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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (29/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 142

142 NORMAS LEGALES Sábado 29 de diciembre de 2018 / El Peruano Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de organización democrática y política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional; Que la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, en sus Artículos 17º,18º y 19º, de fi ne que los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo concertado, estableciendo que estos expresan los aportes e intervenciones del sector público y privado; por otra parte el Artículo 35º de la acotada Ley establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna; asimismo, establece que los Gobiernos tienen la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas de los asuntos de su competencia; Que, conforme lo estable el Artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional es un órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, asimismo, el Literal a) del Artículo 15º del acotado dispositivo legal, señala que es atribución del Consejo Regional; aprobar, modi fi car o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; concordante con el Literal a) del Artículo 15º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado por Ordenanza Regional Nº 002-2015-GRA/CR; por otra parte el Artículo 5º de la Ley aludida, prescribe que: “La misión de los Gobiernos Regionales es organizar y conducir la Gestión Pública Regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, de fi ne a ésta como la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífi ca, la erradicación de la violencia y la utilización pací fi ca de las vías y espacios públicos; del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas; Que, el Artículo 13º de la referida Ley, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1316, señala en su primer párrafo que los Comités Regionales de Seguridad Ciudadana son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana y ejecutarlos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñada por el CONASEC; Que, el Decreto Legislativo Nº 1316, Decreto Legislativo que modi fi ca la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Cooperación de la PNP con las Municipalidades para fortalecer el Sistema de Seguridad Ciudadana; en cuyo Artículo 2º dispone modi fi car los Artículos 5º, 11º, 12º y 13º de la Ley Nº 27933. Respecto a ello, el último párrafo del Artículo 13º señala: que el Gobernador Regional, Alcalde Provincial o Alcalde Distrital que no instale el Comité de Seguridad Ciudadana en el plazo legal, según corresponda; o que no lo convoque para sesionar, o que no disponga la formulación del Plan de Seguridad Ciudadana comete falta grave y está sujeto a sanción de suspensión de sus funciones por el plazo de treinta días calendario, de acuerdo a la Ley de la materia; Que, el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; en su Artículo 17º dispone entre otros, que son funciones del Comité Regional de Seguridad Ciudadana - CORESEC, además de las establecidas en la Ley Nº 27933 y sus modi fi catorias, las siguientes: Aprobar el Plan Regional de Seguridad Ciudadana, y aprobar los planes y programas en materia de seguridad ciudadana en el ámbito regional; Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 09 de Febrero del 2018, los miembros del Comité Regional de Ancash CORESEC ANCASH aprobaron por UNANIMIDAD, el Plan Regional de Seguridad Ciudadana Ancash 2018; así mismo encargaron al Presidente del CORESEC ANCASH, los respectivos trámites para su rati fi cación por el Consejo Regional y la respectiva remisión a la Dirección de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior y, al Secretario Técnico del CORESEC ANCASH su seguimiento e informe de cumplimiento, que consta en Acta; dicho Plan cumple con los parámetros establecidos en la Directiva Nº 001-2015-IN aprobado con Resolución Ministerial Nº 010-2015-IN, que regula los lineamientos para la formulación, aprobación, ejecución y evaluación de los Planes de Seguridad Ciudadana, supervisión y evaluación de los Comités de Seguridad Ciudadana; en estricta concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y la información contenida en los Planes Provinciales de Seguridad Ciudadana presentados al CORESEC ANCASH; Que, el Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 011- 2014-IN - Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, señala que la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana - CORESEC, es un órgano técnico, ejecutivo y de coordinación encargado de proponer al CORESEC las políticas, planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana para su aprobación, así como realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución de las acciones aprobadas en su respectiva circunscripción territorial. Entre las funciones de la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana, son: a) Formular el Plan Regional de Seguridad Ciudadana en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y los Planes de Desarrollo Regionales, b) Proponer los planes y programas en materia de seguridad ciudadana en el ámbito regional, d) Presentar el proyecto del Plan Regional de Seguridad Ciudadana al CORESEC para su aprobación, e) Presentar al Consejo Regional el Plan Regional de Seguridad Ciudadana aprobado por el CORESEC, para su rati fi cación mediante Ordenanza Regional; Que, el Artículo 47º del Decreto Supremo 011-2014-IN, Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, establece que el Plan Regional de Seguridad Ciudadana además de su aprobación por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana - CORESEC, deberá ser rati fi cado por el Consejo Regional del Gobierno Regional a efectos de su obligatorio cumplimiento como políticas regionales; Que, mediante O fi cio Nº 02-2018-GRA-CORESEC- ANCASH/P, de fecha 15 de Febrero de 2018, el Presidente del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Ancash – CORESEC ANCASH, solicita al Consejero Delegado del Consejo Regional de Ancash, convoque a Sesión Extraordinaria del Consejo Regional con la fi nalidad de RATIFICAR el Plan Regional de Seguridad Ciudadana – Ancash 2018, aprobado mediante Acta de Sesión Extraordinaria de fecha 09 de Febrero del 2018. El mencionado plan tiene por Objetivos: Promover medidas para mejorar la Seguridad Ciudadana y la Convivencia Social Pací fi ca de los ciudadanos ancashinos, a través de un trabajo integrado y multisectorial del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Ancash y consolidar a través de los Comités Provinciales y distritales un modelo territorial que brinde los servicios de seguridad preventiva, que articulado con las estrategias de fi nidas por las políticas de seguridad ciudadana y convivencia del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013 – 2018, permita reducir en las 20 Provincias y 166 distritos de la región Ancash; los riesgos contra la vida, a la integridad personal, el patrimonio de las personas y el orden público; Que, mediante Informe Técnico Nº 001-2018-CORESEC-ANCASH/ST, de fecha 14 de Marzo de 2018, el Secretario del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Ancash – CORESEC ANCASH, el Secretario Técnico del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Ancash – CORESEC ANCASH, emite Informe Técnico para la rati fi cación del Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2018; Que, mediante el Informe Legal Nº 00090-2018-GRA/ GRAJ, de fecha 16 de marzo del 2018, el Director de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ancash, remite OPINIÓN LEGAL: Esta Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ancash, NO ENCUENTRA OBSERVACIÓN