Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2018 (27/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Domingo 27 de mayo de 2018 /

El Peruano

sobre el pedido de vacancia materia de autos, de acuerdo con lo dispuesto en la parte considerativa de la presente resolución, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de valorar la conducta procesal de las partes al momento de resolver, y de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial penal de turno para que evalúe la conducta del alcalde de la citada comuna y, de ser el caso, del resto de integrantes del mencionado concejo municipal, y proceda conforme a sus competencias. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1652535-5

5. De otro lado, mediante la Resolución Nº 00812018-JNE (publicada en el diario oficial El Peruano, el 9 de febrero de 2018, y también en el portal electrónico institucional , enlace "Publicación, Reglamentos y disposiciones normativas ERM 2018"), el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones reguló los mecanismos de reemplazo de autoridades regionales y municipales que participan como candidatos en las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 6. Así, en su artículo segundo estableció lo siguiente: a) La presentación de la renuncia del alcalde tiene como efecto inmediato que el primer regidor o en su defecto el que corresponda en el orden de prelación, asume las funciones del titular. b) El regidor que asume la alcaldía debe solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la expedición de la credencial que formalice su designación en el cargo de alcalde, así como la del accesitario que asumirá la función de regidor para completar el número de miembros del concejo municipal, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de la renuncia antes señalada. 7. En el presente caso, se advierte que, con fecha 6 de abril de 2018, Rudy Edwin Callupe Gora, alcalde de la Municipalidad Provincial de Pasco, presentó ante la mesa de partes de la entidad edil su renuncia al cargo (fojas 4), con el propósito de participar en las Elecciones Regionales de 2018. 8. Dicha renuncia fue puesta en conocimiento de los miembros del concejo provincial en la Sesión Extraordinaria Nº 01-2018, del 10 de abril de 2018 (fojas 11 y 12), en la cual los miembros del concejo acordaron aceptar la renuncia presentada por el alcalde de la comuna. 9. Así, estando a que la renuncia fue presentada dentro del plazo legal (6 de abril de 2018), corresponde, en aplicación del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que en casos de vacancia o de ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada a Rudy Edwin Callupe Gora, como alcalde de la Municipalidad Provincial de Pasco, departamento de Pasco, y convocar a José Martín Solis Adrianzen, identificado con DNI Nº 04085543, para que asuma dicho cargo, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018. 10. De otro lado, con el propósito de completar el número de regidores del Concejo Provincial de Pasco, corresponde convocar a Gregorio Ferrer Condezo, identificado con DNI Nº 04029913, candidato no proclamado de la organización política Solidaridad Nacional, para que asuma el cargo de regidor del citado concejo provincial, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018. 1. Cabe señalar que dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Electas, del 17 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Pasco, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial que le fuera otorgada a Rudy Edwin Callupe Gora, como alcalde de la Municipalidad Provincial de Pasco, departamento de Pasco, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Artículo Segundo.- CONVOCAR a José Martín Solis Adrianzen, identificado con DNI Nº 04085543, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Pasco, departamento de Pasco, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Gregorio Ferrer Condezo, identificado con DNI Nº 04029913, para que

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Provincial de Pasco, departamento de Pasco
RESOLUCIÓN Nº 0299-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00175 PASCO - PASCO RENUNCIA ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 Lima, catorce de mayo de dos mil dieciocho. VISTOS los Oficios Nº 162-2018-HMPP/A y Nº 188-2018-HMPP/A, recibidos el 16 de abril y el 10 de mayo de 2018, respectivamente, a través de los cuales José Martín Solis Adrianzen, teniente alcalde de la Municipalidad Provincial de Pasco, departamento de Pasco, remitió documentación relacionada con la renuncia presentada por el alcalde Rudy Edwin Callupe Gora. CONSIDERANDOS 1. El artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que para postular a Presidente de la República, Vicepresidente, Congresista, Gobernador o Vicegobernador del Gobierno Regional los alcaldes deben renunciar al cargo seis (6) meses antes de la elección respectiva. 2. Así también, el artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, establece que se encuentran impedidos de ser candidatos en las elecciones regionales los alcaldes que deseen postular al cargo de presidente regional (actual gobernador regional), salvo que renuncien de manera irrevocable ciento ochenta (180) días antes de la fecha de elecciones. 3. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 10 de enero de 2018, el Presidente de la República convocó al proceso de Elecciones Regionales y Municipales para el 7 de octubre del presente año. 4. En ese contexto, considerando los plazos antes mencionados, se tiene que los alcaldes que pretendan postular a gobernadores o vicegobernadores regionales en los próximos comicios electorales deben presentar sus renuncias al cargo, ante el respectivo concejo municipal, hasta el 7 de abril de 2018.

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