Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2018 (08/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Sábado 8 de setiembre de 2018 /

El Peruano

Fiscal 2018, señalando que se cuenta con los recursos necesarios para otorgar las mencionadas transferencias y que los beneficiarios de los recursos vienen cumpliendo con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios y contratos respectivos, debidamente suscritos; asimismo, se indica que con Memorando N° 097-2018-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.UM la Unidad de Monitoreo aprueba el otorgamiento de las subvenciones a favor de los citados beneficiarios; Que, con Memorando N° 1171-2018-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe N° 340-2018-PRODUCE/OGPPM-OP de su Oficina de Presupuesto emite opinión favorable y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias financieras a favor de dieciséis (16) entidades públicas vinculadas a los Sectores Producción, Ambiental, Salud, Agricultura y Educación hasta por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS NUEVE Y 58/100 SOLES (S/ 2 455 409,58), correspondiendo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios por la suma de S/ 1 990 546,37 y a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito por la suma de S/ 464 863,21, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, destinadas a cofinanciar los proyectos citados en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencias Financieras Autorizar las transferencias financieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de dieciséis (16) entidades públicas vinculadas a los Sectores Producción, Ambiental, Salud, Agricultura y Educación, señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS NUEVE Y 58/100 SOLES (S/ 2 455 409,58), correspondiendo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios por la suma de S/ 1 990 546,37 y a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito por la suma de S/ 464 863,21, destinados a efectuar los desembolsos en los proyectos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE y de lo dispuesto por la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Artículo 2.- Financiamiento Las transferencias financieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realizan las citadas transferencias financieras, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Artículo 5.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 7.- Publicación Dispóngase la publicación del Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1689276-2

RELACIONES EXTERIORES
Nombran Cónsul General del Perú en Córdoba, República Argentina
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 176-2018-RE Lima, 7 de setiembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, el artículo 62 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República dispone que los funcionarios del Servicio Diplomático desempeñan funciones indistintamente, en la Cancillería, en las misiones diplomáticas y consulares, en las representaciones permanentes ante organismos internacionales y en misiones especiales, así como en otras dependencias del Estado, en las oficinas desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores y en gobiernos regionales o locales, conforme a los objetivos de la política exterior; Que, la protección y atención a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Política Exterior del Perú; De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modificatorias; y el Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 076-2005-RE; SE RESUELVE: Artículo 1. Nombrar a la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República Roxana Galindo Mendoza, Cónsul General del Perú en Córdoba, República Argentina. Artículo 2. La jurisdicción consular será la establecida en la Resolución Suprema N° 172-88-RE, de 28 de abril de 1988.

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