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15 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de mayo de 2018 El Peruano / 7. REGULACIÓN 7.1 CONFORMACIÓN DE UN EQUIPO DE SEGURIDAD OPERACIONAL EN LA PISTA (RST). 7.1.1. Disposiciones generalesEn cada aeródromo público se debe establecer un equipo de seguridad operacional en la pista de naturaleza multidisciplinaria. 7.1.2 Organización del RST7.1.2.1 El RST debe integrarse por lo menos con los siguientes representantes: a) El responsable del explotador del aeródromo público, quien presidirá el RST. b) El proveedor de los servicio de navegación aérea.c) Los explotadores aéreos que operen en el aeródromo público. 7.1.2.2 Si los miembros descritos en el numeral anterior lo consideran necesario, en el RST pueden incluirse a los representantes de los siguientes grupos: a) Los concesionarios y/o prestadores de servicio en tierra a través de sus representantes designados. b) Fuerzas armadas que operen en el aeródromo público. c) Especialista (meteorólogos, CTA, entre otros).d) La autoridad aeronáutica civil (DGAC).e) Otros que consideren necesarios. 7.2 FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPO DE SEGURIDAD OPERACIONAL EN LA PISTA 7.2.1 Los integrantes del RST establecerán un reglamento en el cual deberán detallar, entre otras cosas los siguientes puntos: a) Cuántos miembros son necesarios para declarar legalmente integrado el RST (quórum de instalación). b) Cuántos miembros son necesarios para adoptar acuerdos (quórum para la toma de decisiones). c) Procedimiento a llevarse a cabo en caso que no se reúna el quórum de instalación. d) Procedimiento para llevarse a cabo en caso de que no se reúna el quórum para la toma de decisiones. 7.2.2 Cada integrante del RST, designará mediante escrito dirigido al presidente del RST, un representante titular y un suplente, quienes contarán con voz y voto. A las sesiones podrán asistir uno u otro, o los dos de acuerdo a sus necesidades, en cuyo caso solamente uno tendrá la facultad para el ejercicio de mencionados derechos. La comunicación podrá ser también entregada vía electrónica. 7.2.3 El presidente del RST tiene como mínimo las siguientes funciones y responsabilidades: a) Recibir la acreditación de los representantes titulares y suplentes designados ante el RST. b) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias.c) Comprobar la existencia de quórum legal, de instalación y toma de decisiones. d) Presidir las sesiones y dirigir los debates.e) Enviar copia de las actas de las reuniones del RST a la DGAC, dentro de los cinco días hábiles posteriores a su realización al correo electrónico dgacaerodromos@mtc.gob.pe. Para dar seguimiento a los a acuerdos emanados de las reuniones del RST y a las medidas para mitigar los riesgos de seguridad operacional en pista. 7.2.4 Los Integrantes del RST tienen como mínimo las siguientes funciones y responsabilidades: a) Cumplir los acuerdos emanados del RST. b) Asistir a las reuniones convocadas por el presidente del RST.c) Compartir información entre los integrantes del RST. d) Identi fi car y reportar cualquier peligro relacionado con la seguridad operacional en pista. e) Identi fi car los potenciales riesgos, vinculados a la seguridad operacional en la pista, tales como, pero no limitándose a: • Incursión en pista. • Excursión en pista.• Evento con fauna.• Contacto anormal en pista.• Pérdida de control sobre el terreno.• Colisión con obstáculos.• Undershoot (caer antes de) / overshoot (rebasamiento caer más allá de), la pista del aeródromo. • Daños causados por FOD.• Condiciones de la pista.• Luces de pista/calles de rodaje.• Luces de aproximación.• Señalización calle de rodaje.• Construcción en el Aeródromo.• Comunicaciones.• Sucesos con drones.• Haz de láser o luces no aeronáuticas. f) Identi fi car lugares críticos (Hot spot), gestionar ante el Explotador del aeródromo su grá fi ca en un plano especí fi camente preparado este fi n y su correspondiente publicación en el AIP. g) Implementar medidas de seguridad y recomendar acciones con el fi n de mitigar los riesgos que implican dichas incursiones. h) Contribuir con la evaluación y análisis de los eventos sobre incursión de pista y otros eventos relacionados con la seguridad operacional en pista. i) Investigar todos los sucesos e incursiones en la pista con su fi cientes detalle a fi n de identi fi car los factores que puedan afectar a las operaciones en pista. j) Monitorear el Plan de iluminación, letreros y señales del aérea de movimiento que estén integrados a estrategias de prevención de incursiones en la pista. k) Monitorear los tiempos de conmutación de la energía secundaria del aeródromo. l) Monitorear que los conductores que operen en el área de maniobras cuenten con capacitaciones requeridas; así como también si cumplen con tener comunicaciones en los dos sentidos con la torre de control. 7.2.5 Previo a la ejecución de trabajos de mantenimiento programados en el área de movimiento del aeródromo, se deberá convocar a reunión del equipo RST; debiendo notifi car a la DGAC al correo dgacaerodromos@mtc.gob. pe. No incluye los trabajos considerados de intervención inmediata (no programados) 7.2.6 Los miembros del RST pueden realizar un recorrido al área de movimiento del aeródromo antes de efectuar las reuniones, con la fi nalidad de tomar conocimiento de la situación actualizada del aeródromo e identi fi car los peligros relacionados con la seguridad operacional en pista. 7.3 MEJORA CONTINUAEl RST deberá elaborar un programa de auditorías internas a partir del tercer año de funcionamiento; con el fi n de validar la efectividad del control de riesgos implementado. 7.4 PROTECCIÓN DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD OPERACIONAL RST debe establecer protocolos de no identi fi cación de información para facilitar la compartición de información de seguridad operacional. 7.5 CONTACTOS PARA MAYOR INFORMACIÓNPara cualquier consulta consultar con la Coordinación Técnica de Aeródromos, teléfono: 6157800, o correo electrónico: dgacaerodromos@mtc.gob.pe. 1642954-1