Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2018 (05/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Sábado 5 de mayo de 2018 /

El Peruano

Técnicas Vehiculares, procede emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicación, además, los principios de informalismo, de presunción de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017JUS, Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar por el plazo de cinco (05) años a la empresa "CITV ALTO ANDINO JULIACA S.R.L.", como Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV, para operar con una (1) línea de inspección Tipo Mixta, en el local ubicado en la Mza. C Lote 18 Urb. Parque Industrial Taparachi (Sub Lote B), distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno. Artículo 2.- La Empresa autorizada deberá presentar, dentro del plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario a contarse a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral, el Certificado de Homologación de Equipos, Certificado de Inspección Inicial y la Constancia de Calibración de Equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el país y cuya casa matriz esté asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies-IFIA, con la finalidad de obtener la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedida por la Dirección General de Transporte Terrestre, previa conformidad de los documentos presentados. Artículo 3.- La Empresa autorizada bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
ACTO Primera renovación o contratación de nueva póliza Segunda renovación o contratación de nueva póliza Tercera renovación o contratación de nueva póliza Cuarta renovación o contratación de nueva póliza Quinta renovación o contratación de nueva póliza FECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN 25 de enero de 2019 25 de enero de 2020 25 de enero de 2021 25 de enero de 2022 25 de enero de 2023

Documentos

Fecha Máxima de Presentación

Relación de equipamiento requerido por el Artículo Noventa (90) días 34° de El Reglamento y documentos que sustenten calendarios de otorgada la propiedad y/o condición de arrendatario la autorización. financiero sobre los mismos. Planos de Ubicación y Distribución en este último Treinta (30) días caso con su Memoria Descriptiva del local del calendarios de otorgada Centro de Inspección Técnica Vehicular ­ CITV la autorización. suscrita por el representante legal. Copia simple del título de propiedad, contrato de arrendamiento, cesión en uso, comodato o Treinta (30) días cualquier otro que acredite la posesión legítima y calendarios de otorgada el atributo de usar y usufructuar la infraestructura la autorización. inmobiliaria requerida en el artículo 36° del presente Reglamento. Licencia de Funcionamiento y Certificado de Noventa (90) días Compatibilidad de Uso emitido por la Municipalidad calendarios de otorgada correspondiente. la autorización.

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentación señalada se procederá de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 7.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa "CITV ALTO ANDINO JULIACA S.R.L.", los gastos que origine su publicación. Artículo 8.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en el domicilio en la Mza. C Lote 18 Urb. Parque Industrial Taparachi (Sub Lote B), distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1642959-1

ORGANISMOS EJECUTORES

BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Designan Jefa de la Oficina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 037-2018-BNP Lima, 4 de mayo de 2018 VISTO: el Informe N° 070-2018-BNP/SG-OA de fecha 4 de mayo de 2018, de la Oficina de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú, dispone sobre el régimen jurídico y autonomía de la entidad, lo siguiente: "La Biblioteca Nacional del Perú tiene personería jurídica pública, autonomía económica, administrativa y financiera y ajusta su actuación a lo dispuesto en la presente ley y a la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, y normas aplicables que regulan el Sector Cultura."; Que, el literal k) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2018MC, señala como una de las funciones de la Jefatura de la Biblioteca Nacional del Perú, la siguiente: "Designar a servidores públicos que ocupen cargos de confianza (...)"; Que, mediante el documento del visto, la Oficina de Administración señala que el profesional propuesto para el citado cargo cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasificador de Cargos de la Biblioteca

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa "CITV ALTO ANDINO JULIACA S.R.L.", a través de su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 5.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6.- La empresa "CITV ALTO ANDINO JULIACA S.R.L.", debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos:

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