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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (19/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de diciembre de 2018 El Peruano / i) Informar mensualmente a la Presidencia sobre el avance en el cumplimiento los acuerdos y pedidos del Consejo Directivo, recomendando las acciones a adoptar para lograr su ejecución e implementación. j) Llevar el registro de las actas debidamente legalizadas, acuerdos y pedidos aprobados por el Consejo Directivo y un archivo de los mismos. k) Expedir copia certi fi cada así como custodiar las actas del Consejo Directivo. l) Custodiar el acervo documentario del Consejo Directivo. m) Suscribir las actas de las sesiones del Consejo Directivo. n) Otras que le sean asignadas por la Presidencia del Consejo Directivo. TÍTULO III SESIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL CONADIS CAPÍTULO 1: DE LAS SESIONES Artículo 14.- Sesiones El Consejo Directivo se reunirá en sesiones ordinarias y extraordinarias. Las sesiones ordinarias del Consejo Directivo se llevan a cabo una vez cada dos (2) meses. Las sesiones extraordinarias serán convocadas por la Presidencia cuando las circunstancias lo ameriten o cuando lo soliciten la mitad más uno de los miembros en ejercicio. Artículo 15.- Lugar de realización de las sesiones El Consejo Directivo sesionara en la ciudad de Lima, en las instalaciones del CONADIS Sólo por causas debidamente justi fi cadas podrán realizarse en otro lugar fuera de la sede institucional. Artículo 16.- Sesiones presenciales y no presenciales Las sesiones son presenciales. No obstante, se podrán realizar sesiones no presenciales, a través de medios escritos, electrónicos o de otra naturaleza que permitan la comunicación y garanticen la autenticidad de los acuerdos adoptados. Tratándose de sesiones no presenciales, se deberá indicar en la convocatoria la hora límite para que los consejeros/as comuniquen el sentido de sus votos respecto a los asuntos sometidos a su consideración. Artículo 17.- Inasistencias injusti fi cadas a sesiones La inasistencia a una sesión de Consejo Directivo podrá ser justi fi cada antes del inicio de la sesión por correo electrónico o documento o fi cial dirigido a la Secretaría Técnica. La Presidencia comunicará a los Titulares de los pliegos de las inasistencias injusti fi cadas de sus representantes a dos sesiones ordinarias consecutivas, para su conocimiento y fi nes. Si se produjese una tercera inasistencia injusti fi cada, se solicitará al titular del sector competente modi fi car la representación correspondiente. CAPÍTULO 2: DEL DESARROLLO DE LAS SESIONES Artículo 18.- Convocatoria La Presidencia del Consejo Directivo convocará por escrito, a sesión ordinaria o extraordinaria, según corresponda, con una anticipación no menor de cinco (05) días hábiles anteriores a la fecha de la convocatoria. En la convocatoria se indica, el día, hora y lugar de la sesión y la agenda, anexando los documentos necesarios para el desarrollo de la misma. Artículo 19.- Quórum y tolerancia para el inicio de las sesiones El quórum valido en primera convocatoria para la sesión ordinaria o extraordinaria es el del 50% más uno de los representantes. En segunda convocatoria el quórum valido es igual al número de asistentes en número no inferior a tres.Los acuerdos se toman por mayoría simple en la sesión respectiva y se entiende de cumplimiento obligatorio para todos los/las miembros/as del Consejo Directivo, aunque no hayan asistido a la sesión. El término de tolerancia para el inicio de la sesión será de quince (15) minutos. Vencido este término y no iniciada la sesión por falta de quorum se volverá a convocar a una nueva sesión al día siguiente de la señalada para la primera, dándose inicio a la sesión con un quorum equivalente al número de asistentes y en todo caso en número no inferior a tres. Artículo 20.- Participación de los funcionarios/as y especialistas de CONADIS o de otras instituciones A pedido de la Presidencia del Consejo Directivo o de alguno de sus miembros, podrán participar en las sesiones directivos/as, funcionarios/as, especialistas, asesores/as externos y otros profesionales, siempre que su participación sea necesaria para tratar alguno de los puntos de la agenda. Su participación es con derecho a voz y no a voto. Los consejeros/as podrán asistir a la sesión convocada con un asistente, no requiriendo ninguna autorización previa; no obstante, no podrán emitir opinión sobre los asuntos tratados en la sesión. La participación de los funcionarios/as, especialistas, profesionales y asistentes de los consejeros/as, constará en el acta de la sesión correspondiente, sin necesidad que suscriba la misma. Artículo 21- Desarrollo de las Sesiones Verifi cado el quórum por la Presidencia, se procede a la aprobación y suscripción del acta de la sesión anterior. La Presidencia inicia la sesión, de acuerdo a lo establecido en la agenda, con los informes programados para la sesión, el orden del día y luego pasara al debate los temas de agenda. Terminando el debate, se procede a votar estableciéndose los acuerdos a los que se haya arribado. Al fi nal de la sesión, se procede a la aprobación de la fecha, lugar y agenda de la siguiente reunión. Artículo 22.- De la dirección del debate La Dirección del debate será ejercida por la Presidencia del Consejo Directivo, evitando que se prolongue en exceso o derive en asuntos diferentes. Asimismo, podrá dar por agotado el debate si considera que el asunto ha sido su fi cientemente analizado. Toda intervención será canalizada a través de la Presidencia. Artículo 23.- Sección Informes Durante la sección informes, los miembros exponen sus propuestas y materias de manera puntual y breve. De ser posible, se acompañará a la presentación de los informes, el material correspondiente para cada uno de los consejeros/as y la Secretaria Técnica, Artículo 24.- Sección pedidos Los pedidos son solicitudes de información o acción relevantes para la toma de decisión y se realizan durante las sesiones ordinarias o extraordinarias del Consejo Directivo. En la sección de pedidos, los integrantes del Consejo Directivo podrán solicitar que su pedido pase a la sección de Orden del Día con el trámite de votación correspondiente. Artículo 25.- Sección Orden del día En la sección orden del día se debatirá y votará sólo sobre los asuntos señalados en la agenda y los que por pedido durante la sesión, hubieran pasado a esta sección. En caso de que en una sesión no se agoten los puntos del orden del día, se podrá programar la ampliación de la sesión para nueva fecha por acuerdo de la mayoría simple de sus miembros presentes. Artículo 26.- Votación Todos los acuerdos, sin excepción, son aprobados por mayoría simple. Los consejeros/as participantes en la sesión emitirán su voto, levantando la mano para expresar el sentido de éste.