Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2018 (22/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Jueves 22 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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el PROGRAMA DE VIGILANCIA Y MONITOREO DE LA CONTAMINACIÓN SONORA 2018; Que, mediante Informe N° 009-2018-MDL-GGA/ SOA de fecha 20 de febrero de 2018, la Subgerencia de Operaciones Ambientales emite opinión favorable para que se apruebe el PROGRAMA DE VIGILANCIA Y MONITOREO DE LA CONTAMINACIÓN SONORA 2018, indicando que el mismo ha sido elaborado siguiendo los lineamientos establecidos en la Ordenanza N° 1965; Que, mediante Informe Nº 114-2018-MDL-GAJ de fecha 02 de marzo de 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el proyecto presentado por la Subgerencia de Operaciones Ambientales y la Subgerencia de Fiscalización y Control Urbano cumple con los requisitos previstos en el artículo 13º la Ordenanza N° 1965-MML, por lo que resulta viable la aprobación del PROGRAMA DE VIGILANCIA Y MONITOREO DE LA CONTAMINACIÓN SONORA 2018 EN EL DISTRITO DE LINCE; Que, conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el PROGRAMA DE VIGILANCIA Y MONITOREO DE LA CONTAMINACIÓN SONORA 2018 EN EL DISTRITO DE LINCE que como anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Fiscalización y Control Urbano y a la Gerencia de Gestión Ambiental a través de la Subgerencia de Operaciones Ambientales, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Subgerencia de Informática y Tecnología la publicación del presente Decreto de Alcaldía y el íntegro de su anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad de Lince. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARTÍN PRÍNCIPE LAINES Alcalde 1628109-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Declaran la preservación, la integridad y unidad territorial del distrito de Lurigancho
ACUERDO DE CONCEJO Nº 64-2017/CDL Chosica, 19 de diciembre de 2017 VISTO: La Moción de Orden del Día, presentado por el regidor Piero Gustavo Sánchez León, sobre Pronunciamiento de NO a la distritalización del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, promovido por su Alcalde Rogelio Ruiz Portocarrero, el Informe Nº 905-2017-MDL/ GAJ del Gerente de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 343-2017-MDL-GPP-SGPPDI de la Sub Gerencia de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades son órganos

de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 198º de la Constitución Política del Perú dispone que el territorio de la República está integrado por regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas circunscripciones se constituye y organiza el gobierno a nivel nacional, regional y local, en los términos que establece la Constitución y la ley, preservando la unidad e integridad del Estado y la Nación; Que, conforme lo establece el artículo 10º inc. 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el señor Regidor Piero Gustavo Sánchez León pide que el Concejo Municipal se Pronuncie por la No Distritalización del Centro Poblado Santa María de Huachipa, promovido por su alcalde señor Rogelio Ruiz Portocarrero; Que, igualmente los señores Regidores Manuel Rondón Calcino, Renato Vásquez Chuiyari, Ángel Brusco Valladares exponen su total desacuerdo con el proyecto promovido por el alcalde del Centro Poblado y rechazan su aventura política que no tiene asidero legal, social, económico que favorezca a la población y manifiestan que el Concejo Municipal se pronuncie defendiendo la INTEGRIDAD DE NUESTRO DISTRITO, NO PUEDE DESMEMBRARSE, NO PUEDE DIVIDIRSE, NO PERMITIR QUE SE FRACTURE EL DISTRITO NI UN MILÍMETRO; Que, el Regidor Gustavo Adolfo Van Heurck Masías, sustentando el pedido y exhortando al Concejo Municipal para su Pronunciamiento por la No Distritalización del Centro Poblado Santa María de Huachipa, informa que el referido alcalde del Centro Poblado, tiene muy avanzado en el Congreso de la República su propuesta, verificado también por los Regidores Ángel Brusco Valladares y Miguel Ángel Zevallos Zevallos; Que, en efecto, el Congreso de la República tiene Registrado el Proyecto de Ley Nº 1317/2016-CR, que propone Declarar de Preferente interés nacional la Creación del Distrito de Santa María de Huachipa, en la Provincia y Departamento de Lima, sobre la base de la circunscripción territorial del Centro Poblado Santa María de Huachipa, suscrito por el Congresista Percy Alcalá Mateo por intermedio del Grupo Parlamentario Fuerza Popular, presentado el 28 de abril del año en curso conforme al Sello del Área de Trámite Documentario del Congreso de la República; el cual fuera derivado por la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa a la Municipalidad con fecha 31 de agosto del año en curso, solicitando opinión Técnico-Legal; Que, mediante Informe Nº 905-2017-MDL/GAJ el Gerente de Asesoría Jurídica expresa que según la Exposición de Motivos del proyecto este tiene por objeto elevar a la categoría de Distrito al Centro Poblado Santa María de Huachipa, para permitirle contar con mayores recursos económicos en beneficio de su población, lo que no está de acuerdo con lo que fundamentando el pedido manifiestan que cuentan con una sólida administración económica, entonces cabe preguntarse para qué proyectan recaudar S/. 6'000.000 de Soles por concepto del impuesto predial causándole enorme perjuicio a la Municipalidad Distrital de Lurigancho en la captación de sus recursos propios y consecuentemente disminución de la presentación de sus servicios. Se entiende la pretensión del Centro Poblado en convertirse en Distrito para administrar el Impuesto Predial, pues el Tribunal Fiscal mediante su Resolución Nº 11231-7-2009 se pronunció en el sentido que la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa no tiene competencia para administrar el impuesto predial, el mismo que corresponde a los predios que se encuentran ubicados dentro del ámbito territorial de la Municipalidad Distrital de Lurigancho que recogiendo la jurisprudencia, el Concejo Distrital de Lurigancho con su Acuerdo Nº 050-09/CDL-CH de 25 de noviembre del 2009 acuerda dar cumplimiento a lo resuelto por el Tribunal Constitucional; señala también que los informes técnicos que dan cuenta que los límites del proyecto del centro poblado y los que de acuerdo a

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