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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (19/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de diciembre de 2018 El Peruano / EGRESOS En Soles Gastos Corrientes 51 743 102,00 Gastos de Capital 66 860 411,00Servicio de la Deuda 154 081,00 --------------------TOTAL EGRESOS 118 757 594,00 ============ Artículo 2. Desagregado del Presupuesto Consolidado El desagregado de los montos aprobados en el artículo 1 del Decreto Supremo, a nivel Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se detalla en los Anexos que forman parte de esta norma, los cuales son publicados en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), de acuerdo a lo siguiente: Descripción Anexo Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales–Por Fuente de Financiamiento y Genérica del Gasto. Distribución del Ingreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales–Por Fuente de Financiamiento.Anexo Nº I Anexo N° II Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales–Por Genérica del Gasto – Recursos Públicos.Anexo Nº III Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales–Por Genérica del Gasto – Recursos Directamente Recaudados. Anexo Nº III-1 Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales–Por Genérica del Gasto – Donaciones y Transferencias. Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales–Por Genérica del Gasto – Recursos Determinados.Anexo Nº III-2 Anexo Nº III-4 Artículo 3. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1724734-6 Aprueban Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2019 de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 303-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del punto 3 del párrafo 53.1 del artículo 53 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Dirección General de Presupuesto Público, en base a los proyectos de presupuesto revisados, en las sustentaciones realizadas y en el resultado de las coordinaciones efectuadas con cada una de las Entidades, aprueba el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, al respecto en el Título II del Capítulo VI de la Ley Nº 28411 se dispone que las Entidades citadas en el considerando precedente en lo referente a la programación y formulación, aprobación, ejecución y evaluación presupuestaria, se sujetan, en las partes que les sean aplicables, a lo establecido por dicha ley, así como a las Directivas que, para tal efecto, emita la Dirección General de Presupuesto Público; Que, el párrafo 74.1 del artículo 74 de la Ley Nº 28411 establece que corresponde a la Dirección General de Presupuesto Público emitir las Directivas que contemplan los procedimientos y los plazos correspondientes al Proceso Presupuestario de las Entidades bajo su ámbito; Que, por su parte el párrafo 1 del artículo 33 de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señala que las entidades de la Administración Pública cuyos presupuestos no formen parte del Presupuesto General de la República, deben aprobarse a más tardar el 15 de diciembre del año previo a su entrada en vigencia, por el órgano correspondiente establecido en las normas vigentes; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales y dictar las medidas que les permitan regular su proceso presupuestario para el Año Fiscal 2019; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el artículo 33 de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; DECRETA:Artículo 1.- Aprobación del Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos Apruébase el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2019, de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, ascendente a la suma de S/ 2 395 891 927,00 (DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 SOLES), conforme el detalle siguiente: En soles INGRESOSFuente de FinanciamientoRecursos Directamente Recaudados 2 000 931 755,00Donaciones y Transferencias 383 433 052,00Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito 11 527 120,00 ------------------------TOTAL INGRESOS 2 395 891 927,00 ============== En soles EGRESOSGastos Corrientes 2 030 108 243,00Gastos de Capital 342 186 221,00Servicio de la Deuda 23 597 463,00 ------------------------TOTAL EGRESOS 2 395 891 927,00 ============== Artículo 2.- Desagregado del Presupuesto de Apertura El desagregado del Presupuesto aprobado en el artículo precedente, a nivel de Organismo Público y Empresa del Gobierno Regional y Gobierno Local, se detalla en los Anexos que forman parte de este Decreto Supremo, los cuales son publicados en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicación