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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (19/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de diciembre de 2018 / El Peruano y migrantes internos, con el objeto de garantizar sus derechos con visión intersectorial; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, señala que las Sociedades de Bene fi cencia son personas jurídicas de derecho público interno, de ámbito local provincial, que cuentan con autonomía administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo, se dispone que las Sociedades de Bene fi cencia Pública y la Junta de Participación Social, en adelante, se denominen Sociedades de Bene fi cencia, adicionándose el nombre del ámbito territorial en la que se encuentran, y se rigen por la mencionada norma; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del referido Decreto Legislativo dispone que el MIMP continúa realizando las transferencias fi nancieras a las Sociedades de Bene fi cencia que se encuentran bajo su ámbito, con cargo a su presupuesto institucional y en calidad de apoyo, para el pago de pensiones y remuneraciones de los cesantes y trabajadores activos, conforme a la normativa vigente, hasta la culminación del proceso de transferencia de funciones y competencias; Que, a través del artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autoriza al MIMP a efectuar, mediante resolución del Titular del Pliego, transferencias fi nancieras a favor de las Sociedades de Bene fi cencia que se encuentran bajo el ámbito de su competencia como apoyo para el pago de remuneraciones y pensiones, requiriéndose para ello el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la entidad; Que, el artículo 66 del Reglamento de Organización y Funciones del MIMP, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias, establece que la Dirección de Bene fi cencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad tiene, entre otras, la función de monitorear y evaluar el funcionamiento de las Sociedades de Bene fi cencia, así como sus planes, programas y proyectos; Que, en mérito a lo señalado, mediante Memorando N° 649-2018-MIMP/DGFC de fecha 7 de diciembre de 2018, la Dirección General de la Familia y la Comunidad ha solicitado la transferencia de recursos fi nancieros, hasta por la suma de SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO Y 45/100 SOLES (S/ 644,871.45), a favor de las Sociedades de Bene fi cencia que se encuentran bajo el ámbito de competencia del MIMP, para el pago de la planilla de pensiones y remuneraciones, que incluye el aguinaldo correspondiente, del mes de diciembre de 2018 de las citadas Sociedades de Bene fi cencia, cuya relación obra en el Anexo adjunto al Informe N° 063-2018-MIMP-DGFC-DIBP-AACG de la Dirección de Bene fi cencias Públicas, el cual la referida Dirección General hace suyo; Que, con Memorando N° 507-2018-MIMP/OGPP de fecha 11 de diciembre de 2018, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 266-2018-MIMP/OGPP-OPR de la O fi cina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable y otorga la correspondiente Certi fi cación Presupuestaria por el monto de hasta SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO Y 45/100 SOLES (S/ 644,871.45), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, especí fi ca de gasto “2.4.1.3.1.4 a Otras Entidades Públicas” y de acuerdo a la meta presupuestaria señalada en el Cuadro N° 1 que obra en el referido Informe, para la transferencia fi nanciera a favor de las Sociedades de Bene fi cencia que se encuentran bajo el ámbito de competencia del MIMP, como apoyo para el pago de la planilla de pensiones y remuneraciones, que incluye el aguinaldo correspondiente, del mes de diciembre de 2018 de las mencionadas Sociedades de Bene fi cencia; Que, mediante Memorando N° 528-2018-MIMP/OGA de fecha 12 de diciembre de 2018, la O fi cina General de Administración solicita continuar con el trámite para la transferencia fi nanciera propuesta por la Dirección General de la Familia y la Comunidad, mediante Memorando N° 649-2018-MIMP/DGFC, por lo que adjunta, entre otros documentos, el proyecto de resolución ministerial que aprueba la citada transferencia con su visto bueno correspondiente; Que, en tal sentido, a fi n de efectivizar el apoyo para el pago de la planilla de pensiones y remuneraciones, que incluye el aguinaldo correspondiente, de los pensionistas y trabajadores de las Sociedades de Bene fi cencia que se encuentran en el ámbito de competencia del MIMP, según Anexo adjunto al Informe N° 063-2018-MIMP-DGFC-DIBP-AACG de la Dirección de Bene fi cencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, resulta pertinente emitir el acto por el cual se apruebe la transferencia fi nanciera hasta por la suma de SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO Y 45/100 SOLES (S/ 644,871.45), correspondiente al mes de diciembre de 2018, a favor de las mencionadas Sociedades de Bene fi cencia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; y, el Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catorias; ֹSE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, hasta por la suma de SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO Y 45/100 SOLES (S/ 644,871.45), a favor de las Sociedades de Bene fi cencia que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución, como apoyo para el pago de la planilla de pensiones y remuneraciones, que incluye el aguinaldo correspondiente, del mes de diciembre de 2018 para las mencionadas Sociedades de Bene fi cencia. Artículo 2.- La O fi cina General de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Las Sociedades de Bene fi cencia efectúan las rendiciones respectivas de los recursos transferidos, debiendo informar sobre estas a la Dirección de Bene fi cencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad. Los recursos asignados que no fueren utilizados deben ser revertidos al Tesoro Público. Artículo 4.- La Dirección General de la Familia y la Comunidad, a través de la Dirección de Bene fi cencias Públicas, y la O fi cina General de Administración, en el marco de sus competencias, son las responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas de los recursos materia de la presente transferencia. Artículo 5.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo se publiquen en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp) el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA MENDIETA TREFOGLI Ministra de La Mujer y Poblaciones Vulnerables 1724731-1 Disponen la publicación del Reglamento Interno de las Sesiones del Consejo Directivo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 105-2018-CONADIS/PRE Lima, 14 de diciembre de 2018