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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (08/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Sábado 8 de setiembre de 2018 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios, los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se re fi ere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Seguro Integral de Salud - SIS a efectuar transferencias fi nancieras para el fi nanciamiento del costo de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados; asimismo, en el numeral 15.2 del artículo 15 de la citada Ley, se señala que las referidas transferencias deberán aprobarse mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose de informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que dicha resolución debe publicarse en el Diario O fi cial El Peruano; adicionalmente, el numeral 15.3 de la misma Ley señala que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud establece que la transferencia de fondos o pago que efectúe el SIS requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años; Que, mediante Informe Conjunto N° 014-2018-SIS/ GNF-SGGS/EAVR-ACE, la Gerencia de Negocios y Financiamiento - GNF concluye que es necesario que se realice la programación de la transferencia fi nanciera a las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional (08 Institutos Especializados y el Hospital Víctor Larco Herrera) y de los Gobiernos Regionales de Arequipa (UE IREN SUR) y La Libertad (UE IREN NORTE y el IRO) en el marco de los Convenios y Adendas suscritas, por un importe de S/ 27 037 176.00 (VEINTISIETE MILLONES TREINTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES); Que, mediante Informe N° 097-2018-SIS/GNF-SGF/ PMRA con Proveído N° 612-2018-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento señala que: « (…) es pertinente la programación de Transferencias Financieras de manera prospectiva para las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional (08 Institutos Especializados y el Hospital Victor Larco Herrera) y los Gobiernos Regionales de Arequipa (UE IREN SUR) y La Libertad (UE IREN NORTE y el IRO) por lo que es viable realizar dicha transferencia respetando el marco presupuestal asignado acordado, por el importe de S/ 27 037 176.00»; Que, mediante Informe N° 026-2018-SIS/OGPPDO- DADZ la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para la transferencia a las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional (08 Institutos Especializados y el Hospital Víctor Larco Herrera) y de los Gobiernos Regionales de Arequipa (UE IREN SUR) y La Libertad (UE IREN NORTE y el IRO), y aprueba la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 1006, por el importe de S/ 419 402 941.00 (CUATROCIENTOS DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud de los asegurados del Seguro Integral de Salud en el ejercicio 2018; Que, mediante Informe N° 358-2018-SIS/OGAJ-DE con Proveído N° 645-2018-SIS/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos, considera viable emitir la Resolución Jefatural de transferencia fi nanciera a favor de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales – GORES de Arequipa y La Libertad que se detallan en el Anexo de la presente Resolución Jefatural para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud a los asegurados del SIS; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016- SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 27 037 176.00 (VEINTISIETE MILLONES TREINTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios a favor de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales de Arequipa y La Libertad detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural, para fi nanciar las prestaciones de salud que se brinden en el marco del convenio y adendas respectivas suscritos por el Seguro Integral de Salud. Artículo 2.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada en el Artículo 1 precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en el Anexo de la presente Resolución Jefatural a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud - SIS, http://www.sis.gob.pe. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1689432-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Aprueban Plan Estratégico Institucional 2019-2022 del OSITRAN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 023-2018-CD-OSITRAN Lima, 29 de agosto de 2018VISTOS:El Informe N° 0091-2018-GPP-OSITRAN de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° D000006-2018-PCM-OGPP-CVP de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y el O fi cio N° D000002- 2018-PCM-OGPES de la O fi cina General de Planeamiento Estratégico Sectorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; el Informe Técnico N° 057-2018-CEPLAN/DNCP-PEI y el O fi cio N° 184-2018-CEPLAN/DNCP de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento