Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2018 (22/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Jueves 22 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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pública, concurso público, adjudicación simplificada, selección de consultores individuales, comparación de precios o subasta inversa electrónica, contratación directa, y los demás procedimientos de selección de alcance general que respeten los principios que rigen las contrataciones. Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones, precisa las condiciones para el empleo de la contratación directa, indicando que la entidad puede contratar directamente con un proveedor solo cuando se configure alguno de los supuestos del artículo 27º de la Ley de Contrataciones del Estado. Entre esas causales se encuentran la del inciso j) del referido artículo 27º de la Ley, en virtud del cual se puede contratar directamente: Para el arrendamiento de bienes inmuebles y la adquisición de bienes inmuebles existentes". Que, mediante el Memorando N° 1490-2017-GOREICA/GRAF/SABA de fecha 19 de diciembre de 2017, emitido por la Subgerencia de Abastecimiento, solicita verificación y visación de la Constancia de Programación de Crédito Presupuestario N° 0000004, de fecha 06 de diciembre de 2017, donde se hace constar la programación del gasto por concepto de Contratación del servicio de arrendamiento para el funcionamiento del Programa de Titulación de Tierras ­ PRETT por la suma de S/ 42,313.37 soles, (Cuarenta y dos mil trescientos trece y 37/100 soles), para el año fiscal 2018. La misma que fue modificada a la suma de S/ 41,140.00 soles, (Cuarenta y un mil ciento cuarenta y 00/100 soles), según la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000000072 de fecha 07 de febrero de 2018, remitido adjunto al Memorando N°141-2018-GORE.ICA-GRPPAT/ SPRE de fecha 07 de febrero de 2018, emitido por la Subgerencia de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ica. Que, con Informe Técnico N° 005-2017-GOREICA-GRAF/SABA de fecha 20 de diciembre 2017, la Subgerencia de Abastecimiento, precisa que el PRETT funciona en un inmueble ubicado en la Avda. Luís Gerónimo de Cabrera N° 576 de la Urbanización Luren cercado de Ica, la misma que es acorde a las exigencias propuestas en los TDR, puesto que le permite desarrollar adecuadamente sus actividades operativas y cumplir con sus objetivos institucionales. Señalando, además que a través de su Unidad de Adquisiciones, ha realizado las cotizaciones y ha elaborado el cuadro comparativo de precios, como parte de los actos preparatorios para la contratación de servicio de arrendamiento, por el procedimiento de selección de contratación directa bajo las reglas de la Ley de Contrataciones del Estado - Ley N° 30225 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 350-2015-EF y modificatorias. Concluyendo que existe la necesidad de que el PRETT cuente con adecuados espacios y áreas para la atención de los usuarios, por lo que se considera factible formalizar la prestación del servicio de arrendamiento por un periodo de 11 meses, considerando un monto de S/. 3,740.00 soles, (Tres mil setecientos cuarenta y 00/100 soles) mensual, a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, mediante la modalidad de contratación directa. Que, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Legal N° 018-2018-GORE.ICA/ GRAJ de fecha 31 de enero de 2018, concluye que la Contratación directa de: "Arrendamiento de Local para la Oficina del Programa de Titulación de Tierras - PRETT, en la causal de arrendamiento de bienes inmuebles y la adquisición de bienes inmuebles existentes, resulta procedente, debiendo aprobarse mediante Acuerdo de Consejo Regional, con la finalidad que se autorice la contratación del mencionado servicio, con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado y su respectivo Reglamento y sus modificatorias. Que, con fecha 21 de febrero de 2018, fueron citados los miembros de la Comisión de Asuntos Legales y Reglamento del Consejo Regional, y luego de haberse compulsado en debida forma los actuados que forman parte del expediente, se pronuncian por la procedencia de la solicitud de aprobación, mediante Acuerdo de Consejo Regional de la contratación del servicio de arrendamiento

para el año 2018, del inmueble para el funcionamiento de las oficinas del Programa Regional de Titulación de Tierras - PRETT, recurrido por el Gobernador Regional de Ica, mediante el Memorando N° 053-2018-GR de fecha 15 de febrero de 2018. Se ordena, asimismo, se eleve por ante la Consejera Delegada del Consejo Regional de Ica el Dictamen y toda la documentación correspondiente, para su debate, evaluación y aprobación de ser el caso. Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria de la fecha, con voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional de Ica, y en uso de sus facultades establecidas en la Ley N° 27867 y sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional, con la dispensa de aprobación del Acta de la fecha. SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la contratación del servicio de arrendamiento para el año 2018, del inmueble ubicado en la Av. Luís Gerónimo de Cabrera N° 576 de la Urb. Luren - cercado de Ica, para el funcionamiento del Programa Regional de Titulación de Tierras - PRETT, por un periodo de 11 meses, considerando un monto de S/. 3,740.00 soles (Tres mil setecientos cuarenta y 00/100 soles) mensual, que por 11 meses hace un total de S/. 41,140.00 soles, (Cuarenta y un mil ciento cuarenta y 00/100 soles), a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, mediante la modalidad de contratación directa. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración y Finanzas y a la Secretaría del Consejo Regional de Ica, la publicación del presente Acuerdo del Consejo Regional de Ica, en el diario de mayor circulación de la Región y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica. POR TANTO: Regístrese, Publíquese y Cúmplase Dado en la Sede del Consejo Regional de Ica NORA CECILIA BARCO DE GOTUZZO. Consejera Delegada Consejo Regional de Ica 1628619-1

Reconforman Comisión Investigadora, con relación al supuesto conflicto de intereses y la información de hoja de vida de Consejera Regional, constituida mediante el Acuerdo de Consejo Regional N° 0020-2015-GOREICA
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 0012-2018-GORE-ICA Ica, 8 de marzo de 2018 El Consejo del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Extraordinaria del 28 de febrero de 2018. Visto el Oficio N° 001-2018-GORE-ICA/CI-P de fecha 27 de febrero de 2018, emitido por el presidente de la Comisión Investigadora, con relación al supuesto conflicto de intereses y la información de Hoja de Vida de la Consejera Regional Nora Cecilia Barco de Gotuzzo; y demás actuados en el procedimiento. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y su modificatoria la Ley N° 27902, establece que: "Los Gobiernos Regionales, que emanen de la voluntad popular son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica, administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración

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