Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2018 (22/09/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

16
VISTA:

NORMAS LEGALES

Sábado 22 de setiembre de 2018 /

El Peruano

La Hoja Informativa N° 203/DRIE/SECC RESOL del 06 de setiembre de 2018, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen N° 1923-2018/OAJE/L-1, del 06 de setiembre de 2018, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de Invitación del 06 de junio de 2018, el Director de la Escuela Superior Militar "Eloy Alfaro" del Ejército del Ecuador, hace extensiva al Director de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi", la invitación para que dos (02) cadetes de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi" visiten la Escuela Superior Militar "Eloy Alfaro", desde el 23 al 29 de setiembre de 2018, asimismo comunica que el Ejército del Ecuador proporcionará el alojamiento y alimentación; Que, mediante Hoja de Recomendación N° 055/ JEDUCE/U-4.b.1/05.00 del 23 de agosto de 2018, el Comandante General del Ejército, propuso la designación del Cadete IV año EP Alejandro Martin MIRANDA VARGAS; y, del Cadete IV año EP Víctor Fernando ALVAREZ MONTES, de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi", para visitar la Escuela Superior Militar "Eloy Alfaro", ubicado en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 23 al 29 de setiembre de 2018, periodo que incluye la fecha de salida y retorno al país; Que, de acuerdo a lo señalado en el Dictamen Legal N° 1923-2018/OAJE/L-1 del 06 de setiembre de 2018, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Cadete IV año EP Alejandro Martin MIRANDA VARGAS; y, del Cadete IV año EP Víctor Fernando ALVAREZ MONTES, de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi", para visitar la Escuela Superior Militar "Eloy Alfaro", con el objetivo de intercambiar conocimientos, habilidades, destrezas y valores, estrechando los lazos de amistad y confianza mutua; Que, conforme se desprende de la Carta de Invitacion del 06 de junio de 2018, los gastos de alojamiento y alimentación, serán cubiertos por el Ejército del Ecuador; y, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo único de la Resolución Ministerial N° 696-2013 DE/ SG de fecha 16 de agosto de 2013, donde se establece el porcentaje de pago para invitaciones que incluyan financiamiento parcial; en ese sentido, corresponde otorgar el pago del 20% de la escala de viáticos regulado en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Que, mediante Resolución Ministerial N° 354-2018DE/SG de fecha 21 de marzo de 2018, se aprobó el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el año 2018, en donde la indicada actividad se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior Ejército del Perú AF-2018, en el Rubro 5, Medidas de Confianza Mutua, "ÍTEM" 108; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos del 23 de agosto de 2018, del Jefe de Educación del Ejército, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos derivados por concepto de pasajes aéreos internacionales y el pago de viáticos en Misión de Estudios en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; concordante con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo N° 0062016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización

y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modificatoria; aprobada con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Cadete IV año EP Alejandro Martin MIRANDA VARGAS, identificado con DNI N° 72301326; y, al Cadete IV año EP Víctor Fernando ALVAREZ MONTES, identificado con DNI N° 71452116; de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi", para visitar la Escuela Superior Militar "Eloy Alfaro", ubicado en la ciudad de Quito, República del Ecuador, en el periodo comprendido del 23 de setiembre de 2018 al 29 de setiembre de 2018, periodo que incluye la fecha de salida y retorno al país; Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, Año Fiscal 2018, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje de Ida y Vuelta ­ Clase Económica: Lima ­ Quito (República del Ecuador) ­ Lima: US$ 1,700.00 x 02 personas (incluye T.U.U.A) Viáticos US$ 370.00 x 05 días x 02 personas x 20% Total a pagar en Dólares Americanos US$ 740.00 ------------------US$ 4,140.00 US$ 3,400.00

Artículo 3.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, de la presente Resolución, sin exceder el total de días autorizados; y, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal militar designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, modificado con el Decreto Supremo N° 0562013-PCM. Artículo 5.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1694110-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1204-2018 DE/EP Jesús María, 19 de setiembre de 2018 VISTA: La Hoja Informativa N° 201/DRIE/SECC RESOL del 06 de setiembre de 2018, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen N° 1921-2018/OAJE/L-1, del 06 de setiembre de 2018, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.