Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2018 (10/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Miércoles 10 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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Complementarias, en aplicación de la Ley N° 29874, Ley que implementa medidas destinadas a fijar una escala base para el otorgamiento del incentivo laboral que se otorga a través de los Comités de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo (CAFAE), Ley que fue derogada por la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, que estableció el proceso para dar por concluido el procedimiento previsto en la Ley N° 29874 y culminar con la aprobación de la Escala de Incentivo Único; Que, por Decreto Supremo N° 002-2017-EF se estableció un nuevo monto de la Escala Base del Incentivo Único en cumplimiento de lo dispuesto en la Cuadragésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Que, en cumplimiento a la Quincuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, resulta necesario aprobar el nuevo monto de la Escala Base del Incentivo Único, así como dictar las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la implementación de la indicada disposición; De conformidad con lo dispuesto en la Quincuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; y, en la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1.- De la aprobación del nuevo monto de la Escala Base del Incentivo Único y Disposiciones Complementarias para mejor aplicación de lo dispuesto en la Quincuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 Apruébase el nuevo monto de la Escala Base del Incentivo Único y las Disposiciones Complementarias para mejor aplicación de la Quincuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, que obran en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y consta de dos (2) Títulos, un (1) Capítulo, cinco (5) Artículos y una (1) Disposición Complementaria Final. Artículo 2.- Publicación El presente Decreto Supremo y su Anexo deben ser publicados en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe). Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de enero del año dos mil dieciocho. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas ANEXO ESTABLECE EL NUEVO MONTO DE LA ESCALA BASE DEL INCENTIVO ÚNICO PREVISTO EN LA QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL DE LA LEY N° 30693 Y DICTA DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto La presente norma tiene por objeto establecer el nuevo monto de la Escala Base del Incentivo Único así como dictar disposiciones complementarias necesarias para mejor implementación de lo dispuesto en la Quincuagésima Segunda Disposición Complementaria

Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Artículo 2.- Ámbito de aplicación Se encuentran comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente norma los trabajadores administrativos de las unidades ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales sujetos al régimen del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, que perciben el incentivo único, válidamente aprobado conforme a las disposiciones contenidas en la Ley N° 29874 y normas complementarias. El personal antes indicado, sus respectivas plazas, así como las resoluciones que aprueban el monto de incentivo único a que se refiere el párrafo anterior, deben encontrarse registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público ­ Aplicativo Informático, a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a la normativa vigente sobre la materia. TÍTULO II DEL NUEVO MONTO DE LA ESCALA BASE CAPÍTULO I Objetivo, características y determinación del nuevo monto de la Escala Base Artículo 3.- Objetivo del nuevo monto de la Escala Base El nuevo monto de la Escala Base tiene por objetivo incrementar el monto mínimo de Incentivo Único que deben percibir los trabajadores administrativos comprendidos en el ámbito de aplicación señalado en el artículo 2 de la presente norma. Artículo 4.- Características y determinación del nuevo monto de la Escala Base El nuevo monto de la Escala Base se fija en relación a los Grupos Ocupacionales previstos en la presente norma y resulta aplicable a cada unidad ejecutora de las Entidades del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, siendo base para determinar el nuevo monto y la Escala de Incentivo Único, en los casos que corresponda. Artículo 5.- Determinación del nuevo monto de la Escala Base El nuevo monto de la Escala Base es el siguiente: NUEVO MONTO DE LA ESCALA BASE GRUPO OCUPACIONAL Funcionario Profesional Técnico Auxiliar MONTO S/ 1 100,00 1 000,00 850,00 850,00

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA.- La Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas es competente para emitir opinión sobre el sentido, alcance y aplicación de lo establecido en la presente norma. 1604865-7

Disponen publicar precios de referencia y derechos variables adicionales a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 001-2018-EF/15.01 Lima, 8 de enero de 2018

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