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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (19/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de diciembre de 2018 El Peruano / VISTO: El Acuerdo N° 002-2018-CD-CONADIS, adoptado por el Consejo Directivo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS en su sesión de fecha 06 de febrero de 2018, con dispensa de trámite de lectura y aprobación de Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad; constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y fi nanciera, el cual es además pliego presupuestario; Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo señala que los organismos públicos ejecutores, por excepción, podrán contar con un Consejo Directivo cuando atiendan asuntos de carácter multisectorial; Que, el artículo 65 de la Ley N° 29973 señala la conformación del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, el que está conformado por el presidente del CONADIS; el/la presidente/a del Consejo de Ministros o su representante; el/la ministro/a de la Mujer y Poblaciones Vulnerables o su representante; el/la ministro/a de Desarrollo e Inclusión Social o su representante; el/la ministro/a de Economía y Finanzas o su representante; el/la ministro/a de Salud o su representante; el/la ministro/a de Trabajo y Promoción del Empleo o su representante; el/la ministro/a de Transportes y Comunicaciones o su representante; el/la ministro/a de Vivienda, Construcción y Saneamiento o su representante; el ministro/a de la Producción o su representante; el/la ministro/a de Defensa o su representante; el/la ministro/a del Interior o su representante; el/la ministro/a de Relaciones Exteriores o su representante; el/la ministro/a de Educación o su representante; el/la presidente/a ejecutivo/a del Seguro Social de Salud - EsSalud; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2016-MIMP, señala que el Consejo Directivo es el máximo órgano de dirección al que le corresponde aprobar la política institucional para el cumplimiento de los fi nes y objetivos que señala la Ley, conforme a los lineamientos de política que establezca el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y dentro de sus funciones, aprueba el Reglamento de las Sesiones; Que, el citado Reglamento de Organización y Funciones establece que el/la Presidente/a es el funcionario de mayor jerarquía en la Entidad, siendo la máxima autoridad ejecutiva, preside el Consejo Directivo, es titular del pliego presupuestal y ejerce la representación legal de la misma; además, entre sus funciones se encuentra el emitir resoluciones en el ámbito de su competencia; Que, mediante documento de visto, el Consejo Directivo en sesión de fecha 06 de febrero de 2018, mediante acuerdo N° 002-2018-CD-CONADIS y acuerdo N° 003-2018-CD-CONADIS ha acordado por unanimidad la aprobación, para su entrada en vigencia y publicación, del Reglamento Interno de las Sesiones del Consejo Directivo a través de Resolución de Presidencia; Que, por lo expuesto en los considerandos de la presente, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; y, Con el visado de la Secretaría General y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP; el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2016-MIMP y la Resolución Suprema N° 006-2017-MIMP;SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer la publicación del Reglamento Interno de las Sesiones del Consejo Directivo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, aprobado por el mismo, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución y consta de treinta y tres (33) artículos y dos (02) disposiciones complementarias fi nales, en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www.conadisperu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese DARÍO PORTILLO ROMERO PresidenteConsejo Nacional para Integración de la Persona con Discapacidad Anexo 01 REGLAMENTO INTERNO DE LAS SESIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACIÓN DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD (CONADIS) TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto El presente reglamento tiene por objeto regular la conducción y desarrollo de las sesiones del Consejo Directivo del Consejo Nacional para la integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), así como la actuación de sus integrantes durante las mismas. Artículo 2.- Alcance El presente reglamento es de observancia obligatoria para los/las integrantes que conforman el Consejo Directivo y para la Secretaría Técnica en lo que corresponda. Artículo 3.- Base Legal3.1 Constitución Política del Perú 3.2 Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. 3.3. Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad. 3.4 Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. 3.5 Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS 3.6 Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad. 3.7 Decreto Supremo N° 002-2016-MIMP, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS). 3.8 Las normas modi fi catorias o sustitutorias de las señaladas anteriormente. TITULO II DISPOSICIONES ESPECÍFICAS CAPÍTULO 1: ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Artículo 4.- Consejo Directivo Según lo previsto en el artículo 65° de la Ley General de la Persona con Discapacidad- Ley N° 29973, el Consejo Directivo del CONADIS está constituido por: a) El/la Presidente/a del Consejo Nacional para la integración de la Persona, con Discapacidad (CONADIS), designado por el Presidente Constitucional de la República, quien lo preside.