Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2018 (22/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Sábado 22 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El plazo para acogerse al presente beneficio será desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" hasta el 31 de Diciembre del 2018, a cuyo término la Administración deberá proceder a cobrar la totalidad de las obligaciones incluidas los recargos, intereses moratorios y reajustes respectivos. Segunda.- Los pagos por concepto de Impuesto Predial, Tasa de Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Multas Administrativas, así como los recargos e intereses moratorios, que se hayan efectuado, con anterioridad a la publicación de la presente Ordenanza, no serán materia de compensación o devolución. Tercera.- No se encuentra contemplado en los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, las deudas generadas o que se generen como resultado de los procesos de fiscalización tributaria realizadas en el presente año 2018. Cuarta.- Facúltese al señor Alcalde para que dicte normas complementarias si fuera necesario, así como la prórroga por medio de Decreto de Alcaldía, de la vigencia del beneficio otorgado a través de la presente Ordenanza, para lo cual deberá contar con el informe previo de la Gerencia de Rentas y con cargo a dar cuenta al Concejo de esta comuna. Quinta.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Fiscalización Tributaria, Ejecutoría Coactiva, Oficina de Imagen Institucional, y a todas las demás unidades orgánicas de la Municipalidad, debiendo prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Sexta.- Encargar al Secretario General y a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación en la página Web de la Municipalidad de El Agustino (www. munielagustino.gob.pe) y su correspondiente difusión masiva. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1725844-1

determinación del tributo y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio 2019"; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia la misma que radica, conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; siendo que de conformidad con el artículo IV del referido Título Preliminar, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir tasas o exonerar de éstas, en concordancia con la Norma IV del TUO del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013EF, que prescribe que los Gobiernos Locales, pueden crear, modificar, suprimir o exonerar derechos mediante Ordenanza; Que, asimismo, el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y el numeral 9) que le corresponde crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Que, por su parte el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que mediante las Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley; señalando que las Ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regula las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un monto a cobrar por dicho servicio, el cual no puede ser mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente al 01 de enero de cada ejercicio; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA FECHA DE VENCIMIENTO DE PAGOS DE TRIBUTOS MUNICIPALES, LA TASA POR CONCEPTO DE DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCIÓN DOMICILIARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS PARA EL EJERCICIO 2019 Artículo Primero.- ESTABLECER como fechas de vencimiento para el Pago de los Tributos Municipales, Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio Fiscal 2019, los siguientes fechas:
IMPUESTO PREDIAL 1ra Cuota 2da Cuota 3ra Cuota 4ta Cuota FECHA DE VENCIMIENTO 28 de Febrero 31 de Mayo 31 de Agosto 30 de Noviembre ARBITRIOS MUNICIPALES 1ra Cuota 2da Cuota 3ra Cuota 4ta Cuota 5ta Cuota 6ta Cuota FECHA DE VENCIMIENTO 28 de Febrero 30 de Abril 29 de Junio 31 de Agosto 31 de Octubre 31 de Diciembre

Establecen fechas de vencimiento para pago de tributos, tasa por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributo y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios para el Ejercicio 2019
ORDENANZA Nº 656-2018-MDEA El Agustino, 06 diciembre del 2018 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINO VISTO: VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 06 diciembre de 2018, el Informe Nº0144-2018-GEMU-MDEA emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº125-2018GAJ/MDEA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 218-2018-GREN-MDEA emitido por la Gerencia de Rentas, respecto al proyecto de "Ordenanza que establece la fecha de vencimiento de pagos de Tributos Municipales, la Tasa por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores,

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