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26 NORMAS LEGALES Domingo 16 de diciembre de 2018 / El Peruano de pobre o pobre extremo o que esta haya variado por alguna circunstancia, el usuario pierde el bene fi cio sólo en caso el SISFOH lo declare así. EMAPAVIGS S.A. podrá realizar la consulta correspondiente al SISFOH respecto del hogar que cuente con CSE de no pobre otorgada por dicho sistema cuya vigencia no sea mayor a seis meses a la fecha de presentación de la referida consulta. En el caso de los hogares que: i) no cuenten con CSE o ii) cuenten con CSE cuya vigencia sea mayor a seis meses o iii) que su CSE ha caducado o ha sido cancelada, EMAPAVIGS S.A. podrá solicitar al MIDIS la determinación (caso i) o la actualización (casos ii y iii) de la CSE respetando los procedimientos y plazos establecidos por dicha entidad. En tanto no se cuente con un pronunciamiento por parte del MIDIS, EMAPAVIGS S.A. no podrá retirar el bene fi cio. De con fi rmarse la condición del usuario como pobre o pobre extremo, éste mantendrá dicha condición a menos que cambie su clasi fi cación con relación a los Planos Estrati fi cados. De resultar la CSE del usuario como no pobre, EMAPAVIGS S.A. deberá comunicarle, con dos meses de anticipación a la facturación correspondiente, respecto a la pérdida del bene fi cio establecido. II.3. Sobre la actualización de la relación de usuarios bene fi ciarios de la categoría doméstico La actualización de la relación de usuarios de la categoría doméstico que acceden y pierden el bene fi cio durante el quinquenio regulatorio se realizará ante la ocurrencia de los siguientes supuestos: i) atención de solicitudes de acceso al bene fi cio en función a la CSE cuya vigencia no sea mayor a 6 meses; ii) nuevos usuarios de EMAPAVIGS S.A., los cuales accederán al bene fi cio en primer lugar sobre la base de los Planos Estrati fi cados y en su defecto en función a su CSE, iii) usuarios de EMAPAVIGS S.A. que pierden el bene fi cio en función a la CSE cuya vigencia no sea mayor a 6 meses, y iv) actualización de los Planos Estrati fi cados. EMAPAVIGS S.A. deberá llevar un registro para los supuestos (i), (ii) y (iii) mencionados en el párrafo anterior, el cual remitirá a la SUNASS cada 3 meses desde la aplicación de la estructura tarifaria. Para el supuesto (iv), la SUNASS, en coordinación con el INEI, actualizará la relación de usuarios de la categoría doméstico que acceden al bene fi cio, la cual será remitida a EMAPAVIGS S.A. ANEXO Nº 4 FONDOS Y RESERVAS DE EMAPAVIGS S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2019-2023 Fondo de Inversiones Período Porcentajes de los Ingresos1 Año 1 1,6% Año 2 4,6% Año 3 6,0% Año 4 5,7% Año 5 6,0% 1/ Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fi jo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal. Reserva para la elaboración del Plan de Gestión de Riesgos de Desastres (GRD) y Adaptación al Cambio Climático (ACC) Período Porcentajes de los Ingresos1 Año 1 0,0% Año 2 0,0% Año 3 0,8% Año 4 0,0% Año 5 0,0%1/ Ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado incluido el cargo fi jo. No considera el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal. Reserva para la Implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE) 1/ Período Porcentajes de los Ingresos 2/ Año 1 0,0% Año 2 1,0% Año 3 2,2% Año 4 1,2% Año 5 0,4% 1/ La reserva deberá destinarse exclusivamente para la implementación de MRSE conforme con lo establecido en el proyecto de estudio tarifario. El aporte promedio por conexión de EMAPAVIGS S.A.C. es de S/ 0,32 para el segundo año, de S/ 0,69 para el tercer año, S/ 0,39 para el cuarto año y de S/ 0,11 para el quinto año. La empresa prestadora deberá comunicar a través de comprobante de pago el aporte que realiza el usuario para la implementación de MRSE. 2/ Los ingresos están referidos al importe total facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fi jo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal. Reserva para la elaboración e implementación del Plan de Control de Calidad (PCC) Período Porcentajes de los Ingresos 1/ Año 1 0,4% Año 2 0,2% Año 3 0,2% Año 4 0,2% Año 5 0,2% 1/ Ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado incluido el cargo fi jo. No considera el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal. ANEXO N° 5 COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA ESTABLECER LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES DE EMAPAVIGS S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2019-2023 Código Actividad Unidad Especi fi caciónCosto Directo S/. A Rotura y reposición de pavimento 1Rotura de carpeta asfáltica con equipo-conexión de agua potable.m2Para un área de 1,00 m x 0,60 m de ancho10,32 2Rotura de carpeta asfáltica manual-conexión de potable.m2Para un área de 1,00 m x 0,60 m de ancho11,55 3Rotura de concreto de vereda manual-conexión de potable.m2Para un paño de vereda de concreto, e =0,15 m22,97 4Rotura de Concreto de vereda con equipo-conexión de agua potable.m2Para un paño de vereda de concreto, e =0,15 m7,09 5Rotura de carpeta asfáltica con equipo-Conexión de alcantarillado.m2Para un área de 1,00 m x 0,70 m de ancho10,32 6Rotura de carpeta asfáltica manual-conexión de alcantarillado.m2Para un área de 1,00 m x 0,70 m de ancho11,56 7Rotura de concreto de vereda manual (450 mmx750 mm)-Conexión de alcantarillado.m2Para un paño de vereda de concreto, e =0,15 m22,99 8Rotura de concreto de vereda con equipo (450 mm x 750 mm)-Conexión de alcantarillado.m2Para un paño de vereda de concreto, e =0,15 m7,09 9Reposición de pavimento fl exible-Conexión de agua potable.m2Para un área de 1,00 m x 0,60 m de ancho, e=0.08 m22,89 10Reposición de pavimento rígido-Conexión de agua potable.m2Para un área de 1,00 m x 0,60 m de ancho, e=0.20 m f´c=210 Kg-f/cm231,94