Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2018 (08/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Jueves 8 de marzo de 2018 /

El Peruano

Cuarta.- La Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Habilitaciones Urbanas adecuara de oficio todos aquellos expedientes de procedimiento de Regularización de Licencia de Edificación que se encuentran en trámite a efectos de ser evaluados acogiéndose a los beneficios de la presente ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y permanecerá vigente hasta por 06 meses contados desde la fecha de entrada en vigencia, vencido el plazo se aplicarán las sanciones de demolición conforme lo establece el Art. 30° del Decreto Supremo N° 006-2017-VIVIENDA- Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de Ley 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. Segunda.- La presente Ordenanza no limita las competencias de la Subgerencia de Fiscalización y Control en el proceso fiscalizador en caso de detectar obras constructivas sin la autorización correspondiente, salvo para los casos de procedimientos de ejecución coactiva con medida complementaria de demolición que en el caso de encontrarse iniciado el trámite de regularización se suspenderá el procedimiento hasta la culminación del mismo. Tercera.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural y por su intermedio a la Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Habilitaciones Urbanas, el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial El Peruano; y a la Sub Gerencia de Estadística e Informática la publicación en la página web del Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac. Quinta.- Facultar al Sr. Alcalde para que mediante decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Sexta.- Dispensar del trámite de aprobación del acta para la ejecución inmediata de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 1623410-1

CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, mediante Ordenanza N° 196-2018-MDP/C de fecha 29 de enero del 2018, se aprobó la "Ordenanza Municipal que Aprueba Incentivos por el Pronto Pago de Tributos contenido en la Cuponera de Pago de Tributos y Estados de Cuenta y Establece Fechas de Vencimiento para el Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Periodo 2018", señalando como fecha de vencimiento, para el pago del Impuesto Predial (1° Cuota), Arbitrios Municipales (1°, 2° Cuota) y el Beneficio de Pronto Pago (Descuento del 10% y 5% de Arbitrios), hasta el 28 de Febrero del 2018; Que, en la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza en mención, faculta al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y necesarias para lograr su adecuada aplicación; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, promulgado el 22 de Junio del 2013, precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, mediante el Informe N° 021-2018-MDP/ GR de fecha 26 de Febrero del 2018, la Gerencia de Rentas en virtud al Informe N° 251-2018-MDP-GRSRYRT generado por la Sub Gerencia de Registro y Recaudación señala la necesidad de prorrogar, esta vez, únicamente, el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial, así como la Primera y Segunda Cuota de Arbitrios Municipales; y el Beneficio de Pronto Pago (Descuento del 10% y 5% de Arbitrios) hasta el 31 de Marzo del 2018. Que, de acuerdo al Artículo 42° de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades (...) los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del Concejo Municipal. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20° en concordancia con el Artículo 42° de la Ley N° 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades"; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial 2018, y la Primera y Segunda cuota de Arbitrios Municipales 2018, hasta el 31 de Marzo del presente año. Artículo Segundo.- PRORROGAR el plazo de vencimiento de los Incentivos por el Pronto Pago (Descuento del 10% y 5% de Arbitrios), hasta el 31 de Marzo del presente año. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Registro y Recaudación, el cumplimiento del presente Decreto y a la Secretaria General y Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión del mismo. Artículo Cuarto.- Disponer a la Sub Gerencia Estadística e Informática, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, dentro del día

Prorrogan plazo de vencimiento de primera cuota del Impuesto Predial y de la primera y segunda cuota de Arbitrios Municipales 2018, así como el plazo de vencimiento de incentivos por el Pronto Pago
DECRETO DE ALCALDÍA N° 02-2018-MDP/A Pachacámac, 27 de febrero del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC VISTO: El Informe N° 021-2018-MDP/GR de fecha 26 de Febrero del 2018, emitido por la Gerencia de Rentas, sobre la "Prórroga de Vencimiento de Pago del Impuesto Predial (1° cuota), Arbitrios Municipales (1° y 2° cuota) y el beneficio de pronto pago" (Descuento del 10% y 5% de Arbitrios), respectivamente;

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