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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (11/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Martes 11 de setiembre de 2018 El Peruano / Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1689968-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban el Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM 2018 - 2022 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 243-2018-MIMP Lima, 10 de setiembre de 2018Vistos, el Informe Nº 088-2018-MIMP/OGPP-OP de la O fi cina de Planeamiento y la Nota Nº 210-2018- MIMP/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que una de las funciones de los Ministros de Estado es el dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional - PEI que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional - PEDN, los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales - PESEM, los Planes de Desarrollo Regional Concertados - PDRC, y los Planes de Desarrollo Local Concertados - PDLC, según sea el caso; Que, por Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se creó el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 198-2014- MIMP, modi fi cada con Resoluciones Ministeriales Nº 187- 2015-MIMP, Nº 068-2016-MIMP y Nº 311-2016-MIMP, se constituyó la Comisión de Planeamiento Estratégico del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables de naturaleza temporal, adscrita al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, como máxima instancia de planeamiento estratégico del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, cuya función es, entre otras, aprobar el proyecto de Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y presentarlo a la Titular del Sector para su aprobación; así como su Grupo de Trabajo denominado “Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico”, el cual tiene, entre otras, la función de formular el proyecto del referido Plan; Que, con la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD “Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2017-CEPLAN/PCD, se establecieron los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional – PEDN, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, la cual es aplicable a todos los integrantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN, al que se re fi ere el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; Que, con Acta Nº 004-2018 del 8 de agosto de 2018, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables aprobó los proyectos de Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM 2018 - 2022 y de Documento Prospectivo al 2030 del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el marco de la normativa vigente; Que, el literal a) del artículo 29 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modi fi catorias, señala que es función de la O fi cina de Planeamiento dirigir, establecer, supervisar y consolidar el proceso técnico de formulación de los planes estratégicos y operativos, así como coordinar la formulación de los planes nacionales y sectoriales y proyectos del Sector; Que, con Nota Nº 210-2018-MIMP/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 088-2018-MIMP/OGPP-OP de la O fi cina de Planeamiento, a través del cual se emite opinión favorable para la aprobación del Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM 2018 - 2022 y del Documento Prospectivo al 2030 del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, en atención al Informe Técnico Nº 001-2018-CEPLAN/DNCP/PESEM de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, a través del cual se recomienda su aprobación mediante acto resolutivo, para su posterior publicación; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modi fi catorias; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM 2018 - 2022 y el Documento Prospectivo al 2030 del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, que como Anexos forman parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de su O fi cina de Planeamiento, el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM 2018-2022 del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución y sus Anexos sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe), el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA MENDIETA TREFOGLI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1689613-1