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42 NORMAS LEGALES Domingo 13 de mayo de 2018 / El Peruano Derivación Orientar a los padres de familia o apoderados de las o los estudiantes involucrados sobre los servicios de salud disponibles para la atención psicológica y/o médica, si fuera necesario.Responsable de ConvivenciaSuscripción de un Acta De acuerdo a la necesidades de los o las estudiantes. Seguimiento Reunirse con el tutor o tutora del aula y conocer el avance de las acciones realizadas para mejorar la convivencia entre los y las estudiantes. Solicitar informes escritos a las instituciones a donde se derivaron a los estudiantes. Promover reuniones periódicas con las o los estudiantes involucrados y/o con los padres o apoderados para hacer seguimiento a las acciones acordadas y dejar constancia en un acta. Verifi car la continuidad educativa de las o los estudiantes involucrados.Director Responsable de convivenciaFicha de seguimiento. Portal SíseVe ActaEs una acción permanente. Cierre Cerrar el caso cuando el hecho de violencia ha cesado y se evidencian mejoras en la convivencia. Además, se debe garantizar la protección de los estudiantes involucrados, así como su permanencia en la institución educativa. Informar a los padres de familia o apoderados de los o las estudiantes sobre el desarrollo de las acciones. Informar al CONEI sobre el cierre del caso.Responsable de convivenciaPortal SíseVeCuando el hecho de violencia ha cesado. PROTOCOLO – 02 Entre estudiantes Violencia sexual y/o física (con lesiones y/o armas) Asegurar que toda intervención sea respetuosa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. El Director o Directora es responsable de la formación integral de los y las estudiantes, promover la sana convivencia y la realización de acciones para garantizar su protección. El responsable del portal SíseVe deberá adjuntar (en el portal) los documentos sustentatorios de cada paso desarrollado. Se debe garantizar la seguridad y con fi dencialidad de los datos personales de los y las estudiantes en los documentos que se elaboren y en el portal del SíseVe. Normas que deben considerarse Ley N° 28044, Ley General de Educación (artículo 3 y artículo 53 inciso a).Ley N° 27337, Código de los Niños y Adolescentes (artículo 18).Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las II.EE. y su Reglamento.Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales.Ley N° 30466, Ley que establece parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño.Paso Intervención Responsable Instrumento Plazo Acción En caso de violencia sexual, orientar y acompañar a los padres de familia o apoderados de la o el estudiante agredido, para la presentación de la denuncia ante la Policía Nacional o el Ministerio Público. En caso de violencia física, orientar y acompañar a los padres de familia o apoderados de la o el estudiante agredido a un servicio de salud y después acudir a la Policía Nacional o al Ministerio Público. En caso que no se ubique a los padres de familia o apoderados, acompañar a la o el estudiante a los servicios antes mencionados. Anotar el hecho de violencia en el Libro de Registro de Incidencias y reportarlo en el portal SíseVe. Coordinar con el tutor o tutora el desarrollo de sesiones y otras actividades relacionadas a la prevención de situaciones de violencia escolar. Informar el hecho y las acciones desarrolladas a la UGEL, guardando la confi dencialidad del caso.Director Responsable de ConvivenciaAcuerdos o Actas. Informe a la UGEL sobre los hechos suscitados y sobre la derivación a las instancias correspondientes . Portal SíseVe. Libro de registro de incidenciasInmediatamente y dentro de las 24 horas de haber conocido el hecho de violencia. Derivación Orientar a los padres de familia o apoderados para que accedan al apoyo especializado del CEM, la DEMUNA o del Centro de Asistencia Legal Gratuita del MINJUS.Director Responsable de convivenciaFicha de derivación (Modelo en portal SíseVe)De acuerdo a la necesidades de los o las estudiantes. REQUISITO PARA PUBLICACI ŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN