Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2018 (02/03/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Viernes 2 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES
VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, quince de febrero de dos mil dieciocho.

101

27. En ese orden de ideas, corresponde requerir a los miembros del Concejo Distrital de Yarumayo que den cumplimiento a lo dispuesto en la LOM, así como en la LPAG, a efectos de no vulnerar el debido proceso. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar NULO el Acuerdo de Concejo N° 026-2017-MDY/CM, del 2 de octubre de 2017, que desaprobó la solicitud de vacancia presentada en contra de Irene Abal Félix, regidora del Concejo Distrital de Yarumayo, provincia y departamento de Huánuco, por las causales de nepotismo y de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, previstas en el artículo 22, numeral 8, y en el segundo párrafo del artículo 11, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respectivamente. Artículo Segundo.- DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de Yarumayo, provincia y departamento de Huánuco, a fin de que convoque nuevamente a sesión extraordinaria, y DISPONER que vuelva a emitir pronunciamiento sobre el pedido de declaratoria de vacancia, de acuerdo a lo establecido en los considerandos de la presente resolución, bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal correspondiente, a fin de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial penal de turno, para que evalúe la conducta de los integrantes de dicho concejo municipal, y proceda conforme a sus competencias. Artículo Tercero.- REMITIR copia autenticada por fedatario de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, para que, a su vez, este las curse al fiscal provincial penal respectivo, para su conocimiento y fines pertinentes, en cumplimiento al apercibimiento realizado en la Resolución N° 0233-2017-JNE, del 12 de junio de 2017, y de las consideraciones expuestas en la presente resolución. Artículo Cuarto.- LLAMAR SEVERAMENTE LA ATENCIÓN a Patricio Miguel Cayetano Vilca, alcalde de la Municipalidad Distrital de Yarumayo, provincia y departamento de Huánuco, para que, en lo sucesivo, adecúe sus procedimientos de vacancia, de conformidad con la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, recomendando imprima celeridad en el presente proceso de vacancia, cumpliendo con los plazos previstos en la ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1621076-2

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Carlos Manuel Caballero Quiroz en contra del Acuerdo de Concejo N° 056-2017-MDCLR, del 3 de noviembre de 2017, que desestimó su solicitud de vacancia contra José Julián García Santillán, regidor del Concejo Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, por la causal de inasistencia injustificada a sesiones de concejo, prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y oídos los informes orales. ANTECEDENTES Solicitud de vacancia El 23 de octubre de 2017 (fojas 239 a 241), Carlos Manuel Caballero Quiroz solicitó la vacancia de José Julián García Santillán, regidor del Concejo Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, Provincia Constitucional del Callao, por la causal de inasistencia injustificada a sesiones de concejo, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Al respecto, indicó que el regidor cuestionado tuvo inasistencia a "10 Sesiones Ordinarias y 2 Sesiones extraordinarias" de concejo, esto es, sesiones extraordinarias del 23 y 27 de enero de 2017, y sesiones ordinarias del 29 de marzo, 21 de abril (2 sesiones), 17 de mayo (2 sesiones), 28 de junio (2 sesiones) y 25 de julio de 2017. Adjuntó a su pedido, copias de actas de asistencia a las referidas sesiones (fojas 249 a 258). Descargos de la autoridad cuestionada El 2 de noviembre de 2017, el regidor José Julián García Santillán presentó su escrito de descargos (fojas 208 a 217), bajo los siguientes términos: a) El solicitante de la vacancia no acompañó prueba alguna que demuestre la causal invocada. b) El numeral 7 del artículo 22 de la LOM no contempla como causal de vacancia las inasistencias a sesiones extraordinarias. c) El alcalde distrital, en abuso del derecho, convoca a dos sesiones ordinarias en un solo día "como se puede ver en las supuestas inasistencias" que se le atribuyen. d) En la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso "se reúnen una sola vez al mes y se les paga como si fuera 04 sesiones de concejo". e) No ha sido notificado para las sesiones de concejo de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2017JUS. f) No se adjuntaron las actas de las sesiones de concejo, que contienen la indicación de los asistentes a las mismas, "solo se acompañó un listado de supuestas asistencias que no producen certeza y convicción", el cual tacha. Ofreció como medios probatorios, a incorporarse por la municipalidad distrital, las actas de las sesiones ordinarias de concejo, del 29 de marzo, 21 de abril, 17 de mayo, 28 de junio y 25 de julio de 2017; así como las notificaciones a dichas sesiones de concejo. Pronunciamiento del Concejo Distrital de Carmen de la Legua Reynoso En la sesión extraordinaria, del 3 de noviembre de 2017 (fojas 3 a 29), el concejo distrital desestimó, por cinco votos a favor y dos en contra, el pedido de vacancia, pues no se alcanzó el número de votos requerido por ley. Dicha decisión fue formalizada en el Acuerdo de Concejo N° 056-2017-MDCLR, de la misma fecha (fojas 203 a 206).

Confirman Acuerdo de Concejo que desestimó solicitud de vacancia presentada contra regidor del Concejo Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCIÓN N° 0118-2018-JNE Expediente N° J-2017-00470-A01 CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO - CALLAO CALLAO

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.