Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2018 (10/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Miércoles 10 de enero de 2018 /

El Peruano

emitir un pronunciamiento para el presente caso debió efectuarse el 28 de agosto de 2017; Que, en ese sentido, por aplicación del silencio administrativo positivo, la solicitud de modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables de la Central Hidroeléctrica Potrero, quedó aprobada en los términos solicitados el 29 de agosto de 2017, día hábil siguiente al 28 de agosto de 2017. Cabe señalar que en dicha fecha se cumplía con todos los requisitos exigidos para la aprobación de la modificación de concesión solicitada, como se señala en los Informes de Vistos; Que, adicionalmente, conforme al artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, la Resolución Ministerial que aprueba el otorgamiento de concesión definitiva debe aprobar el respectivo Contrato de Concesión y autorizar al Director General de Electricidad o a quien haga sus veces, para intervenir en la celebración del mismo. En ese sentido, para la modificación de un Contrato de Concesión Definitiva debe procederse de la misma manera; Que, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, según los Informes de Vistos, recomiendan autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, para intervenir en la celebración de la Tercera Modificación al CONTRATO en los términos y condiciones solicitados que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del citado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017JUS, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar aprobada al 29 de agosto de 2017, por aplicación del silencio administrativo positivo, la solicitud de modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables de la Central Hidroeléctrica Potrero, presentada por EMPRESA ELÉCTRICA AGUA AZUL S.A., y aprobar la Tercera Modificación al Contrato de Concesión Nº 421-2013, a fin de modificar la Cláusula Séptima; por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, la Minuta de la Tercera Modificación al Contrato de Concesión Nº 421-2013 aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3º.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública a que dé origen la Tercera Modificación al Contrato de Concesión Nº 4212013 en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de EMPRESA ELÉCTRICA AGUA AZUL S.A. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Energía y Minas 1603966-1

INTERIOR
Aceptan renuncia de Prefecta Regional de Moquegua
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 004-2018-IN Lima, 9 de enero de 2018 VISTOS; el Informe N° 001-2018-IN-VOI-DGINDAP, de fecha 03 de enero de 2018, de la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior; y el Oficio N° 001-2018IN/VOI/DGIN, del 04 de enero de 2018, de la Dirección General de Gobierno Interior, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, se aprueba la fusión bajo la modalidad de absorción de la Oficina Nacional de Gobierno Interior ­ ONAGI, correspondiéndole al Ministerio del Interior la calidad de entidad absorbente; Que, con Resolución Suprema N° 312-2016-IN, de fecha 07 de setiembre de 2016, se designa a la señora Paulina Lourdes Cano Oviedo en el cargo de Prefecta Regional de Moquegua, en el marco de lo establecido en la Ley N° 30438, Ley que modifica el Decreto Legislativo 1140, Decreto Legislativo que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior, el cual establece como autoridades políticas al prefecto regional, subprefecto provincial, el subprefecto distrital y el teniente gobernador; Que, a través del Decreto Supremo N° 004-2017-IN, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, estableciendo que la Dirección General de Gobierno Interior del Viceministerio de Orden Interno es el órgano encargado de dirigir y supervisar el accionar de las autoridades políticas designadas y que tiene, entre otras funciones, el proponer al Viceministro de Orden Interno la designación, encargo y remoción de prefectos regionales, entre otros; Que, mediante documento del visto, la Dirección General de Gobierno Interior propone aceptar la renuncia de la Prefecta Regional de Moquegua, que cuenta con la conformidad del Despacho del Viceministro de Orden Interno; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia de la señora Paulina Lourdes Cano Oviedo al cargo de Prefecta Regional de Moquegua, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese y comuníquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 1604865-29

Designan Prefecto Regional de Moquegua
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 005-2018-IN Lima, 9 de enero de 2018

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