NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (08/09/2018)
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39 NORMAS LEGALES Sábado 8 de setiembre de 2018 El Peruano / Artículo 2.- De la publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1689442-2 Modifican el Clasificador de Cargos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 021-2018-TR/SG Lima, 7 de setiembre de 2018VISTOS: Los Informes Nrs. 019 y 031-2018- MTPE/4/12.VHM, de la O fi cina General de Recursos Humanos, el Memorándum Nº 663-2018-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 2249-2018-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece el ámbito de competencia, funciones y estructura orgánica básica del referido Ministerio; Que, por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a partir del cual se establece su estructura orgánica y defi nición de funciones, acorde con los criterios de diseño y estructura de la administración pública que establece la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Que mediante Resolución Ministerial Nº 122-2010- TR se aprueba el Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, modi fi cado mediante Resolución Ministerial Nº 151-2012-TR, Resolución Ministerial Nº 063-2014-TR, Resolución Ministerial Nº 336-2016-TR y Resolución del Secretario General Nº 017-2018-TR/SG: Que, el inciso e) del artículo 3 del Título I de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil señala que el servidor de con fi anza es un servidor civil que forma parte del entorno directo e inmediato de los funcionarios públicos o directivos públicos y cuya permanencia en el Servicio Civil está determinada y supeditada a la con fi anza por parte de la persona que lo designó. Puede formar parte del grupo de directivos públicos, servidor civil de carrera, o servidor de actividades complementarias. Ingresa sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa. No conforma un grupo y se sujeta a las reglas que correspondan al puesto que ocupa; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 084- 2016-PCM, que precisa la designación y los límites de empleados de con fi anza en las entidades públicas, establece que el término “cargo de con fi anza técnico o político”, establecido en el numeral 2) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, puede comprender a todos los grupos previstos en el numeral 3) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público y que en ningún caso los empleados de con fi anza y servidores designados o removidos libremente, serán un número superior al cinco por ciento (5%) de servidores públicos existentes en cada entidad; Que, mediante informes de vistos, la O fi cina General de Recursos Humanos sustenta la propuesta de modi fi car el Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, señalando que se requiere actualizar dicho documento de gestión para ampliar la condición de cargos de con fi anza a determinados puestos, acorde a la normativa enunciada precedentemente; Que, a través de documentos de vistos, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable a la propuesta de modi fi cación del referido Clasi fi cador de Cargos, formulada por la O fi cina General de Recursos Humanos, en el ámbito de sus funciones; Con las visaciones de la Jefa de la O fi cina General de Recursos Humanos, del Jefe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y del Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 020-2017- TR; el Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM, que precisa la designación y los límites de empleados de con fi anza en las entidades públicas; y con la facultad conferida en el inciso b) del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 001-2018-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 122-2010-TR y modi fi catorias, en el extremo referido a los cargos de Jefe del Órgano de Control Institucional – OCI, Procurador Público y Coordinador II, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERONICA ROJAS MONTES Secretaria General 1689441-1 ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban transferencia financiera a favor de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales de Arequipa y La Libertad RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 186-2018/SIS Lima, 7 de setiembre de 2018VISTOS: El Informe Conjunto N° 014-2018-SIS/ GNF-SGGS/EAVR-ACE con Proveído N° 610-2018-SIS/GNF y el Informe N° 097-2018-SIS/GNF-SGF/PMRA con Proveído Nº 612-2018-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; el Informe N° 026-2018-SIS/OGPPDO-DADZ con Proveído N° 139-2018-SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; y el Informe N° 358-2018-SIS/OGAJ-DE con Proveído N° 645-2018-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,