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72 NORMAS LEGALES Viernes 8 de junio de 2018 / El Peruano Gerencias Centrales de Potencial Humano, Logística y Finanzas, O fi cina de Asesoría Jurídica, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1657532-2 Amplian competencia territorial de la Fiscalía Superior Mixta Transitoria de Pichari y la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayna - San Francisco, para que conozcan los casos provenientes de los distritos de Sivia, Llochegua y Canayre, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 001876-2018-MP-FN Lima, 7 de junio de 2018 VISTO: El O fi cio N° 054-2018-MP-FN/PJFS-DFA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho; y el O fi cio Nº 181-2018-MP- FN-ETI-NCPP/ST, emitido por la Secretaría Técnica del Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal; CONSIDERANDO: Primero: La Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho solicita que la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayna – San Francisco asuma competencia territorial de los distritos de Sivia, Llochegua y Canayre de la provincia de Huanta, al igual que la competencia territorial del órgano jurisdiccional homólogo, establecida en la Resolución Administrativa Nº 289-2017-CE-PJ, de fecha 27 de setiembre de 2017. Segundo: El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante las resoluciones administrativas Nº 004-2015-CE-PJ, de fecha 14 de enero de 2015, y Nº 060-2016-CE-PJ, de fecha 9 de marzo de 2016, creó el Juzgado de Investigación Preparatoria de la provincia de Huanta, cuya competencia territorial comprende la provincia de Huanta (Ayacucho) y Churcampa (Huancavelica), y amplió la competencia territorial de las salas superiores de Ayacucho a estas provincias; lo que implicaba que la población tenía que trasladarse a la ciudad de Huanta para la atención de sus diligencias judiciales en primera instancia ante el órgano jurisdiccional creado y, en segunda instancia, a la ciudad de Huamanga ante las salas penales de Ayacucho. Tercero: En tal contexto, conforme a lo solicitado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, a través de las resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº 213-2017-MP-FN, de fecha 23 de enero de 2017, y Nº 1820-2017-MP-FN, de fecha 1 de junio de 2017, se incluyó a los distritos de Llochegua y Canayre de la provincia de Huanta (que pertenecían a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayna – San Francisco) en el ámbito de la competencia territorial de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huanta, debido a que estos distritos correspondían al Juzgado de Investigación Preparatoria de la provincia de Huanta; asimismo, se amplió la competencia territorial de las fi scalías superiores de Ayacucho para que conozcan los casos provenientes de las provincias de Huanta (Ayacucho), que pertenecía a la Fiscalía Superior Mixta de Pichari. Cuarto: Sin embargo, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante la Resolución Administrativa Nº 289-2017-CE-PJ, de fecha 27 de setiembre de 2017, amplió “la competencia territorial de la Sala Mixta Descentralizada del VRAEM, en adición de funciones, Sala Penal de Apelaciones y Sala Penal Liquidadora; así como, del Juzgado Penal Liquidador y del 1º y 2º Juzgado de Investigación Preparatoria del Distrito de Kimbiri, Corte Superior de Justicia de Ayacucho, hacia los distritos de Sivia, Llochegua y Canayre de la provincia de Huanta”, por cuanto estos distritos tienen mayores vías de acceso a los órganos jurisdiccionales del distrito de Ayna – San Francisco y Kimbiri. Quinto: En atención a lo expuesto, conforme a la opinión del Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, es necesario ampliar la competencia territorial de la Fiscalía Superior Mixta Transitoria de Pichari y de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayna – San Francisco, para que asuman competencia de los casos provenientes de los distritos de Sivia, Llochegua y Canayre de la provincia de Huanta, departamento de Ayacucho. En consecuencia, conforme a lo dispuesto por el artículo 64º del Decreto Legislativo N° 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AMPLIAR la competencia territorial de la Fiscalía Superior Mixta Transitoria de Pichari y la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayna – San Francisco, para que conozcan los casos provenientes de los distritos de Sivia, Llochegua y Canayre, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho. Artículo Segundo.- FACULTAR a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, conforme a lo establecido en el artículo 77º, literal g) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 67-2009-MP-FN, de fecha 23 de enero de 2009, disponga las medidas destinadas a regular la carga procesal de acuerdo a lo dispuesto en los artículos anteriores. Artículo Tercero.- COMUNICAR la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, Corte Superior de Justicia de Ayacucho, Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Gerencia General, O fi cina de Racionalización y Estadística, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, y Secretaría General de la Fiscalía de la Nación; para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1657532-3 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank el cierre temporal de agencia ubicada en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 2202-2018 Lima, 4 de junio de 2018LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA