Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2018 (11/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Martes 11 de setiembre de 2018 /

El Peruano

la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Administración, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modificatorias; y la Directiva Administrativa para la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial N° 7372010/MINSA, modificada por Resolución Ministerial N° 7982016/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, en comisión de servicios, el viaje de las químico farmacéuticas Marisa Guillermina Montenegro Vílchez y Tania Zenaida Oviedo Latorre, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas a la ciudad de Jining, República Popular de China, del 19 al 28 de octubre de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de las citadas profesionales en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial han sido íntegramente cubiertos por la empresa FARMA MIAVIDA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, a través del Recibo de Ingreso detallado en los considerandos precedentes, abono verificado por la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración, incluyendo la asignación por concepto de viáticos, conforme al siguiente detalle:
· Pasaje aéreo tarifa económica para 2 personas (c/persona US$ 3,372.19 incluido TUUA) : US$ 6,744.38

VISTOS: El Oficio Nº 2895-2018-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo y el Informe Nº 2290-2018MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 2902005-TR, modificado por Resolución Ministerial Nº 3142006-TR, establece que los convenios colectivos, u otros instrumentos que resuelvan negociaciones colectivas a nivel de rama de actividad o de gremio, registrados a partir de la fecha de publicación de la referida resolución ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, serán publicados en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su recepción; Que, mediante escrito de fecha 10 de agosto de 2018, la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP) presenta a la Dirección General de Trabajo un original del documento denominado "Convención Colectiva de Trabajo ­ Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2018-2019", suscrito en trato directo con fecha 10 de agosto de 2018, por la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y la mencionada organización sindical; Que, mediante el oficio de vistos, la Dirección General de Trabajo remite al Despacho Viceministerial de Trabajo el referido convenio colectivo para su publicación en los medios correspondientes; Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto administrativo que dé cumplimiento a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 290-2005-TR, modificada por Resolución Ministerial Nº 314-2006-TR; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Dirección General de Trabajo y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; SE RESUELVE:

· Viáticos por 6 días para 2 personas : US$ 3,000.00 (c/persona US$ 1,500.00 incluidos gastos de instalación) -----------------TOTAL : US$ 9,744.38

Artículo 3.- Disponer que las citadas profesionales, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión a la que acudirán, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1689652-2

Artículo Único.- Publicación Publícase en el Diario Oficial El Peruano el documento denominado "Convención Colectiva de Trabajo ­ Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 20182019", suscrito en trato directo el 10 de agosto de 2018, entre la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP), que como anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Asimismo, publícase la presente resolución ministerial y su anexo en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO ACTA FINAL DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN CONSTRUCCION CIVIL 2018 ­ 2019 Expediente Nº 120-2018-MTPE/2.14-NC En Lima, a los diez días del mes de Agosto del año dos mil dieciocho, siendo las 12:10 horas se reunieron en local Institucional de la Cámara Peruana de la Construcción ­ CAPECO, sito en Vía Principal 155,

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Disponen publicar documento denominado "Convención Colectiva de Trabajo Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2018 - 2019", suscrito entre la CAPECO y la FTCCP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 224-2018-TR Lima, 10 de setiembre de 2018

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