Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2018 (10/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Miércoles 10 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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por la Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Directora General Dirección General de Presupuesto Público
ANEXO LEY Nº 30518 DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2017 PROGRAMACIÓN DE COMPROMISOS ANUAL (PCA) POR TODA FUENTE DE FINANCIAMIENTO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 002-2018-EF/50.01 (En soles) NIVEL DE GOBIERNO GOBIERNO NACIONAL GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNOS LOCALES TOTAL GENERAL PCA 104,016,636,231 33,419,075,942 34,136,220,103 171,571,932,276

Delegan diversas facultades al Secretario General, respecto de la Unidad Ejecutora N° 001-MEM del Ministerio, durante el Año Fiscal 2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 002-2018-MEM/DM Lima, 3 de enero de 2018 VISTO: El Informe N° 282-2017-MEM-OGP-PRE de la Oficina General de Presupuesto; y el Informe Nº 680-2017-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, señala que corresponde al Ministerio de Energía y Minas diseñar, establecer y supervisar las políticas nacionales y sectoriales en materia de energía y de minería, asumiendo la rectoría respecto de ellas; y además regula la infraestructura pública de carácter y alcance nacional en dichas materias; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, señala en sus artículos 1 y 2 que el Ministerio de Energía y Minas es un organismo público integrante del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público y ente rector del Sector Energía y Minas, que depende funcional y administrativamente de la Presidencia del Consejo de Ministros; y que constituye pliego presupuestal; Que, el literal k) del artículo 9 del mismo Reglamento establece como función y atribución del Ministro de Energía y Minas, la capacidad de delegar en los Viceministros y Secretario General u otro funcionario, las facultades y atribuciones que no sean privativas a sus funciones de Ministro de Estado; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú, precisando en el inciso 7.1 de su artículo 7 que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva, quien puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente aquella Ley, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la respectiva Entidad; Que, el numeral 40.2 del artículo 40 de la acotada norma prevé que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto de la Entidad, pudiendo delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el ejercicio fiscal 2018; Que, con Resolución Ministerial Nº 008-2012-MEM/ DM, se delega en la Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático que corresponden al Titular del Pliego Nº 016: Ministerio de Energía y Minas; Que, con la finalidad de garantizar una adecuada gestión de los recursos asignados en materia presupuestal, permitiendo a la Entidad cumplir tanto con las funciones previstas en su Reglamento de Organización y Funciones como con la programación de las metas institucionales para el ejercicio 2018, es necesario delegar determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego hasta la culminación del referido Año Fiscal;

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ENERGIA Y MINAS
Aceptan renuncia de Viceministra de Energía
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2018-EM Lima, 9 de enero de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 013-2017EM se designó a la señora Ángela María del Rosario Grossheim Barrientos en el cargo de Viceministra de Energía del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confianza; Que, la señora Ángela María del Rosario Grossheim Barrientos ha presentado su renuncia al cargo de Viceministra de Energía del Ministerio de Energía y Minas, por lo que corresponde aceptarla; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Ángela María del Rosario Grossheim Barrientos al cargo de Viceministra de Energía del Ministerio de Energía y Minas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Energía y Minas 1604865-31

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