Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2018 (16/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Viernes 16 de febrero de 2018 /

El Peruano

LEONOR ANGULO CORNEJO Jueza Titular del 1° Juzgado de Familia del Callao, a partir del 1° de febrero al 2° de marzo del año 2018 Motivación Que, teniendo en cuenta lo precitado líneas arriba, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia como máxima autoridad en el Distrito Judicial a su cargo, asumiendo competencia administrativa, debe dictar las medidas que impulsen el buen funcionamiento y eficiencia en el servicio de administración de justicia. Que, en ese sentido, teniendo a la vista la Resolución N° 61 de vistos, se aprecia que la misma, en su punto resolutivo tercero DISPONE la Medida Cautelar de Suspensión Preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial al magistrado MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ TORRES hasta que se resuelva en definitiva su situación jurídica ante la instancia correspondiente. Bajo ese contexto, se torna necesario RECONFORMAR la Sala Mixta de Emergencia del Callao, para el periodo comprendido del 16 de febrero al 02 de marzo del 2018, para cuyo fin y teniendo en cuenta que todos los Jueces Superiores Titulares de esta Corte Superior se encuentran gozando de su descanso vacacional para el presente año; por lo que a fin de cautelar una pronta y eficiente administración de justicia resulta necesario designar como Juez Superior Provisional a un magistrado(a) Especializado(a) Titular que a la fecha se encuentre ejerciendo labores efectivas. Por consiguiente, teniendo a la vista el legajo personal de la Señora Magistrada YONI LEONOR ANGULO CORNEJO, Juez Titular del 1° Juzgado de Familia del Callao, se aprecia que la misma cuenta con la antigüedad, requisitos y especialidad en la materia para ser promovida como Juez Superior Provisional en dicha Sala Superior de Emergencia, la misma que actuará como tal en el periodo comprendido entre el 16 de febrero al 02 de marzo del 2018. En consecuencia, en uso de las facultades otorgadas a los Presidentes de Corte, en los numerales 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR a la señora magistrada YONI LEONOR ANGULO CORNEJO Juez Titular del 1° Juzgado de Familia del Callao, para que forme parte integrante de la Sala Mixta de Emergencia del Callao, como Jueza Superior Provisional, por los días: viernes 16 de febrero al viernes 02 de marzo del 2018. Artículo Segundo: PRECISAR que la presente designación no genera a la magistrada designada pago adicional alguno al que le corresponde a su cargo titular, siendo ésta de orden funcional. Artículo Tercero: DISPONER que por efecto de la designación efectuada en el artículo primero de la presente resolución, la Sala Mixta de Emergencia del Callao a partir del día viernes 16 de febrero al viernes 02 de marzo del 2018, que quedará integrada de la siguiente manera:
SALA MIXTA DE EMERGENCIA DEL CALLAO; del viernes 16 de febrero al viernes 02 de marzo del 2018. - Dra. YONI LEONOR ANGULO CORNEJO PRESIDENTA (P) - Dr. CARLOS HUMBERTO CHIRINOS CUMPA JUEZ SUPERIOR (S) - Dr. JULIO CESAR MOLLO NAVARRO JUEZ SUPERIOR (S)

Incorporan a Juez Titular al Tercer Juzgado de Paz Letrado de Familia de Chorrillos de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 278-2018-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 9 de febrero de 2018 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 565-2017-CNM, expedida por el Consejo Nacional de la Magistratura, la Resolución Administrativa N° 346-2016-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Resolución Administrativa N° 059-2018-P-CSJCU-PJ, expedida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco; y, al Oficio N° 1094-2018-CE-PJ, suscrita por el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; CONSIDERANDO: La Corte Superior de Justicia de Lima Sur inicia sus funciones el trece de octubre de 2010, por Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el siete de octubre de ese mismo año. Ejerce su competencia en los distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador, Lurín, Santísimo Salvador de Pachacámac, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar, Pucusana y Chorrillos. La sociedad requiere de magistrados idóneos cuya aptitud, capacidad y competencia, de la mano con una trayectoria íntegra y comportamiento apropiado, lleven adelante su misión; y, que por encima de los códigos y expedientes, ubiquen su labor en una perspectiva mayor, dentro del orden democrático constitucional, esto exige de los magistrados una impartición de justicia con independencia e imparcialidad, pero además con probidad, veracidad y equidad, utilizando las herramientas de su conciencia, moral, diligencia, decoro y sentido común, porque sólo desde estos rasgos esenciales de la personalidad de los magistrados se puede construir la garantía de una actuación imparcial que los jueces requieren en el desempeño de sus responsabilidades y para beneficio de los ciudadanos, que abone por una justicia pronta y eficaz. Resulta relevante recordar que la administración de justicia se constituye para establecer la paz social, siendo el Juez el depositario de la función del Estado para administrar justicia. En ese sentido, si el juez tiene por función esencial administrar justicia, este deber sólo es posible de ser cumplido si se actúa con diligencia, responsabilidad y dedicación al trabajo; pues ciertamente soslayar el estudio y análisis de cada uno de los procesos que corren a su cargo, incumplir con hacer una evaluación exhaustiva y responsable que merecen las causas y actuar con falta de diligencia y celeridad, no contribuye al logro de una justicia responsable, pronta y oportuna. Máxime, si la sociedad nos exige mayor celeridad y eficacia en el cumplimiento de los plazos procesales y una mayor honestidad, imparcialidad y transparencia en la conducción de los procesos y en la emisión de los fallos. Mediante Resolución Administrativa N° 346-2016-CEPJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial declaró fundada la solicitud de permuta presentada por los señores magistrados Luz Marina Merma Delgado y Mario Sota Álvarez; disponiendo el traslado de la mencionada magistrada en su condición de Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de la Convención de la Corte Superior de Justicia de Cusco, a la Corte Superior de Justicia de Lima Sur; así como del referido magistrado en su condición de Juez Titular del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Familia de Chorrillos de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, a la Corte Superior de Justicia de Cusco.

Artículo Cuarto: PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, de la Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia; de la Oficina de Informática, de la Oficina de Personal y de la Oficina de Imagen Institucional de este Distrito Judicial, y de los interesados para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. WALTER BENIGNO RIOS MONTALVO Presidente 1617219-1

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