Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2018 (16/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Viernes 16 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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Aranda Rodríguez Jefa de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Facultades del Presidente de la Corte Superior Que, en aplicación de lo previsto en los numerales 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia, dirigir la aplicación de la política interna de su Distrito Judicial, con la finalidad de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables. Antecedentes La Resolución Administraba N° 081-2018-P-CSJCL/ PJ de fecha 31 de enero de 2018, emitida por esta

Presidencia, DESIGNA al señor Magistrado MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ TORRES Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Liquidador del Callao, para que forme parte integración de la Sala Superior Mixta de Emergencia del Callao, como Juez Superior Provisional, por los días viernes 16 de febrero al viernes 02 de marzo del 2018. La Resolución N° 61 de fecha 25 de enero del 2018, suscrita por la Señora Juez Suprema Ana María Aranda Rodríguez Jefa de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, por la cual DISPONE la Medida Cautelar de Suspensión Preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial al Magistrado MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ TORRES hasta que se resuelva en definitiva su situación jurídica ante la instancia correspondiente. La Resolución Administrativa N° 046-2018-P-CSJCL/ PJ de fecha 22 de enero del 2018, emitida por esta Presidencia, DISPONE que los Juzgados de Familia de Emergencia, se encargue a la Señora Magistrada YONI

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2. a) b)

Asimismo, en el Oficio precisarán que el contenido de los archivos electrónicos que envían para su publicación al correo (normaslegales@editoraperu.com.pe), son auténticos y conforme a los originales que mantienen en sus archivos, de los cuales asumen plena responsabilidad 3. a) b) 4. a) b) c) d) e) f) g) h) 5. 6. Los documentos a publicar se enviarán de la siguiente manera: La norma aprobatoria del TUPA se seguirá recibiendo en físico, conjuntamente con su respectiva versión electrónica; El anexo (TUPA o su modificación) se recibirá exclusivamente en archivo electrónico, mediante correo institucional enviado a normaslegales@editoraperu.com.pe, más no en versión impresa. El archivo electrónico del TUPA deberá cumplir con el siguiente formato: Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word, en el caso de Microsoft Excel toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo. El tamaño del documento en hoja A4 al 100%. El tipo de letra Arial. El tamaño de letra debe ser no menor a 6 puntos. El interlineado sencillo. Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda. El Formato del archivo en Word y/o Excel, línea por celda. Todas las hojas deberán indicar en la parte superior al organismo emisor y la norma que aprueba el TUPA. El TUPA se publicará respetando el contenido del archivo electrónico tal como se recibe, de acuerdo a lo expresado en el item 2. Las tarifas para publicar los TUPA se publican en la página WEB del Diario Oficial El Peruano.

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