proceso del presupuesto participativo, precisando además que cada instancia del proceso de programación participativa formula su presupuesto participativo, respectando el marco de competencias establecidos en la constitución Política del Perú, y las correspondientes leyes orgánicas. Que, mediante Decreto Supremo Nº097-2009-EF, se establece los criterios de alcance, fases y oficialización de compromisos del proceso del presupuestos participativo, precisando además que cada instancia del proceso de programación participativa formula su presupuesto participativo, respetando el marco de competencias establecido en la constitución política del Perú, y las correspondientes leyes orgánicas. Que, mediante Decreto Supremo Nº142-2009-EF, se aprueba un nuevo Reglamento de la Ley Nº28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, en sustitución del que ha venido rigiendo desde noviembre del 2003 y en adecuación de las modificaciones introducidas por la Ley Nº29298, referidas a las instancias, alcances, fases y oficialización de compromisos del proceso de presupuesto participativo. Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, aprobado mediante resolución directoral Nº 007EF/76.01, el mismo que tiene carácter general y permanente, y de cumplimiento obligatorio. Señala que el Presupuesto participativo es un instrumento de política y de gestión, a través del cual las autoridades del gobierno regional Amazonas, así como las organizaciones de la población debidamente representadas, definen en conjunto, como se van orientar los recursos, teniendo en cuenta los objetivos del plan de desarrollo Estratégico, los cuales están directamente vinculados con la visión y objetivos del plan de desarrollo estratégico, los cuales están directamente vinculados con la visión y objetivos del plan de desarrollo regional concertado al 2021. Que, los objetivos que persiguen el Presupuesto Participativo son: promover la creación de condiciones económicas, sociales ambientales y culturales que mejoren los niveles de vida de la población y fortaleza sus capacidades como base del desarrollo, posibilitando acciones concertadas que refuercen los vínculos de identidad, de pertenencia y las relaciones de confianza. Mejorar la asignación y ejecución de los recursos públicos, de acuerdo a las prioridades consideradas en los planes de desarrollo concertados y los planes sectoriales Nacionales, propiciando una cultura de responsabilidad fiscal, sobre la base de acuerdos concertados y reforzar la relación entre el estado y la sociedad civil, en el marco de un ejercicio de la ciudadanía que utilice los mecanismo de democracia directa y democracia representativa generando compromisos y responsabilidades compartidas. Que, con INFORME N 014-2018-G.R.AMAZONAS/ GRPPAT/SGPAT/JSCH, de fecha 04 de junio de 2018, suscrito por el Lic. Jorge Santillán Chuquimbalquin, Equipo Técnico Sub Gerencia, mediante el cual alcanza al Sub Gerente Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, Ing. Leoncio Temoche Castro, el informe final del presupuesto participativo 2019, el cual debe ser aprobado mediante Ordenanza Regional, para su posterior implementación para alcanzar los objetivos establecidos en el Plan de Desarrollo Regional Concertado. Que, con INFORME Nº 153-2016-G.R.AMAZONAS/ GRPPAT-SGPYAT, de fecha 05 de junio de 2018, suscrito por el Ing. Leoncio Temoche Castro, Sub Gerente de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, dando a conocer al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Lic. Elvis Elder Becerra Vásquez, que dando cumplimiento a la Ordenanza Regional Nº 407-Gobierno Regional Amazonas/CR, mediante el cual se aprueba el Proceso del Presupuesto Participativo 2019 y dando por finalizado los proyectos priorizados para el año 2019, se alcanzan todos los actuados con la finalidad que sea remitido al Consejo Regional para su revisión y aprobación.

Que, con INFORME Nº 299-2018-G.R. AMAZONAS/ GRPPAT, de fecha 08 de junio de 2018, suscrito por el Lic. ADM. Elvis Becerra Vásquez, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, alcanza el Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2019 al Señor Luis Urbano Cerdán Abanto, para su revisión y aprobación. Que, con Oficio Mult. Nº 055-2018-G.R.Amazonas/ CR-P, de fecha 27 de junio de 2018, suscrito por el Presidente del Consejo Regional Señor Luis Urbano Cerdán Abanto, notifica el Acuerdo de Consejo Regional Nº 178-2018-Gobierno Regional Amazonas/CR-SO a los Señores Consejeros Integrantes de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para que elaboren el Informe y/o Dictamen que corresponda para aprobar el Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2019, del Gobierno Regional Amazonas, por lo que se dispone la proyección de la Ordenanza Regional. Que, estando a lo acordado y aprobado en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 020 de fecha 25 de octubre de 2018, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nº 27902, 28968 y 29053. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR, el Presupuesto participativo para el Año Fiscal 2019, del Gobierno Regional Amazonas, conforme al texto integrado por cinco (5) títulos y un (1) título de anexos. Artículo Segundo.- DISPONER, que a través de la Secretaría del Consejo se Publique la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 7 días del mes de octubre del año 2018. LUIS URBANO CERDAN ABANTO Presidente Consejo Regional Amazonas. POR TANTO: Mando se registre, publíque y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 22 NOV. 2018. GILMER W. HORNA CORRALES Gobernador Regional Gobierno Regional Amazonas 1721585-1

Aprueban el Reglamento para el Proceso de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 430 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización ­ Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización ­ Ley Nº 27783, Ley Orgánica de

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