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29 NORMAS LEGALES Domingo 16 de diciembre de 2018 El Peruano / Artículo 8º.- El estudio tarifario se publicará en el portal institucional de la SUNASS. Regístrese, comuníquese y publíquese.IVÁN LUCICH LARRAURI Presidente Consejo Directivo 1 Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Pisco Sociedad Anónima. 2 Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS- CD y sus modi fi catorias. 3 Aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2010-SA. 4 Decreto Legislativo Nº 1280, publicado el 29 de diciembre del 2016 en el Diario O fi cial El Peruano. 5 Aprobado con Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, publicado el 26 de junio de 2017 en el Diario O fi cial El Peruano. 6 Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 003-2007-SUNASS- CD y modi fi cado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 021-2018-SUNASS-CD. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS I. SUSTENTO TÉCNICO DE LA FÓRMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA, METAS DE GESTIÓN Y COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA DETERMINAR LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES DE EMAPISCO S.A. El estudio tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria contiene el análisis técnico con la propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EMAPISCO S.A. para el quinquenio regulatorio 2018-2023. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotación e inversión efi cientes de la empresa, que fi guran en el citado estudio tarifario, el cual comprende básicamente los aspectos contemplados en el Anexo N o 2 del Reglamento General de Tarifas1. Asimismo, se ha evaluado la propuesta fi nal de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, que serán aplicados por EMAPISCO S.A. Dicha evaluación ha sido elaborada sobre la base de la cantidad y rendimientos de los recursos identi fi cados por la empresa prestadora, así como los precios unitarios recabados por la SUNASS en el mercado local y los costos de personal incurridos por la empresa. II. CONSIDERACIONES LEGALESDe acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 27332 2, y los artículos 24 y 26 del Reglamento General de la SUNASS3, la SUNASS es competente para establecer la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento. Asimismo, el artículo 70 del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento (en adelante, Ley Marco), señala que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad y los procedimientos aplicables a la regulación económica de los servicios de saneamiento, que comprende, entre otros, la fi jación de tarifas a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento. Por su parte, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, en su artículo 167, establece que la regulación económica tiene por fi nalidad propiciar progresivamente el incremento de la e fi ciencia técnica y económica, la sostenibilidad económico- fi nanciera y ambiental en la prestación de los servicios de saneamiento, la equidad y el equilibrio económico- fi nanciero de los prestadores de servicios regulados, el aseguramiento de la calidad integral en la prestación del servicio y, la racionalidad en el consumo. III. IMPACTO ESPERADOLa aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, aplicables por EMAPISCO S.A. favorece, por un lado, a la empresa y, por el otro, a la población atendida. A la empresa prestadora, debido a que su aplicación coadyuvará a su sostenibilidad económica y viabilidad fi nanciera; y a la población, porque se bene fi ciará del compromiso de la empresa re fl ejado en las metas de gestión, cuyo cumplimiento traerá consigo una mejora en la calidad y continuidad de los servicios. 1 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD y sus modi fi catorias. 2 Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. 3 Aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM. ANEXO Nº 1 METAS DE GESTIÓN BASE DE EMAPISCO S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2018-2023 Y MECANISMOS DE EVALUACIÓN A. METAS DE GESTIÓN BASE Corresponde a las metas de gestión base de los proyectos ejecutados y fi nanciados con recursos internamente generados por la empresa y transferencias del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU) y el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS). a) Metas de Gestión Base a Nivel de EPS Metas de GestiónUnidad de MedidaAño 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Incremento anual de nuevos medidores1/ # Por Localidad Renovación anual de medidores2/ # Por Localidad Continuidad promedio Horas/día Por Localidad Actualización y Digitalización del Catastro Comercial de Agua Potable y Alcantarillado en GIS% Por Localidad Actualización y Digitalización del Catastro Técnico de Agua Potable y Alcantarillado en GIS% Por Localidad Relación de trabajo 3/%8 7 8 3 7 4 7 2 7 0 Macormedidores operativos4/ % 100 100 100 100 100 Agua no facturada5/ % - ANF ANF-4 ANF-6 ANF-7 1/ Se re fi ere a la instalación de nuevos medidores para conexiones que no contaban con medidor. 2/ Se re fi ere a la instalación de un nuevo medidor en una conexión de agua potable que ya contaba con medidor. Su reemplazo o reposición se efectúa por haber sido robado, manipulado o por el deterioro de su vida útil (ya sea que sub registre o sobre registre). 3/ Se obtiene de dividir los costos totales de operación (deducidos la depreciación, amortización de intangibles, costos por servicios