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137 NORMAS LEGALES Lunes 31 de diciembre de 2018 El Peruano / SE ACORDÓ: Artículo 1º.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 009-2018-MDSA de fecha 18 de octubre del 2018, que ESTABLECE LA TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN PLAYAS DEL LITORAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE CAÑETE, TEMPORADA VERANO 2019; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General remita copia certi fi cada del Acuerdo de Concejo a la Municipalidad Distrital de San Antonio para su publicación, así como se transcriba a las unidades orgánicas de la municipalidad que se relacionan con el procedimiento para su conocimiento y fi nes. Artículo 3º.- La Ordenanza materia de la presente ratifi cación, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Antonio. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1727331-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI Ratifican Ordenanzas Municipales de los distritos de San Antonio, Carampoma, Huachupampa, Surco, San Mateo, Huanza, San Pedro de Laraos, San Pedro de Casta, Santo Domingo de los Olleros, donde aprueban la regulación de los Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2019 y ratifican la Ordenanza N° 019-17/CM-MPH-M de arbitrios en la jurisdicción de Matucana ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2018/CM-MPH-M Matucana, 21 de diciembre de 2018EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - MATUCANA Visto los Expedientes Administrativos de las Municipalidades Distritales: SAN ANTONIO Nº 01-6968-18, CARAMPOMA Nº 01-07372-18, HUACHUPAMPA Nº 01-7184-18, SURCO Nº 01-7369-18, SAN MATEO Nº 01- 07422-18, HUANZA Nº 01-07371-18, SAN PEDRO DE LARAOS Nº 01-07370-18 y SAN PEDRO DE CASTA Nº 01- 7248-18,SANTO DOMINGO DE LOS OLLEROS Nº01-7249 y los Informes de la CREDA Nros. 354, 359, 363, 364 Y 366-2018/IJM-SG/MPH-M; donde solicitan la ratifi cación de sus Ordenanzas Municipales que aprueban el texto de la ORDENANZA QUE REGULA LOS ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO AÑO 2019, y los informes legales anexados en los expedientes, en relación a la solicitud de rati fi cación de dichas Ordenanzas; asimismo los Dictámenes Nros. 001, 005, 006, 007, 009, y 0010-2018-CREDA-MPH-M de la CREDA; y, CONSIDERANDO: Que, artículo II Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que las municipalidades gozan de autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado; Que, la Ley Nº 27972 en su artículo 9º numeral 9) establece las facultades del Concejo Municipal para crear, modi fi car, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley. En tal sentido, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales están obligadas a someter a rati fi cación, por la Municipalidad Provincial, conforme al artículo 40º del mismo cuerpo legal; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, señala que todas las entidades elaborarán y aprobarán su Ordenanza Municipal que regula los arbitrios municipales para el año 2019, la misma que debe ser aprobado por Ordenanza Municipal cada dos años, de la misma forma deberá establecer expresamente los supuestos en que procede el pago de derechos y obligaciones, con indicación de su monto y forma de pago. El monto de los derechos se expresará con relación a la UIT; Que, el régimen jurídico en materia de autos, se rige por art. 74º de la Constitución, Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades artículo 40º, el TUO de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el D.S. Nº 156-2004-EF, artículo 69º, Ordenanza Municipal Nº 038-2004/CM-MPH-M que regula; “Procedimientos de ratifi cación de Ordenanzas Distritales de la Provincia de Huarochirí”, Ordenanza Nº 036-2005/CM-MPH-M, Sentencias del Tribunal Constitucional contenido en los Expedientes Nº 0053-2004-AI/TC y Nº 0041-2004/AI/TC, Ley Nº 29060 “Ley del Silencio Administrativo”, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento Ley Nº 28976, D.S. Nº 079-2007-PCM “Reglamento que aprueba los Lineamientos de Elaboración de TUPA en las entidades del sector público”, DECRETO SUPREMO 064-2010-PCM,(Metodología de Determinación de Costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los TUPA de Entidades Públicas); Que, conforme a los Dictámenes Nros. 001, 005, 006, 007, 009, y 0010-2018-CREDA-MPH-M de la Comisión de Revisión y Evaluación de Documentos Administrativos de los Concejos Distritales (CREDA); dicha Comisión ha evaluado los Expedientes Administrativos señalados considerando los procedimientos establecidos en la Ordenanza Nº 038-2004/CM-MPH-M de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, el DECRETO SUPREMO 064-2010-PCM y los lineamientos señalados en los Expedientes Nº 000041-2004-AI/TC y 00053-2004 del Tribunal Constitucional en materia tributaria; Que, conforme a los Dictámenes de la CREDA antes referido, señala que las Ordenanzas Distritales y la rati fi cación de las mismas mencionadas en párrafos arriba, cumplen con las exigencias formales y requisitos técnicos, conforme lo expresan en su Dictamen Nº 006-2017-CREDA/MPH-M donde dictaminan a favor de la Rati fi cación de las Ordenanzas Municipales de los distritos mencionados en el visto de la presente; por lo que, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria del 21/12/18 aprueban lo solicitado; ORDENANZA:Artículo Primero.- RATIFICAR LAS ORDENANZAS MUNICIPALES DE LOS DISTRITOS DE: San Antonio, Carampoma, Huachupampa, Surco, San Mateo, Huanza, San Pedro de Laraos, San Pedro de Casta, Santo Domingo de los Olleros; DONDE APRUEBAN LA ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE REGULACION DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2019; y RATIFICAR la Ordenanza Nº 019-17/CM-MPH-M de Arbitrios, Parques y Jardines, Seguridad Ciudadana, Agua y Alcantarillado para el año fi scal 2019 en la jurisdicción de Matucana, por haber cumplido con los requisitos técnicos y formales de ley. Artículo Segundo.- DISPONER la Publicación de las Ordenanzas Municipales rati fi cadas, conforme al artículo 44º de la Ley 27972 Orgánica de Municipalidades. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.HUGO FREDY GONZALEZ CARHUAVILCA Alcalde Provincial 1727334-1