Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2018 (16/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Domingo 16 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES
Donde:

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y en un año regulatorio en específico. Se expresa en porcentaje. Índice de Cumplimiento Individual a nivel de EPS (ICI a nivel de EPS): Es el índice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento del Valor Meta de un determinado Indicador Meta a nivel EPS y en un año regulatorio en específico. Se expresa en porcentaje. El ICI a nivel EPS, a partir de las Metas de Gestión establecidas a nivel de localidad, se calculará como el promedio ponderado de los ICI a nivel localidad, utilizando como ponderador las conexiones activas correspondientes que posea la EPS en cada una de las localidades. Por otro lado, el ICI a nivel de localidad de las metas de gestión establecidas al mismo nivel y el ICI a nivel de EPS de las Metas de Gestión establecidas al mismo nivel, serán determinados aplicando las siguientes ecuaciones: · Para las Metas de Gestión "Incremento anual de nuevos medidores" y "Renovación anual de medidores":

N : es el número total de metas de gestión. i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. Metas de Gestión: Son los parámetros seleccionados por la Gerencia de Regulación Tarifaria para el seguimiento y evaluación sistémica del cumplimiento del programa de inversiones, las acciones de mejora en la gestión de la empresa prestadora establecidos en el estudio tarifario. Las metas de gestión son aprobadas en el Consejo Directivo de SUNASS. Valor Meta (VM): Es el valor de la meta de gestión establecido por el Consejo Directivo a propuesta de la Gerencia de Regulación Tarifaria, que indica el objetivo a alcanzar por la empresa prestadora al final del año regulatorio. Valor Obtenido (VO): Es el valor de la meta de gestión alcanzado por la empresa prestadora como resultado de la gestión realizada durante el año regulatorio. II.- SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓN BASE

Donde: i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. a : son los años hasta llegar a "i". · Para las Metas de Gestión "Continuidad Promedio", "Macromedidores Operativos" y "Actualización y digitalización del Catastro Técnico de Agua Potable y Alcantarillado en GIS" y "Actualización y Digitalización de Catastro Comercial de Agua Potable y Alcantarillado en GIS":

Para efecto de las acciones de supervisión, fiscalización y sanción, la SUNASS verificará que al final de cada año del quinquenio regulatorio EMAPISCO S.A. haya cumplido como mínimo las siguientes condiciones: - El 85% del ICG. - El 80% del ICI a nivel de EPS. - El 80% del ICI a nivel de localidad. El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el numeral anterior. ANEXO Nº 2 FÓRMULA TARIFARIA DE EMAPISCO S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 20182023 Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS BASE A. INCREMENTOS TARIFARIOS BASE
1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = T0 (1 + 0,196) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,150) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,089) (1 + ) T1 = T0 (1 + 0,196) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,150) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,084) (1 + )

Donde: i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. En el caso de las Metas de Gestión "Continuidad Promedio", "Macromedidores Operativos" y "Actualización y Digitalización de Catastro Técnico y Comercial", el valor resultante deberá redondearse a un decimal. · Para las Metas de Gestión "Relación de trabajo" y "Agua No Facturada":

Donde Donde: i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. Para efectos de la evaluación del cumplimiento de las metas de gestión señaladas, si el ICI resulta mayor al 100% se considerará un cumplimiento individual del 100%. Índice de Cumplimiento Global (ICG): Es el índice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento promedio de las metas de gestión en un año regulatorio. Se define como la media aritmética de los ICI a nivel EPS de cada meta de gestión. Se expresa en porcentaje de la siguiente manera: To T1 T2 T3 T4 T5 : : : : : : : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente Tarifa media que corresponde al año 1 Tarifa media que corresponde al año 2 Tarifa media que corresponde al año 3 Tarifa media que corresponde al año 4 Tarifa media que corresponde al año 5 Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor

Para el primer año regulatorio, se ha establecido el reordenamiento de la estructura tarifaria que deberá aplicar EMAPISCO S.A., el cual se traduce en un incremento de sus ingresos del orden del 19,6%. El impacto tarifario por tipo de usuario, producto del mencionado reordenamiento, se muestra en el estudio tarifario final. Los incrementos tarifarios aplicables en el tercer año regulatorio de 15%, tanto en agua potable como en alcantarillado y los incrementos tarifarios del quinto año regulatorio, de 8,9% en agua potable y 8,4% en alcantarillado, serán destinados a cubrir: i) los costos de operación y mantenimiento de la empresa prestadora, ii)

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