Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2018 (27/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Viernes 27 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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Que, conforme es de conocimiento el Ministerio Público viene efectuando labores de investigación respecto a los presuntos actos de corrupción y lavado de activos, en los que habría incurrido la empresa brasileña ODEBRECHT y otros, los cuales se habrían visto favorecidos a través de diversas licitaciones de obras públicas realizas en el territorio nacional, de igual forma dicha constructora habría efectuado aportes a partidos políticos, la misma que comprendería a altos funcionarios, empresarios nacionales y extranjeros. En ese sentido, considerando que es política institucional el fortalecimiento de los despachos especializados y la unificación de los casos emblemáticos, con la finalidad de lograr mejores resultados de manera oportuna, corresponde incorporar un mayor número de personal fiscal a dicho Equipo Especial conforme al pedido efectuado por el Fiscal Superior Coordinador del mismo, el cual se encuentra sustentado en el informe Nº 01-2018-FSCEDD-MP-FN, y remitido mediante oficio Nº 2321-2018-FSCN-FISLAAPD-MP-FN. Estando a lo expuesto y de conformidad con el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Incorporar al Equipo Especial de Fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros, a los siguientes fiscales: - José Domingo Pérez Gómez Fiscal Provincial Titular - Germán Juárez Atoche Fiscal Provincial Titular - Elvia del Carmen Caro Izquierdo Fiscal Adjunta Provincial Titular - Jorge Armando Vargas Sueldo Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio - Meryl Felicita Huamán Altamirano Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria - Walter Edgardo Villanueva Luicho Fiscal Adjunto Provincial Titular - Johny Ángel Solís Adrianzen Fiscal Adjunto Provincial Titular - Erika Rocío Delgado Torres Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria - Henry Amenabar Almonte Fiscal Adjunto Provincial Titular - José Carlos Paredes Trujillo Fiscal Adjunto Provincial Provisional - Enrique Víctor Cárdenas Roldán Fiscal Adjunto Provincial Provisional - Christian Rubén Hoces Orendo Fiscal Adjunto Provincial Provisional - Alexander Daniel Taboada Guardian Fiscal Adjunto Provincial Titular - Trilce Lissete Cruz Barrientos Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Hamilton Castro Trigoso, Fiscal Provincial Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, Distrito Fiscal de Lima, como Coordinador del Equipo Especial de Fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP-FN, de fecha de 26 de diciembre de 2016. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, el artículo segundo de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 120-2017-MP-FN, de fecha 17 de enero de 2017. Artículo Cuarto.- Disponer que el abogado Hamilton Castro Trigoso, Fiscal Provincial Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, Distrito Fiscal de Lima, desempeñe, a partir de la fecha, las funciones propias de su designación en la Fiscalía

Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3940-2013-MP-FN, de fecha de 29 de noviembre de 2013. Artículo Quinto.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, el artículo tercero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1923-2017-MP-FN, de fecha 02 de junio de 2017, que dispuso que el abogado Ángel Ubaldo Gonzáles Farfán, Fiscal Adjunto Provincial Titular Especializado Contra la Criminalidad Organizada (Supraprovincial - Corporativo) con Competencia Nacional, forme parte del Equipo Especial de Fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente resolución, al Presidente del Poder Judicial, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores a Nivel Nacional, Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a los fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GONZALO CHÁVARRY VALLEJOS Fiscal de la Nación 1674936-2

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Andes S.A. el traslado de agencia y cierre de oficina especial en el departamento de Cusco
RESOLUCIÓN SBS Nº 2738-2018 Lima, 13 de julio de 2018 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito de Los Andes S.A. para que esta Superintendencia le autorice el traslado de una agencia y el cierre de una oficina especial ubicadas en el departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, en sesión de Directorio de fecha 20.06.2018 se acordó el traslado y cierre de las referidas agencia y oficina especial, respectivamente; Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación requerida por la normatividad vigente para el traslado y cierre correspondientes; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "D"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702; el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009;

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