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50 NORMAS LEGALES Domingo 27 de mayo de 2018 / El Peruano reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2018, de acuerdo al siguiente detalle: Gabriel Mauricio Gallo FuentesPasaje aéreo US$ 642,72 Viáticos US$ 1 110,00 Milagros Alida Saldarriaga EspinozaPasaje aéreo US$ 642,72 Viáticos US$ 1 110,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1651920-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF vigente del Gobierno Regional de La Libertad, con la inclusión del Anexo N° 1 ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2018-GRLL/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 1910 y 1920 de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:VISTO:En Sesión Ordinaria de fecha 3 de abril del año 2018, el Dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, sobre el Proyecto de Ordenanza Regional relativo aprobar la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad vigente, con la inclusión del Anexo Nº 1; y,CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal; siendo competentes entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el artículo 192º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680 y el artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867; Que, el numeral 1 inciso c) del artículo 10º de la Ley Orgánica antes acotada, prescribe que es competencia exclusiva del Gobierno Regional, aprobar su organización interna y su presupuesto institucional, conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad emitir Ordenanzas Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 38º de la acotada Ley, que establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia ( ... )”; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y el Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM que aprueba su Reglamento, declara al Estado Peruano en proceso de modernización con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, aprueba los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), por parte de las Entidades de la Administración Pública”, señalando que el Reglamento de Organización y Funciones de los Gobiernos Regionales se aprobará mediante Ordenanza Regional y para optimizar o simplificar los procesos de la entidad regional con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones, entre otros; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 008-2011-GR- LL/CR, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 16 de setiembre del 2011, se aprueba la Modi fi cación del Organigrama Estructural y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad, y se deja sin efecto legal a las normas regionales que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 012-2012-GR- LL/CR publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 12 de diciembre del 2012, aprueba la Modi fi cación del Organigrama Estructural y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad, y se deja sin efecto legal a las normas regionales que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 012-2013-GR- LL/CR, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 23 de octubre del 2013, aprueba la creación del Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos - PECASULL, y dispone la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional La Libertad aprobado con Ordenanza Regional Nº 008-2011-GRLL/CR; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2014-GR- LL/CR, promulgada el 02 de Abril del 2014, aprueba, entre otros, la modi fi cación en parte del Organigrama Estructural y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad, aprobado con las normas regionales precedentes, dejando subsistentes sus demás disposiciones; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 006-2016- GRLL/CR, promulgada el 14 de abril del 2016, aprueba la modi fi cación del art. 93º y art. 94º inc. a) y q), y añadir entre otros, la modi fi cación en parte del Organigrama Estructural y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad, aprobado con las